El
Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado este lunes la prohibición de
la marcha convocada por la Asociación de Ateos y Librepensadores de Madrid para el jueves santo, según un fallo al que ha tenido acceso Europa Press.
La manifestación, solicitada también por la asociación vecinal
La Playa de Lavapiés, y apoyada por el Grupo Voila y los anarquistas
Albatros tenía previsto salir a las 20 horas por este barrio con el fin de "
sensibilizar a la población sobre el derecho constitucional de libertad de manifestación, libertad de expresión y la obligatoriedad de que las instituciones protejan la aconfesionalidad del Estado, exigiendo también que se devuelva a los ciudadanos la Mezquita de Córdoba".
La sentencia de la Sala Contenciosa Administrativa recuerda que existen precedentes en años anteriores sobre la prohibición de la marcha y que
el derecho fundamental y de reunión y manifestación no es un derecho absoluto o ilimitado.
Así, coincide con el departamento que dirige
Cristina Cifuentes que existen razones fundadas de que puedan producirse alteraciones de orden público,
con peligro para las personas o bienes, vistos los informes del Ayuntamiento de Madrid, la Policía y el Ministerio del Interior.
Los magistrados aluden a que en convocatorias anteriores las asociaciones organizadoras bautizaron sus
pseudopasos procesionales con el nombre de
La Congregación de la Cruel Inquisición o la
Hermandad de la Santa Pedofilia, entre otros nombres, "lo que constituye una provocación para los creyentes católicos de la ciudad".
Respecto a la colisión con el derecho a la libertad religiosa, el TSJM reitera, como en las anteriores ocasiones, que el día de jueves santo "
es una de las festividades clave en la religión católica y, consecuentemente, es merecedor de protección, pudiendo justificar la restricción del uso de la vía pública a otros grupos de personas cuando su uso no sea compatible".
"Así pues, el derecho de reunión y manifestación
encuentra su límite en este supuesto en el respeto y garantía del derecho a la libertad religiosa que se contrapone al mismo dado la fecha, hora, lugar, circunstancias y características ya ampliamente reseñadas en que pretende ejercerse el derecho de reunión por los actores, sin que ninguno de los itinerarios alternativos propuestos que coinciden básicamente en el lugar, fecha, hora y características implique un cambio significativo en la colisión entre ambos derechos fundamentales", señala el fallo.
Sin embargo, la asociación atea ya anunció que
recurrirán al Tribunal Constitucional si el Tribunal Superior de Justicia de Madrid confirma la prohibición de la marcha atea, tal y como ha sucedido.
Los ateos madrileños intentan así
por cuarta vez consecutiva procesionar por la capital el jueves santo, algo que aún no han conseguido, ya que
han sido prohibidas en varias ocasiones por la Delegación del Gobierno, una decisión avalada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
El año pasado la marcha fue tumbada por llegar fuera de plazo, pero en 2012, que fue comunicada a tiempo,
fue prohibida por el departamento estatal "por su evidente voluntad de provocación" a los católicos.
Veamos,,,,,,, ¿Porqué las procesiones católicas SI, y las procesiones ateas, NO???? ¿Donde está la aplicación de la democracia a este criterio?? ¿Porqué el camino a La Meca SI y una manifestación atea, NO????? ¿Pero quienes se habrán creído que son estos politiquillos de chicha y nabo????? Si hay democracia, hay que ejercerla y dejar de usarla de pancarta. Y no tengan miedo, que los ateos actuales no llevan trincho ni rabo (al menos, del largo, no..)))jejejeje Un saludin
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