Política y negocios

El PSOE acusa a la Abogacía del Estado de vaciar la ley de conflictos de interés con su informe sobre Arias Cañete

Miguel Arias Cañete, flanqueado por Mariano Rajoy y María Dolores de Cospedal durante la campaña a las elecciones europeas del 25 de mayo.

El PSOE registrará hoy martes en el Congreso una solicitud de comparecencia de la jefa de la Abogacía General del Estado, Marta Silva Lapuerta, para que explique qué criterios rigieron la elaboración del informe que en agosto de 2013 permitió a Miguel Arias Cañete votar en el Consejo de Ministros el anteproyecto de la Ley de Evaluación Ambiental, que sanciona el bunkeringo trasvase de crudo en alta mar. La Abogacía permitió a Cañete participar en ese trámite pese a que, además de accionista minoritario, el entonces ministro de Agricultura y hoy eurodiputado había sido presidente de una compañía petrolera con intereses en el segmento del bunkering, Petrolífera Dúcar SL.

El informe, cuyo contenido desveló el viernes infoLibre tras haber permanecido en secreto durante un año, sostiene que votar un proyecto de ley en el Consejo de Ministros no implica tomar “decisión alguna sobre ningún asunto” [consulta el PDF aquí] porque son las Cortes las que aprueban las leyes.

“Con ese informe –dice el diputado socialista Gabriel Echávarri, que fue quien hace casi un año reclamó una copia al Congreso– la Abogacía deja sin contenido la Ley de Conflictos de Intereses".

“Si la Abogacía considera que debe ser como dice su informe, que proponga la modificación de la ley”, apostilla el parlamentario, convencido de que la relectura que el Servicio Jurídico del Estado –uno de los órganos directivos del Ministerio de Justicia– hace de la ley conduce al absurdo: de aplicarse la nueva tesis, los ministros “serían como el rey, no tendrían nunca ninguna responsabilidad porque todo tiene que ser refrendado luego por las Cortes”.

En contra de la posición de la Abogacía, Echávarri entiende que todo proyecto que aprueba el Gobierno tiene siempre una "incidencia notoria" en el resultado final. La tradición parlamentaria española se sustenta en una máxima para la que en 37 años de democracia no ha habido excepción: que las mayorías parlamentarias se guían por lo que previamente decide el Gobierno al que sustentan, y no al revés.

Cumplía los requisitos legales para abstenerse

Aprobada en 2006, la Ley de Conflictos de Intereses prohíbe taxativamente a ministros y altos cargos participar en “asuntos” que “interesen a empresas” en cuya dirección o asesoramiento hayan participado “en los dos años anteriores” a su toma de posesión.

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Para abstenerse en la tramitación de la Ley de Evaluación Ambiental, que castiga el bunkering o suministro de crudo en alta mar, Arias Cañete reunía los requisitos que marca la ley: no sólo era y es accionista minoritario de Petrolífera Dúcar SL, cuya propia web sigue incorporando, en portada y en inglés, la siguiente leyenda: "Proveyendo almacenamiento y distribución para el bunkering". Además y sobre todo, fue presidente de la compañía hasta enero de 2012, es decir, sólo año y medio antes de que el anteproyecto llegase a la mesa del Consejo de Ministros.

El informe de la Abogacía, que consta de dos versiones –la primera obviaba que Cañete había presidido la petrolera– añadía un segundo argumento favorable al ministro: que Petrolífera Dúcar no hace bunkering en la Bahía de Algeciras porque “no factura el costo del combustible a los buques amarrados en el puerto de Ceuta”. Las operaciones de bunkering –agregaba la Abogacía– "son realizadas por los propietarios del combustible depositado” en las instalaciones de Petrolífera Dúcar.

La web de Petrolífera Dúcar, ahora fuera de servicio salvo en su página inicial, puede rescatarse mediante herramientas de búsqueda en internet. Y una de esas herramientas permite leer lo que figura en una de sus secciones bajo el epígrafe Nuestra principal actividad: “Desde el año 2000, Ducar, en cuanto al negocio de bunkering se refiere, ha centrado su actividad en la logística, prestando servicios de almacenamiento y suministros a barcos para productos de terceros”.

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