La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, presidida por el magistrado
Félix Alfonso Guevara Marcos, ha decidido este jueves continuar la investigación iniciada hace varios meses contra el expresidente de Caja Madrid Miguel Blesa por la creación de las participaciones preferentes y subordinadas.
En un auto, los magistrados que componen la Sala
confirman la admisión de la querella contra Blesa y otros integrantes del Consejo de Administración de Caja Madrid, especifican que la investigación, que se incluye dentro del
caso Bankia que instruye el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4, Fernando Andreu, se circunscribe a la planificación llevada a cabo por los miembros de los órganos directivos de las entidades de las que formaban parte para capitalizarlas con la venta de participaciones preferentes.
El tribunal apoya admitir parcialmente a trámite una querella planteada por un empresario contra la cúpula de Caja Madrid el pasado mes de junio. Si bien
respalda la investigación en lo referente a "la planificación llevada a cabo desde los órganos directivos de las entidades", rechaza que se les investigue por la comercialización en las sucursaleses.
La Sección Tercera argumenta que
el empresario firmó un documento en su banco en el que manifestaba que había sido informado de que el producto presentaba un alto riesgo y que cabía la posibilidad de incurrir en pérdidas.
El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu admitió a trámite varias querellas cursadas por empresarios y particulares por la venta fraudulenta de participaciones preferentes. La primera de ellas fue presentada por Unión, Progreso y Democracia (UPyD), que solicitaba la apertura de una
investigación sobre el diseño, implantación, emisión, comercialización y gestión del producto y pedía que se investigara a cinco directivos de Caja Madrid y Bancaja.
Andreu se inclinó por la admisión a trámite de las querellas en
contra del criterio de la Fiscalía Anticorrupción que recurrió su decisión al considerar que el lanzamiento y la venta de preferentes no constituye delito ni se puede determinar que hubiera "un plan preconcebido" para su gestión y diseño.