Negocios bajo sospecha

Gil y Cerezo se hicieron en 2003 con la mayoría del Atlético de Madrid actuando en “fraude de ley”

Enrique Cerezo

Los empresarios Jesús Gil y Gil y Enrique Cerezo se hicieron, a través de una ampliación de capital aprobada el 27 de junio de 2003, con la mayoría del Atlético de Madrid mediante un paquete de acciones que habían sido suscritas en "fraude de ley", según ha confirmado una sentencia del Tribunal Supremo que abre la puerta a un cambio en el accionariado del club colchonero.

De esta forma, el alto tribunal confirma una decisión previa de la Audiencia Provincial de Madrid, que en marzo de 2011 había dado la razón a la asociación Señales de Humo, asegurando que no debió permitirse la asistencia a la junta de accionistas del 27 de junio de 2003 a Jesús Gil y Gil y Enrique Cerezo. Y, por tanto, tampoco se deberían haber computado sus acciones porque su importe "no estaba realmente desembolsado".

"Entramado fraudulento"

La Audiencia madrileña entendió en el fallo que en la operación protagonizada por Gil y Gil y Cerezo existió "fraude de ley", pues durante la conversión del Atlético de Madrid en sociedad anónima deportiva (SAD) ambos hicieron un ingreso en las cuentas del club, que formalmente les legitimaba para concurrir como socios a la Junta y votar los acuerdos de ampliación de capital. Pero la Audiencia confirma que esto no fue sino un elemento más del "entramado fraudulento" diseñado para eludir las exigencias impuestas por la Ley del Deporte.

La Audiencia Nacional había condenado el 24 de febrero de 2003 a Gil y Gil y a Cerezo como autor y cooperador necesario, respectivamente, de un delito de apropiación indebida. "La sentencia negó la realidad de las aportaciones dinerarias que aparecen reflejadas en la escritura de constitución de la sociedad anónima deportiva. Entendió que los ingresos realizados en las cuentas bancarias no tenían otra finalidad que la de aparentar el desembolso, pues luego fueron reintegrados mediante la cobertura de una trama negocial urdida por Gil, presidente del club, con la colaboración de Cerezo, vicepresidente del club". Pero el 4 de junio de 2004, la Sala Segunda del Supremo revocó la condena, pese a reconocer que hubo un hecho criminal, absolviendo a Gil y Cerezo al haber prescrito el delito.

Cuando se celebró la Junta General Extraordinaria del 27 de junio de 2003, el capital social del Atlético eran 248.480 acciones. De ellas, 235.494 estaban controladas por Gil y Cerezo, y en consecuencia afectadas por el fraude de ley. Por tanto, si se descuentan esas acciones, quedaban 12.986 con derecho a voto. Y en la Junta comparecieron socios que tenían 5.038, lo que constituía el 38,79% del capital social suscrito con derecho a voto.

Como la Junta se constituyó en primera convocatoria, en ningún caso podría entenderse, según el tribunal, que se habría superado el mínimo exigido por la ley, "pues para ello hubiera sido necesario que quienes concurrieron poseyeran más del 50% del capital social suscrito con derecho a voto", especifica el Supremo.

Señales de Humo

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La sentencia del Supremo abre la vía para que la asociación Señales de Humo logre la salida de la familia Gil y de Cerezo de la mayoría del accionariado del Atlético de Madrid. Según el abogado Antonio Perea Gala, representante legal de la asociación de opositores que recurrió la ampliación de capital, a consecuencia de la sentencia el club tiene un patrimonio negativo, lo que sería una causa de disolución. "Y para arreglar este problema los actuales administradores tendrán que convocar una junta general extraordinaria de accionistas para abordar una ampliación de capital para evitar la disolución".

Además, según la versión de este letrado, la sentencia del Tribunal Supremo deja claro que las acciones que en estos momentos están anotadas a nombre de la familia Gil y de Cerezo fueron obtenidas mediante fraude de ley. "Todavía no hemos decidido qué vamos a hacer ahora, pero hay casos, como por ejemplo el del Real Betis, en el que la junta directiva ha sido desplazada por una resolución judicial", explica el abogado Antonio Perea Gala, que considera que el litigio puede alargarse.

Por su parte, la actual dirección del Atlético de Madrid ha publicado un comunicado en la página web del club en el que adelanta su intención de convocar una junta general de accionistas "a la que se someterán todas las decisiones que resulten pertinentes a tal efecto". El plazo mínimo para esta convocatoria es de 30 días, según explicaron fuentes jurídicas a infoLibre.

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