Yak-42

Los familiares de las víctimas del Yak-42 recurren ante Estrasburgo

Los familiares de las víctimas del Yak-42 recurren ante el Tribunal  de Estrasburgo

La Asociación de Familiares de las Víctimas del accidente del Yak-42 ha presentado un recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) contra la decisión de no abrir juicio oral por las supuestas irregularidades cometidas en la contratación del vuelo en el que murieron 62 militares españoles, ratificada en febrero por el Tribunal Constitucional. Las familias consideran que se ha vulnerado su derecho "a un juicio justo y equitativo", en palabras de su abogado, Leopoldo Gay, además de exponer que se vulneró el "derecho a la vida" de los fallecidos.

Según Gay, esta decisión viene motivada por el agotamiento de las instancias judiciales en España, donde no han conseguido que se abra juicio oral por este procedimiento "pese al criterio del Ministerio Fiscal". El letrado asegura que los argumentos que han recibido de los tribunales para archivar el caso no les "convencen" y por eso recurren a nivel comunitario. Asimismo, asegura que, además de no haberse respetado los derechos a la vida y a la tutela judicial efectiva, también se ha vulnerado el derecho de las familias a no dilatar en exceso el proceso judicial. "Una justicia tardía no es justicia", asevera Gay.

El abogado de la asociación cree que existen "indicios de delito", lo que bajo su punto de vista debería haber sido "suficiente para que un juez de instrucción abriera juicio oral". Estos indicios se resumirían en el convencimiento de que la cúpula del Ministerio de Defensa conocía que "se volaba con alto riesgo", ya que antes del accidente existieron "quejas" sobre el estado de los aviones e incluso "un informe del servicio de inteligencia del Ejército" alertando de estas irregularidades.

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Además, Gay destaca la declaración del perito de la compañía UM Air durante el juicio civil por el accidente, en la que afirmó que él "no hubiera despegado" con el avión en las condiciones en las que se encontraba –el sistema de grabación de cabina, por ejemplo, estaba averiado–. El letrado también justifica la decisión de presentar el recurso en la opacidad de la contratación, ya que afirma que "España pagó 149.000 euros" por fletar este avión y la compañía "percibió 38.000", ya que se trabajó a través de "cinco subcontratas".

El TC no observó vulneración de los derechos fundamentales

El Tribunal Constitucional rechazó en febrero de este año el recurso de amparo presentado por la asociación contra la decisión de archivar la causa que investigaba las supuestas irregularidades en la contratación del avión, al estimar "la manifiesta inexistencia" de una violación de un derecho fundamental como pudiera ser el derecho a una tutela judicial efectiva (recogido en el artículo 24 de la Carta Magna). Previamente, el juez instructor del caso, Fernando Grande-Marlaska, rechazó abrir juicio oral por este tema al concluir en su auto que "el accidente se debió a la fatiga y la falta de preparación de la tripulación" y no a malas prácticas a la hora de contratar el vuelo.

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