Conflictos en IU

La jueza avala a la dirección de IU y rechaza que deba reordenar su lista europea

Cayo Lara, en rueda de prensa en la sede federal de IU, este 14 de abril.

Izquierda Unida ya puede registrar su candidatura para las elecciones europeas del 25 de mayo tal como la aprobaron sus órganos de dirección. Sin más cambios de última hora. La Justicia da finalmente la razón a la dirección federal de Cayo Lara, tal como se preveía, y valida el modo de confección de la candidatura, desestimando así las medidas cautelares solicitadas por los demandantes, Izquierda Abierta (IzAb) y la Candidatura Unitaria de Trabajadores (CUT)

En un auto de siete páginas conocido este miércoles, 16 de abril, y al que ha tenido acceso infoLibre, la titular del juzgado de primera instancia número 14 de Madrid, María José García Juanes, asegura que no concurren los presupuestos legales para la adopción de medidas cautelares requeridas –la reordenación de la lista–, máxime porque se exige a los tribunales la "no injerencia en el autogobierno de los partidos", y porque se debe presumir que los acuerdos tomados por los órganos de dirección de las fuerzas políticas son "válidos", máxime si estos acuerdos no se impugnan, como ha sido el caso. Al no apreciarse por tanto los requisitos necesarios para proceder judicialmente a una alteración de la candidatura, IU podrá registrarla ya ante la Junta Electoral Central, para lo que tiene de plazo desde hoy hasta el lunes próximo, 21 de abril. Los demandantes, además, deberán pagar las costas. 

La jueza, en su resolución, muy técnica, no entra en el fondo de la cuestión –para eso ya se celebrará en su caso un juicio posterior–, sino en si conviene o no adoptar las medidas cautelares que reclamaban los tres dirigentes que interpusieron la demanda: Tasio Oliver –el ganador de las primarias de IzAb–, Carmen García Bueno (de la CUT) y el también gasparista Pedro Chaves. Los tres encabezaban la lista alternativa que, en el Consejo Político Federal (CPF) –máximo órgano de decisión de IU– del pasado 1 de marzo compitió contra la mayoritaria, la de Willy Meyer. La de IzAb y la CUT obtuvo un 22,6% de los votos, frente al 77,4% de Meyer. En virtud de ese resultado, Oliver reclamaba para sí el puesto 4 de la lista; García Bueno, el 9, y Chaves, el 14.

Diferencia entre la lista de IU y la de la coalición del 25-M

¿Qué pasaba? Que en ese mismo Consejo Político se votó (y aprobó por mayoría) primero la reserva de tres puestos de salida para los aliados políticos (el 3 para ICV, el 5 para Anova y el 8 para Chunta Aragonesista), por un 85,46%, y de otros dos para los "referentes sociales" (el 2 para la sindicalista Paloma López y el 7 para el activista Javier Couso), por un 73,53%. Una vez sancionada la reserva de cinco puestos, se presentaron las dos listas de IU, la de Oliver y la de Meyer, con el escrutinio citado del 77,4% y del 22,6%. En las dos sólo figuraban los candidatos puros de IU, no los aliados ni los referentes sociales, que se habían votado aparte. De este modo, y así lo dice la jueza, en el acta del Consejo se proclama como candidatos "en el mismo orden que se solicita" a los tres demandantes, "luego no hay indicio alguno de que no se hayan respetado las normas estatutarias". En concreto, el artículo 88 de las normas federales

García Juanes advierte a continuación de que, tal y como aportó IU, que la cuestión se ciñe "no al orden en la lista de candidatos de IU, sino en la lista de candidatos de la coalición con la que IU se presenta a las elecciones del Parlamento Europeo". Coalición ya registrada ante la Junta Electoral Central (JEC), que se denomina Izquierda Plural y que componen 12 fuerzas políticas: IU, ICV, EUiA, Anova, Espazo Ecosocialista, Batzarre, Federación Los Verdes, Els Verds del País Valencià, Opció Verda-Els Verds, Gira Madrid-Los Verdes, Construyendo La Izquierda-Alternativa Socialista e Iratzarri-EKI. La jueza relata que en el orden del día del Consejo Político ya figuraba, primero, la adopción del reglamento, en el que se decía que se acordaría en primer término las alianzas con otras fuerzas y los puestos de las mismas (las citadas sillas 3 para ICV, 5 para Anova y 8 para CHA), luego, la votación de aquellos "referentes sociales o ciudadanos" (o sea, López y Couso) y, por último, las candidaturas presentadas, que fueron las de Meyer y Oliver. "Y este reglamento fue aprobado por mayoría [del 67,82%], según el acta del Consejo Político del 1 de marzo de 2014, acuerdo que no ha sido impugnado". Este extremo lo recuerda la magistrada en varias ocasiones: que ni IzAb ni la CUT recurrieron los acuerdos de aquel Consejo. Sólo cargaron contra la ordenación de la lista, de modo que los daban por buenos y válidos

No es un "proceder extraño": ya se empleó en 2004

"Según lo expuesto, el CPF adoptó unos criterios en relación con la lista de la coalición que no consta sean contrarios a su normativa interna, pues los estatutos lo que prevén en el artículo 88 que citan los demandantes lo es respecto a la lista de candidatos de IU", no respecto a la alianza electoral. Además, señala que ese proceder de reserva de puestos "no es extraño en el sistema de elección de IU", ya que se empleó uno semejante en los comicios europeos de 2004, como en su día ya esgrimió la dirección de Lara contra Gaspar Llamazares

La jueza, además, no tiene en cuenta el pacto al que llegó el equipo federal con Izquierda Abierta, sellado el pasado 10 de abril, y que hizo a los gasparistas intentar desistir de su demanda judicial y de los recursos ante la Comisión de Garantías. Un acuerdo por el que Oliver se quedaba con el puesto ocho (que quedó vacante tras el no de CHA) y por el que IU se comprometía a mimar más al partido de Llamazares en distintos ámbitos. La CUT se negó a retirar su acción ante los tribunales, porque consideraba que no se había hecho ninguna oferta atractiva para su candidata, García Bueno. "No afecta a la legitimación los avatares posteriores del procedimiento, en su caso, los acuerdos extrajudiciales que haya habido, cuando no consta resolución de la secretaria judicial ni del tribunal acordando archivo o sobreseimiento" de la causa, y cuando tampoco se dio traslado a la Fiscalía, alega. 

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Auto por el que se deniegan las cautelares contra IU pedidas por Izquierda Abierta y la CUT (PDF)

En definitiva, el auto deniega la adopción de medidas cautelares porque no se pide que se deje sin efecto acuerdos que podrían ser "contrarios a derechos fundamentales", "sino que lo que realmente se interesa es que sustituya el tribunal la voluntad del partido político", cuando IU ya aprobó su lista por los órganos de direccion. García Juanes entiende que la petición de reordenar la candidatura afecta a las dos partes y es "tan gravosa para los demandantes de estimarse la demanda como lo es para la parte demandada [IU] de desestimarse la demanda".

La lista definitiva en sus primeros puestos (IU espera obtener entre 7 y 9 escaños) queda, por tanto, como sigue: 

  1. Willy Meyer
  2. Paloma López
  3. Ernest Urtasun (ICV)
  4. Marina Albiol
  5. Lidia Senra (Anova)
  6. Ángela Vallina
  7. Javier Couso
  8. Tasio Oliver (Izquierda Abierta)
  9. Núria Lozano (EUiA)
  10. Lara Hernández
  11. Eberhard Grosske
  12. Joan Peris (Federación Los Verdes)
  13. Carmen García Bueno (CUT)

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