Ley Seguridad Ciudadana

El Gobierno pretende que insultar a un policía se castigue como mínimo con 1.000 euros

Insultar o amenazar a un policía se sancionará con hasta 30.000 euros

InfoLibre

Insultar, vejar, amenazar o coaccionar a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado durante una manifestación será considerado como una infracción administrativa "grave" sancionada con entre 1.001 euros y 30.000 euros de multa. 

Esta es una de las principales novedades del anteproyecto de Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana que Interior prevé llevar el viernes al Consejo de Ministros y que tiene como pilar fundamental la protección de los policías frente a los ataques según el Departamento que dirige Jorge Fernández Díaz.

En el articulado también se contempla como infracción "muy grave", sancionada con entre 30.001 y 600.000 euros, el uso y la distribución de imágenes de los policías, así como datos personales de los agentes con fines que puedan suponer un atentado contra su intimidad, su familia o que puedan poner en riesgo una operación.

Con esto se pretende evitar hechos acontecidos tras algunas concentraciones en las que asistentes fotografiaban a antidisturbios y luego difundían las imágenes en redes sociales quedando los agentes señalados y siendo objeto de insultos y vejaciones. En algunos casos, se ofrecieron datos personales de los policías.

En el texto se recogen un total de 21 infracciones consideradas "muy graves" y la mayoría de ellas destinadas a preservar el orden público. En este punto la ley recoge lo ya adelantado por el ministro en el Congreso de los Diputados: las concentraciones frente a las instituciones del Estado como la Cámara baja que no hayan sido debidamente comunicadas y con independencia de que las Cortes se encuentren en ese momento reunidas, estará sancionado con multas de hasta 600.000 euros. En ello se incluye, además de a los participantes, a quienes las convoquen, dirijan o presidan.

La perturbación del orden público en espectáculos, acontecimientos deportivos, oficios religiosos y demás actos públicos también se considerará "muy grave", así como las manifestaciones sin autorización en torno a las consideradas infraestructuras críticas como, por ejemplo, una central nuclear - objetivo muchas veces de movimientos ecologistas- o un aeropuerto.

Entre 30.001 y 600.000 euros se sancionará también como muy grave entorpecer con dispositivos luminosos como los clásicos punteros lasser vehículos u otros medios de transporte como aviones.

En el apartado del orden público, dentro de las consideradas infracciones graves, se contempla la participación en disturbios con capuchas, gorros, pañuelos o máscaras a efectos de dificultar la identificación por parte de las Fuerzas de Seguridad del Estado. Esto no quiere decir que no se pueda asistir a concentraciones autorizadas con este tipo de elementos, pero sí valerse de ellos para ocultarse a la hora de participar en disturbios.

Prohibida la prostitución cerca de menores

Este anteproyecto de Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana aporta otras novedades como la consideración como infracción grave ofrecer o aceptar servicios de prostitución en la vía pública cerca de espacios de menores (colegios, guarderías, parques...) o en aquellos lugares que puedan afectar a la seguridad vial. El redactado del texto no entra a regular el acto de la prostitución, pero sí trata de impedir su práctica al menos en estos dos supuestos en los que serían sancionados tanto el cliente como la persona que ofrece los servicios sexuales.

En el apartado de las infracciones graves se mantienen aspectos relacionados con el consumo o la tenencia de drogas tóxicas aunque no estuvieran destinadas al tráfico, así como el abandono en la vía pública de utensilios necesarios para su consumo o fabricación, pero se introduce como infracción grave la plantación o el cultivo de drogas siempre y cuando las cantidades no sean consideradas como delito.

Copia de medidas contra la 'Kale Borroca'

Otra de las principales novedades es que los padres tendrán que hacerse cargo económicamente de los desperfectos que ocasionen sus hijos menores de edad en la vía pública y la Policía tendrá potestad para establecer "zonas de seguridad". El hecho de que los progenitores tengan que pagar los daños ocasionados por sus hijos es una medida que ya se puso en marcha hace años en el País Vasco para combatir los episodios de 'kale borroka'. En función del grado de daño que produzcan al mobiliario urbano, también podría considerarse una infracción grave.

El consumo de alcohol en la vía pública sin estar autorizado administrativamente será considerado una infracción grave siempre que se perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana. Este anteproyecto regula como infracciones graves otras conductas como la de establecer barricadas en la calle, maltratar animales en espectáculos no autorizados, el escalamiento a monumentos o edificios emblemáticos o la denominadas "cundas", es decir, la acción de trasladar a los toxicómanos a los lugares donde se vende y se consume droga.

Mismas sanciones, nuevas prohibiciones

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Las infracciones leves apenas experimentan variaciones con las actuales faltas leves y seguirán siendo sancionadas con multas contempladas entre los 100 y los 1.000 euros. La cuantía de las infracciones graves y las muy graves también es la misma que en la actual ley de Seguridad Ciudadana, lo que se ha modificado o se ha incluido son conductas que no estaban recogidas y tras más de 20 años era necesario regular, según Interior.

Otro campo que regula esta Ley es la obligatoriedad de identificarse ante las Fuerzas de Seguridad que podrán inmovilizar a una persona hasta que se compruebe su identidad y que el documento que porta no es falso. Ahora los agentes podrán hacer esa gestión en el mismo lugar de forma telefónica o telemática.

Este articulado regula que los agentes puedan requisar el documento durante unos minutos a efectos de esta comprobación. Fuentes de Interior llaman la atención sobre el hecho de que en algunas manifestaciones había quien alegaba que el documento es personal e intransferible para no entregarlo a las autoridades. Por su parte, a los ciudadanos extranjeros no se les podrá desposeer de sus documentos de origen salvo mandato judicial.

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