El caso del espionaje

La Audiencia acaba con la persecución penal de Ignacio González contra una periodista

infolibre

La Audiencia de Madrid dictó ayer un auto con el que pone fin a la persecución penal emprendida hace un año por el hoy presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, contra la periodista de la Cadena SER Pilar Velasco. Dictada por la Sección Cuarta de la Audiencia, la resolución archiva la imputación dictada contra Velasco por el juez que todavía investiga el espionaje a que González fue sometido durante un viaje oficial a la ciudad colombiana de Cartagena de Indias en 2009. Fue la Comunidad de Madrid y no la Fiscalía la que instó la imputación de Velasco bajo el argumento de que, al publicar un vídeo que acreditaba los seguimientos a González en el país centroamericano,  la reportera había cometido un delito de revelación de secretos.

Ahora, la Audiencia no solo niega que tal delito existiera sino que rompe una lanza en favor de la libertad de prensa. Ni la intimidad de Ignacio González se vio vulnerada ni Velasco se extralimitó en su deber como periodista. “El derecho de información debe tener un amplio y generoso espacio en el que desenvolverse sin angosturas”, aducen los magistrados para, a renglón seguido, dar otra vuelta de tuerca: “Tratándose de un personaje público, en un viaje oficial y en espacios públicos, ha de primar el derecho a la información”.

La imputación de Velasco se produjo en abril de 2012 después de que la Cadena SER hubiera publicado tres años antes parte de un vídeo que mostraba cómo, acompañado de varios directivos de la empresa pública de aguas Canal de Isabel II, González entraba en una casa de Cartagena de Indias con bolsas de plástico en la mano. El actual jefe del Ejecutivo madrileño y entonces vicepresidente de Esperanza Aguirre, movilizó a los servicios jurídicos de la Comunidad de Madrid y logró que Velasco acabara imputada con el argumento de que la periodista persistía en informar sobre el espionaje y las circunstancias que desvelaba.

La jueza del ático de Ignacio González se plantea trasladar el caso a la Audiencia Nacional

El presidente de la Sección, Juan José López Ortega, se ha desmarcado del auto con un voto particular. Pero, en contra de lo que suele suceder, López Ortega no deja constancia de su disentimiento porque discrepe de la desimputación sino porque considera tímida y exigua la argumentación del auto. El magistrado subraya un dato que había pasado inadvertido: que tanto el juez instructor del caso, Adolfo Carretero, como el abogado de la Comunidad de Madrid presionaron a la periodista para que desvelara sus fuentes, a lo que Velasco se negó en cumplimiento de su derecho y deber de secreto profesional. El juez se lo preguntó dos veces. El abogado del Gobierno regional, cuatro.

López Ortega relata el episodio de las presiones –vocablo que no utiliza pero que flota en el texto- justo en el párrafo donde expone el riesgo que para el desarrollo del periodismo conlleva la imputación de informadores por ejercer su profesión. “No puedo dejar de referirme al riesgo –escribe el juez- que para la libertad de prensa produce el mismo hecho de la imputación, si ésta carece del debido fundamento. No solo puede provocar un efecto desalentador capaz de hacer que el periodista evite difundir informaciones que comprometan su seguridad, sino también, como ha sucedido en este caso, que su derecho a guardar el secreto de sus fuentes informativas se haya visto seriamente afectado, al haberse visto obligada la periodista a soportar múltiples requerimientos para que las revelase”.

Contra el auto, y así lo expone la parte dispositiva de forma expresa, no cabe recurso.

Más sobre este tema
stats