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El TS abre la puerta a que los 20 detenidos de la mafia china vuelvan a prisión

Gao Ping, el 5 de diciembre de 2012, de la Audiencia Nacional.

La excarcelación de los 20 principales imputados en la investigación sobre la trama de Gao Ping que lleva a cabo el juez de la Audiencia Nacional, Fernando Andreu puede tener los días contados. El Tribunal Supremo ha decidido no admitir la querella que, por delito contra la libertad individual, interpuso una de las presuntas lugartenientes de Gao Ping contra el juez del caso por haber ordenado los ingresos en prisión una vez transcurridas más de 72 horas desde las detenciones. Pero el auto del Supremo sostiene que no hubo infracción de los plazos legales máximos de arresto y tumba así la resolución por la que la Sección Tercera de la Audiencia obligó a Andreu a poner en libertad a los 20. Al desbaratar las tesis de la Sección Tercera, el alto tribunal abre la puerta a que la Fiscalía Anticorrupción pida de nuevo prisión para los 20 máximos implicados. Fuentes conocedoras de la investigación dan por hecho que esa solicitud se producirá en breve.

En su auto, la Sala sostiene que la sentencia del Tribunal Constitucional invocada contra Andreu por la Sección Tercera de la Audiencia no es válida como precedente. Porque aquella sentencia, relativa también a una detención prorrogada más de 72 horas, se refería a un caso en que el arresto solo tenía por objeto la puesta a disposición del detenido ante el juez. Aquí, en cambio, la Policía tuvo que realizar más de un centenar de diligencias –registros, por ejemplo- que exigían la presencia de los implicados. Y eso significa que tras las 72 horas bajo jurisdicción policial se abría un nuevo plazo de otras tantas horas para que los detenidos estuviesen a disposición del juez. Esa conclusión, que fue la alegada por el ministerio público para oponerse a la querella contra Andreu y los fiscales anticorrupción José Grinda y Juan José Rosa, “ha de ser calificada de razonable”, dice el auto del Supremo.

Y ha de ser calificada así, razona el tribunal, porque la Policía, “lejos de ser, como decía el Tribunal Constitucional, un 'mero instrumento de ejecución' de lo acordado judicialmente, asumió un papel activo en la investigación de los hechos, ejecutando el resto de las diligencias que le habían sido encomendadas; las cuales, por otro lado, eran relevantes para decidir sobre la situación personal de dichos detenidos”.

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Notificada ayer al juez Andreu y a la Fiscalía, la Sala de lo Penal del Supremo decidió inadmitir la querella el 28 de febrero, según consta en la resolución. El jueves de la semana pasada, 14 de marzo, infoLibre preguntó al Supremo por qué el tribunal no había resuelto aún sobre una querella formulada el 26 de diciembre y a la que la Fiscalía se había opuesto el 22 de enero. Ese día, portavoces autorizados del alto tribunal respondieron que el asunto estaba en manos del ponente y presidente de la Sala de lo Penal, Juan Saavedra, y que todavía no había fecha para las deliberaciones.

Ayer, esos portavoces explicaron que aunque el auto lleva fecha del 28 de febrero no fue hasta “el jueves o el viernes” de la semana pasada cuando los cinco integrantes de la Sala firmaron la resolución. La deliberación de la Sala se produjo, por tanto, el 28 de febrero pero el trámite final llegó a finales de la semana pasada. Auto Tribunal Supremo inadmisión querella trama Gao Ping by Libreleaks

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