Futuro de la monarquía

Las demandas de paternidad explican las prisas de Rajoy por blindar al rey Juan Carlos

El rey Juan Carlos firma la ley de su abdicación, en presencia de la reina Sofía, el pasado 18 de junio en el Palacio Real.

El rey Juan Carlos manifiesta su voluntad de abdicar la Corona el 2 de junio. 17 días después, pierde la inviolabilidad al ser proclamado su hijo como nuevo monarca. A las 24 horas, el PP registra en el Congreso dos enmiendas a una ley orgánica sin relación alguna con la Jefatura del Estado que proporcionan un blindaje integral, penal y civil, a Juan Carlos (y a Sofía, Letizia, la princesa Leonor y su futuro consorte). Hoy martes, se aprueba en la Comisión de Justicia de la Cámara baja. El jueves, en el pleno. Luego, al Senado. Aforamiento completo "en 15 días", según los cálculos expresados ayer por el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, desde Polonia. Tiempo absolutamente récord

La pregunta obvia es por qué estas prisas del Gobierno en concederle un escudo total al rey saliente. En público, el Ejecutivo y el PP insisten en que se ha actuado de forma "impecable", cumpliendo todas las garantías de procedimiento y que no existe ninguna urgencia más que la de cubrir un vacío legal y proteger a quien ha sido casi 39 años jefe del Estado. Pero en privado, para el equipo de Rajoy este ha sido un asunto prioritario, que ha pilotado la propia vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría, dejando en un segundo plano incluso al ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón. En la Moncloa temían que la pérdida de la inviolabilidad de Juan Carlos fuese aprovechada por partidos y particulares para interponer todo tipo de demandas. En las últimas, entran las de paternidad. Esta celeridad llegó a su máxima expresión el pasado viernes por la mañana.

El Gobierno, que en estos asuntos siempre ha querido ir de la mano del PSOE por respeto institucional, se apeó de esta premisa y se lanzó a presentar casi en solitario –con la sola firma de dos diputados, uno de Foro Asturias y otro de UPN– dos enmiendas para hacer efectivo el aforamiento exprés del monarca. El paso se dio tan rápidamente porque se llegó al convencimiento, tanto en el grupo parlamentario como en el Gabinete de Rajoy, de que si no se hacía en ese momento, se agotaba el periodo ordinario de sesiones –que concluye el 30 de junio– y los diputados se irían de vacaciones sin dejar blindado al rey, informa Yolanda González

El PP se queda solo

El mecanismo impuesto por el PP hizo ayer que el PSOE se desmarcara, adelantase su abstención y se sumase al recurso presentado por Izquierda Plural (IU-ICV-CHA) contra la tramitación ultrarrápida de las dos enmiendas, de forma que los conservadores aprobarán su reforma tirando de mayoría absoluta. Los socialistas, también fuera de micrófono, también se malician que el PP quiere resguardar en lo posible al monarca de las demandas de paternidad. Una sospecha que también tienen los juristas consultados y uno de los periodistas más expertos en información de la Casa del Rey, José Antonio Zarzalejos. "Este aforamiento integral tiene que ver con esto, claramente", subraya. La británica BBC llevaba esta motivación a un titular

El blindaje diseñado por el Gobierno para los reyes Juan Carlos y Sofía, para la reina Letizia y la princesa Leonor no tiene precedentes en España. Hace que todas las causas penales y todas las causas civiles que se dirijan contra ellos se vean sólo en el Tribunal Supremo. Los diputados y senadores, o los miembros del Gobierno, por ejemplo, gozan de aforamiento ante el TS para todos los asuntos penales, pero en los civiles han de tener relación con las actividades propias de sus cargos. O sea, no es un escudo total, no les protege en actuaciones de su vida privada (si un parlamentario no paga en un establecimiento, por ejemplo, no se deriva al TS). Además, si hubiera causas abiertas en juzgados ordinarios a la entrada en vigor de las dos enmiendas, estas se rebotarán directamente al Supremo. 

No hace falta esperar a que lleguen demandas de filiación contra el rey. En 2012, el catalán Albert Solà –militante del partido ultraderechista y xenófobo Plataforma per Catalunya– y la belga Ingrid Sartiau se unieron para reclamar el reconocimiento de la paternidad de Juan Carlos. Unas pruebas de ADN confirmaron al 91% que ambos compartían progenitor (no madre). Solà aseguraba ser el primogénito del monarca, pues nació en 1956. El hoy Felipe VI nació en 1968. 

El aforamiento al TS, "arma de doble filo"

Aquella demanda fue archivada por la inviolabilidad del rey. Solà presentó un segundo escrito en octubre de 2013, que fue desestimado por el juzgado de primera instancia número 34 de Madrid por la misma razón un mes más tarde. El letrado del catalán impugnó el rechazo (recurso 630/2014) y este fue respondido el pasado 13 de junio. La sección 24 de la Audiencia Provincial Civil de Madrid ha señalado el próximo 9 de septiembre como fecha de la deliberación y fallo del recurso

El letrado de Solà, Francesc Bueno, registró ayer lunes el escrito de ampliación de hechos [consúltalo aquí en PDF], que adelantó la web VanitatisVanitatis. En él se recoge un hecho nuevo: la abdicación de Juan Carlos, efectiva el 19 de junio de 2014. El abogado señala que esa noticia "tiene consecuencias" a favor de su cliente en cuanto a la pérdida de la inviolabilidad del monarca, recogida en el artículo 56. 3 de la Constitución. La inmunidad "debería abarcar los hechos que este realizó en el ejercicio de sus funciones, y no amparar conductas que este pudo realizar en su esfera jurídico privada", porque el Tribunal Constitucional, reza el texto, ha concluido que la inviolabilidad "no es un derecho absoluto". Cuando Solà fue concebido, recuerda el escrito, Juan Carlos "no era rey, ni ostentaba título alguno de la monarquía". 

Bueno cree que el aforamiento del rey saliente es, en realidad, un "arma de doble filo", por tanto si la causa va al Supremo y allí se pierde, se agotaría la vía judicial española, y tendría manos libres para impugnar ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), donde la victoria, subraya, estaría más cercana. El letrado insistía ayer, en conversación con infoLibre, en que su defendido no busca más que el "reconocimiento de la paternidad del rey", nada más. "No reclama ni títulos ni derechos dinásticos. Y, en principio, no quiere dinero. No le mueve el ánimo de lucro. Luego, si hay reconocimiento, ya se vería", desliza. 

Los expertos coinciden en describir el aforamiento exprés querido por el Gobierno como una "chapuza" que podría tener encaje constitucional –ni siquiera esto es tan claro–, pero que no tiene razón de ser de cara a la opinión pública, ni por las prisas ni por la fórmula activada, colando dos enmiendas en una ley orgánica que nada tiene que ver con la Corona, la complementaria de la ley de racionalización del sector público y otras medidas de reforma administrativa. Y advierten de que la demanda de paternidad de Solà, si ahora se admite a trámite, podría prosperar en caso de que los jueces observasen indicios razonables de que Juan Carlos es su padre. No tendría por qué afectar a la sucesión a la Corona, porque Felipe VI ya ha sido proclamado rey por las Cortes Generales y eso ya es "difícilmente reversible", pero sí podría tener acceso a su herencia. 

Críticas a la "chapuza" de la norma

Quien más objeciones ve al blindaje total procurado por el Gobierno a Juan Carlos es Javier Pérez Royo, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla. "No es aceptable, no tiene cabida, tendría problemas ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). Es que además perjudica más que ayuda a la institución, porque parece que el rey es como Silvio Berlusconi, que necesita de todo tipo de escudos para escapar de sus delitos. Es de locura".

"Es insólita una protección total en materia civil a un exjefe del Estado. El aforamiento se reconoce en base a las funciones ejercidas por un cargo público. ¿El rey saliente merece un blindaje único que ninguna otra persona tiene? Eso es muy discutible, y encima está escapando al debate parlamentario e incluso jurídico, porque no se ha podido estudiar a fondo la situación en la que queda el monarca que ha abdicado. Todo se ha hecho mal", sostiene Argelia Queralt, constitucionalista de la Universitat de Barcelona. Ella, como otros juristas se han hartado de pedir en los últimos años, sostiene que la solución idónea habría sido la aprobación de una ley orgánica que regulase todos los supuestos de abdicación, renuncia y sucesión a la Corona, como demanda el artículo 57. 5 de la Carta Magna. "Esto no será un fraude de ley, pero desde el punto de vista ciudadano, es un claro abuso que además no beneficia a la institución y genera desafecto ciudadano", añade. 

Roberto Viciano, catedrático de Derecho Constitucional de la Universitat de Valencia, apunta que la protección integral de Juan Carlos puede sonar "exagerado", criticable "políticamente", pero no "inconstitucional", en la medida en que hay unos 10.000 aforados en España. De la misma opinión es Javier Tajadura, constitucionalista de la Universidad del País Vasco (UPV), que recuerda que el fuero no deja de ser una "peculiaridad procesal", que hace que un determinado cargo sea juzgado ante un tribunal especial. "Ahí no veo vicios de inconstitucionalidad. Es la mayor chapuza del mundo, pero el ordenamiento jurídico está lleno de chapuzas iguales", evitables, como decía Queralt, con una ley orgánica de sucesión.

Sin previsión de recurso ante el TC

Sin embargo, Tajadura sí aprecia más problemas en la segunda enmienda del PP, la que dice que todas las causas abiertas en el momento de entrada en vigor de la ley se enviarán al Supremo. "Cuidado con eso, porque afecta a derechos fundamentales de terceros. Si uno va a un juzgado ordinario, tiene posibilidad de que su sentencia sea revisada en segunda instancia. Si el demandado es aforado, sólo hay una instancia, el TS. Esa retroactividad es otra chapuza para salvar la falta de previsión del legislador". 

Saber si las enmiendas se ajustan o no a la Carta Magna no será una cuestión que se ventile de inmediato. Para presentar un recurso ante el TC, hace falta la firma de 50 diputados o senadores o que lo interponga la defensora del pueblo. Fuentes del Grupo Socialista decían ayer que de momento la impugnación no se ha planteado, pero se veía improbable. No obstante, decidirá la nueva dirección que salga del congreso federal del PSOE del 26 y 27 de julio. Los jueces, no obstante, podrían elevar una cuestión de inconstitucionalidad. 

¿Diferencias entre bastardos y legítimos?

El Gobierno siempre alega que la inviolabilidad protege al monarca durante todo su reinado, y por tanto no se le podría perseguir por actos cometidos en esos 39 años. Pero tampoco ese aserto está exento de controversia. Royo recuerda cómo otros jefes de Estado fueron inculpados tras abandonar su puesto. El caso más claro es el del francés Jacques Chirac, condenado por corrupción en 2011. Tajadura entiende que la inmunidad sobre actuaciones cometidas durante el reinado persiste tras la renuncia de Juan Carlos. "Si no, sería tanto como pedir al monarca que no abdique nunca". Pero él, como Viciano, entiende que se pueda rebatir esa afirmación, que el ámbito de la inviolabilidad y su alcance es "discutible". Sobre todo porque no hay una regulación exhaustiva. Para el profesor de la Universitat de Valencia, lo que desde luego no entraña duda es que la inmunidad no cubre al rey los actos anteriores a su proclamación como monarca, en 1975.

"Puede haber duda de que sea inviolable penalmente, pero no civilmente", abunda Pérez Royo. Las demandas de paternidad, convienen los expertos, podrían ser admitidas a trámite si hay base para ello. Si el rey se negase a hacerse una prueba de ADN, según la jurisprudencia, sería tomado como un indicio de que puede ser el padre del demandado.

La oposición reclama en bloque al Gobierno que se revise el número y el alcance de los aforamientos

La oposición reclama en bloque al Gobierno que se revise el número y el alcance de los aforamientos

El reconocimiento de un hijo del monarca tiene otra vertiente: la sucesión. La Constitución no distingue entre hijos bastardos o legítimos. Ni en el Título II –dedicado a la Corona– ni en los artículos 14 (igualdad de todos los españoles) y 39, que dice que los padres han de prestar asistencia a sus hijos, "habidos fuera o dentro del matrimonio". De modo que un hijo del jefe del Estado concebido fuera de la pareja real podría acceder al trono. No obstante, tanto Tajadura como Royo entienden que la proclamación de Felipe VI por las Cortes es "prácticamente irreversible", aun en el supuesto de que Solà fuera reconocido como primogénito de Juan Carlos. 

A lo que sí podría acceder es a la herencia. "Tendría perfecto derecho", dice el profesor sevillano. Bueno insiste en que a su cliente no le mueve el dinero. "En principio". Pero habrá que ver si en el futuro piensa lo mismo. El monarca, en los últimos años, ha venido cobrando 292.752 euros brutos anuales. De su patrimonio, nada se sabe. "Lo único bueno para la monarquía –remacha Tajadura– es que ya se ha pasado página con la proclamación de Felipe VI. Tanto si las demandas de paternidad siguen coleando como si finalmente se imputa a la infanta Cristina, estaremos hablando de actores secundarios".

Más sobre este tema
stats