Economía

El Gobierno beneficia con 150 millones de nuevos ingresos a los 1.200 registradores

Mariano Rajoy y Cristóbal Montoro, ministro de Hacienda, responsable de la Ley de Emprendedores, en el pleno del Senado del pasado 9 de abril.

La nueva Ley de Emprendedores, aprobada definitivamente el pasado jueves con los votos del PP y CiU, esconde un suculento regalo para los alrededor de 1.200 registradores mercantiles y de la propiedad que operan hoy en España. A partir de la entrada en vigor de la ley, lo que se producirá antes de un mes, los autónomos que pretendan proteger su vivienda habitual de posibles embargos por deudas profesionales deberán inscribirse como “emprendedores de responsabilidad limitada” en el registro mercantil y dejar constancia del blindaje del inmueble en el registro de la propiedad. Esta norma protegerá a las viviendas valoradas hasta 300.000 euros, o 400.000 si está situada en una ciudad de más de un millón de habitantes.

Según fuentes del Ministerio de Justicia, los trámites exigidos por la nueva norma legal implicarán un coste de 76 euros por persona. El número de autónomos registrados en la Seguridad Social ascendía a 3.031.000 en agosto, así que los registradores tienen a su alcance hasta 236 millones si se produce una utilización masiva del precepto destinado a dejar la vivienda fuera del saco de bienes embargables. Pero dado que todos los emprendedores no tienen vivienda en propiedad y otros quizá no recurran al registro, se puede realizar el siguiente cálculo: sólo con que dos de cada tres emprendedores decidan proteger su vivienda, se repartirán 152 millones los casi 1.200 registradores españoles. Y si, como piden ya algunos registradores, el Gobierno modifica finalmente al alza los aranceles registrales, la cantidad a distribuir se disparará de forma automática.

Fuentes del sector explicaron a infoLibre que el Gobierno podría haber optado por otra fórmula: declarar directamente en la norma que la vivienda habitual del emprendedor es inembargable siempre que su valoración no supere el importe fijado en la Ley de Emprendedores o que expresamente se haya aportado esa vivienda como garantía para la consecución de un crédito profesional. En este caso, no habría ninguna necesidad de acudir a los registros y los ciudadanos se ahorrarían el pago de los aranceles.

Cuestionamiento limitado del artículo 1911 del Código Civil

¿Por qué ha optado el Gobierrno por forzar a los autónomos a acudir al registro en lugar de estipular directamente en la ley que la vivienda habitual será inembargable?

Las fuentes oficiales consultadas sostienen que, de hacerlo así, las entidades financieras habrían endurecido aún más los requisitos para la concesión de créditos. El segundo argumento es de índole jurídica: una redacción que por definición ponga a salvo el domicilio del emprendedor contravendría el artículo 1911 del Código Civil, que dice esto: “Del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus bienes, presentes y futuros”.

Pero, en realidad, el camino previsto por la ley conduce al mismo lugar: a poner en solfa, aunque de manera limitada, la norma que obliga al deudor a responder “con todos sus bienes”.

Reproche del Consejo Económico y Social

Pedro Saura, portavoz de Hacienda del Grupo Socialista en el Congreso, recuerda que el Consejo Económico y Social (CES), cuyo dictamen posee carácter preceptivo pero no vinculante, “hizo un durísimo reproche” al texto legal. El CES aconsejó que, lejos de inscribirse la vivienda inembargable, se inscribiesen en el Registro los bienes que quedan afectos a la actividad profesional del emprendedor.

Sea como sea, lo cierto es que la lectura de la nueva norma desvela que la inembargabilidad de la vivienda habitual lo es sólo en cuanto a acreedores privados. En cambio, tanto la Seguridad Social como Hacienda estarán facultadas para someterla a embargo en caso de deudas cuando “no se conozcan otros bienes del deudor con valoración conjunta suficiente susceptibles de realización inmediata en el procedimiento de apremio”.

La letra de la ley abre la puerta a nuevos costes adicionales aun si no se modifican los actuales aranceles. En su artículo 8, aquel que regula la figura del emprendedor de responsabilidad limitada, el texto dice lo siguiente: “Podrá beneficiarse de la limitación de responsabilidad la vivienda habitual del deudor siempre que su valor no supere los 300.000 euros, valorada conforme a lo dispuesto en la base imponible del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en el momento de la inscripción en el Registro Mercantil”. La introducción del término “valorada” apunta al concepto tasación. Si, como temen fuentes del sector, un posterior decreto que desarrolle la ley faculta a los registradores para efectuar ese nuevo trámite, “los costes crecerán”.

Aunque en la práctica ejercen como profesionales del sector privado en régimen de monopolio, los registradores poseen la condición de funcionario. A diferencia de los restantes empleados públicos, no cobran un salario predeterminado sino aranceles de los que el Estado no recibe ningún porcentaje. Es decir, el registrador se embolsa íntegros los ingresos que genere su registro a cambio de abonar el sueldo de la plantilla y afrontar los gastos del local.

Un misterio multimillonario

Justicia pagará otros dos millones a los registradores para que desatasquen las solicitudes de nacionalidad

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A cuánto ascienden los beneficios netos anuales del conjunto de los registradores españoles constituye un misterio. Pero ese es, en todo caso, un misterio multimillonario. El propio presidente del Gobierno, registrador en servicios especiales, ha afirmado en distintas ocasiones que ganaría mucho más si se dedicase a su plaza en lugar de a la actividad política.

Pese a ello, los registradores aducen que la “continua erosión arancelaria, unida a la alarmante crisis económica, está haciendo ya inviables muchas oficinas”. Así consta en una carta de su decano, Alfonso Candau, fechada el 5 de agosto y dirigida a los colegiados. En su misiva, Candau lanza un alegato a favor de una subida de precios en los servicios registrales: “Urge la aprobación de un nuevo arancel que contemple globalmente la situación generada tras casi 25 años de aprobación del anterior”. El anterior al que se refiere Candau data de 1989. Y es ahí donde se establecen los aranceles que llevan al Gobierno a cifrar en 76 euros el coste que para cada autónomo acarreará su inscripción como “emprendedor de responsabilidad limitada”.

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