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Justicia

Sánchez Gordillo, imputado por la ocupación de una finca

Juan Manuel Sánchez Gordillo

INFOLIBRE

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha abierto diligencias por un presunto delito de usurpación contra el parlamentario andaluz de IU y alcalde de Marinaleda (Sevilla), Juan Manuel Sánchez Gordillo, por la ocupación el pasado verano de la finca Las Turquillas en Osuna (Sevilla), donde se ubica la Yeguada Militar del Ejército.

Según pudo saber este jueves Europa Press de fuentes judiciales, ha sido el magistrado del Alto Tribunal andaluz Jerónimo Garvín el encargado de abrir las diligencias por dicho presunto delito de usurpación contra el parlamentario de IU, al que citó a declarar como imputado el próximo día 4 de abril.

La causa contra Sánchez Gordillo y otros 53 militantes y simpatizantes del Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT), entre los que se encuentra su secretario general, Diego Cañamero, la llevaba el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Osuna, pero éste se ha inhibido en favor del TSJA dada la condición de aforado del alcalde de Marinaleda, han añadido las fuentes.

El Juzgado de Osuna que llevaba la instrucción del caso ya llamó a declarar el pasado noviembre a gran parte de los simpatizantes del SAT, quienes se negaron a declarar, así como al propio Cañamero, que no obstante desoyó la citación y no compareció después de haberse declarado "insumiso" judicial, lo cual, como viene sosteniendo, "no es un empeño ni una chulería", sino un acto de "protesta".

Ocuparon la finca durante 18 días

Los 53 militantes del SAT denunciados, junto a Sánchez Gordillo, ocuparon la finca de Las Turquillas el pasado día 24 de julio y permanecieron allí durante 18 días, hasta que fueron desalojados del lugar.

El SAT ya apuntó que la finca, dependiente del Ministerio de Defensa, tiene 1.200 hectáreas, la inmensa mayoría en baldío, dado que el Ejército sólo utiliza 20 hectáreas para la Yeguada. Por ello, pidió que "las tierras públicas pasen a concurso para que las cooperativas las puedan adquirir ahora que están en desuso".

Por medio de un auto conocido el pasado febrero, el TSJA archivó una causa abierta contra Sánchez Gordillo a raíz de su actuación como piquete informativo durante la huelga general del 29 de marzo de 2012, mientras que, en relación también a su actuación como piquete, derivó una segunda causa al Juzgado de Estepa por la posible existencia de una infracción penal calificada como falta de amenazas leves, para cuyo conocimiento no es competente el TSJA.

Otras causas de Sánchez Gordillo

La primera de las causas, que fue archivada, se refería a la actuación como piquete del parlamentario andaluz en un instituto de educación secundaria de El Rubio (Sevilla), mientras que la segunda causa, derivada al Juzgado de Estepa, era la relativa a su actuación también como piquete en un supermercado, una oficina de la Diputación de Sevilla, una oficina de empleo, una finca y una tienda de Estepa

Exceptuando el caso del supermercado, el TSJA asevera que "no es constitutivo de infracción penal afear la conducta a quienes no secundan la huelga ni acudir en masa a los establecimientos abiertos al público sin más arma que la palabra, el ruido o la presencia física, con la finalidad de provocar que los responsables tomen la decisión de cerrar el establecimiento, a menos que, manifestada por éstos la decisión de mantenerse en el puesto de trabajo, el piquete lo impida físicamente o mediante amenazas verosímiles". Añade que en los "incidentes" reseñados –y siempre exceptuando el caso del supermercado– "sólo se advierte la existencia de conversaciones, acompañadas de la presión ambiental típica de un piquete de huelga".

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El caso del supermercado

"Más dudas" le suscita al TSJA el caso del supermercado, donde los piquetes se dirigieron y, a su entrada y en presencia de la Guardia Civil, Sánchez Gordillo se entrevistó con el responsable y le instó a cerrar, "previniéndole de que no lo abriera cuando el piquete se marchase", no obstante lo cual el responsable se negó a ello.

Sobre este caso, el TSJA concluye que Sánchez Gordillo "quiso forzar la decisión" del responsable de mantener cerrado el local, "advirtiéndole de manera creíble y verosímil de que, de no hacerlo, en los días siguiente acudirían y causarían desórdenes". "Ello comporta la amenaza de la producción de daños con cierta significación económica que sí roza el límite de lo admisible en el contexto de un piquete de huelga", una conducta que "podría constituir todo lo más una falta de amenazas" pero no un delito, ya que, entro otros aspectos, "el daño con que amenazaba, aún siendo verosímil, resulta de escasa incidencia para un establecimiento con un importante volumen de negocio".

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