Justicia

Menos justicia y menos gratuita

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón.

Juristas, letrados y asociaciones han puesto el grito en el cielo ante al proyecto de ley de Justicia Gratuita impulsado por Alberto Ruíz-Gallardón. Diversos expertos denuncian que la nueva norma supone un menoscabo del derecho de defensa de los ciudadanos. "Más trámites burocráticos", "menos calidad", "desconfianza hacia los ciudadanos" y "menosprecio a la labor de los abogados del turno de oficio", son algunas de las críticas lanzadas contra la polémica normativa. 

Pero, ¿qué es la justicia gratuita? ¿Qué cambios introduce la reforma del ministro Gallardón? ¿Por qué letrados y juristas condenan la nueva norma? ¿Cómo afecta a los ciudadanos? ¿Cómo justifican desde el Ministerio este cambio? Juristas y abogados explican a infoLibre los puntos más controvertidos del proyecto de ley. 

¿Qué es la justicia gratuita?

"La justicia será gratuita cuando así lo disponga la ley y, en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar", reza el artículo 119 de la Constitución española. Por lo tanto, la justicia gratuita es un derecho constitucional para aquellas personas que, por motivos económicos, no pueden hacer frente a los gastos originados en el proceso: los honorarios de los abogados, los derechos arancelarios de los procuradores y las tasas judiciales. "Deben sufragarse los gastos procesales a quienes, de exigirse ese pago, se verían en la alternativa de dejar de litigar o poner en peligro el nivel mínimo de subsistencia personal o familiar", reconoce el Tribunal Constitucional en la sentencia 16/1994.  

El alto tribunal considera la justicia gratuita como un derecho "de carácter social que pretende evitar la indefensión y la desigualdad de armas procesales que puede originarse en el acceso al proceso [judicial] de las personas que carecen de recursos económicos para litigar". Así, el Estado se hará cargo de los gastos ocasionados en los pleitos de aquellos ciudadanos –españoles, miembros de la UE y extranjeros que se encuentren en España– que acrediten la falta de medios. Además, según la ley 1/1996 del 10 de enero, que hasta ahora regula la justicia gratuita, las "asociaciones de utilidad pública y fundaciones inscritas en el Registro Público" que acrediten insuficiencia de recursos también serán sujetos de este derecho. 

La misma norma establece que "con independencia de la existencia de recursos para litigar, se reconoce el derecho de asistencia jurídica gratuita [...] a las víctimas de violencia de género, de terrorismo y de trata de seres humanos en aquellos procesos que tengan vinculación, deriven o sean consecuencia de su condición de víctimas, así como a los menores de edad y las personas con discapacidad psíquica cuando sean víctimas de situaciones de abuso o maltrato". Este mismo estatus se extiende "a quienes a causa de un accidente acrediten secuelas permanentes que les impidan totalmente la realización de las tareas de su ocupación laboral o profesional habitual [...] cuando el objeto del litigio sea la reclamación de indemnización por los daños personales y morales sufridos". 

La justicia gratuita es un derecho constitucional, prestacional y de configuración legal. En definitiva, el artículo 119 de la norma suprema garantiza el acceso a la Justicia, un derecho universal, para que nadie, por razones económicas, pueda quedarse sin defensa jurídica. 

Según datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el 61,47% de los litigios amparados por la justicia gratuita y, por tanto, asignados a abogados del turno de oficio corresponde a la defensa de ciudadanos ante la jurisdicción penal. "La atención desde el servicio de guardia de 24 horas, a personas detenidas o imputadas en procedimientos penales, así como a las víctimas de violencia de género, supone que el 58% de las designaciones de turno de oficio deriven de la prestación de este importante servicio", recalca el CGPJ.

¿En qué consiste la reforma de ley impulsada por el Ministerio de Justicia?

El 21 de febrero el Consejo de Ministros aprobó, a propuesta del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, el proyecto de ley de Justicia Gratuita. La reforma de la norma, aún en plazo de enmiendas, despertó las críticas de juristas, abogados y organizaciones internacionales. El Ministerio de Justicia alega que la nueva normativa moderniza la caduca ley de 1996 que, "si bien ha cumplido un importante papel", debe "adecuarse a la realidad actual". La cuestión es: ¿qué cambios introduce la polémica reforma? 

Umbrales más altos

Tras la decisión del Ejecutivo de aumentar las tasas judiciales, lo que encarece el coste de los litigios, el ministerio de Justicia apuesta ahora por aumentar "los umbrales hasta ahora vigentes para evitar que pueda verse limitado el acceso a la tutela judicial efectiva de quienes carecen de recursos".

El anterior umbral, a partir del cual se considera si un ciudadano tiene derecho o no al acceso a la justicia gratuita, se establecía en dos veces el salario mínimo interprofesional –14.910 euros al año–. El proyecto de ley eleva el umbral a 2,5 veces el Indicador de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) –15.975 euros al año–, y hasta a tres veces cuando los miembros de la unidad familiar sean cuatro –19.170 euros al año–. Para aquellos ciudadanos que no formen parte de una unidad familiar –solteros, viudos o divorciados–, el umbral se sitúa en dos veces el IPREM.

Por lo tanto, en lo que se refiere a ingresos, la nueva norma eleva el umbral de renta mínima para la mayoría de los casos, menos para las personas que viven solas. Hasta ahora, en estos casos se valoraba el salario mínimo; con la entrada en vigor el proyecto de Gallardón se pasará a tener en cuenta el indicador de renta, por lo que este colectivo se verá perjudicado con respecto a la ley anterior.

Víctimas exentas de tasas

La nueva normativa establece que los beneficiarios de la justicia gratuita, colectivos que tienen acceso a la misma con independencia de su capacidad económica –víctimas de violencia de género, de terrorismo y de trata de seres humanos, así como a los menores de edad y a las personas con discapacidad psíquica víctimas de abuso o maltrato–, no deberán abonar los gastos generales ocasionados por el acceso a la justicia. "Hasta ahora se les garantizaba la defensa jurídica especializada de forma inmediata, pero el acceso a la justicia gratuita seguía los requisitos generales, por lo que, si no se les reconocía el derecho, debían abonar después los gastos generados –recoge la nueva norma–, sin embargo, a partir de ahora siempre serán beneficiarias de justicia gratuita, lo que supone también quedar exento del pago de tasas".

Trabajadores y asociaciones

El proyecto de ley reconoce, como venía haciendo la normativa vigente, el derecho a la justicia gratuita de determinados colectivos. Por lo tanto, Cruz Roja, las asociaciones de víctimas del terrorismo o en defensa de las personas con discapacidad, las de consumidores y usuarios, los sindicatos y los representantes de los trabajadores, así como las entidades gestoras de la Seguridad Social y el Servicio Público de Empleo tendrán derecho a la justicia gratuita siempre que ejerciten acciones en defensa de sus intereses específicos –en todos estos casos no se tendrá en cuenta su poderío económico–. 

Tras una enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Popular, esta ventaja se extenderá a las entidades medioambientales.

Nuevos tiempos, nuevos sujetos

El proyecto de ley hace referencia a los imputados y a los reclamados por euroórdenes. La norma actual sólo menciona a los presos y detenidos como posibles beneficiarios de la justicia gratuita si sus ingresos son inferiores a los umbrales establecidos.

El Ministerio de Justicia explica que el nuevo texto incluye la posibilidad de que el beneficiario de la justicia gratuita elija qué prestaciones de las previstas en este derecho desea obtener. Por ejemplo, señala el organismo público, "en el caso de las mujeres maltratadas, estas podrán evitar el pago de la tasa correspondiente, pero ser representadas por un abogado de su elección y no por uno de oficio, si así lo desean". 

Presunción de fraude 

Se trata de uno de los puntos más polémicos. La futura norma "prevé la creación de un comité de consultas en el seno del Ministerio de Justicia para asegurar una interpretación homogénea de la misma –explican desde el gabinete de Justicia–; si en el plazo de cuatro años el beneficiario viene a mejor fortuna, la parte contraria podrá reclamarle los costes que le fueron impuestos". 

El proyecto de Gallardón "establece una presunción de abuso de derecho a partir de la tercera vez que en un año se acude a la justicia gratuita, salvo en el orden penal", recalcan desde el Ministerio. Por lo tanto, un ciudadano que recurra por cuarta vez a su derecho de justicia gratuita será investigado con lupa por presunto "abuso".  "Se comprobará si [el requerimiento] está justificado y sólo en ese caso se atenderá la solicitud". En el caso de que el órgano judicial aprecie "la existencia de abuso de derecho" por parte del beneficiario de la asistencia jurídica gratuita, esta será revocada y podrá ser condenado en costas.

¿Cómo afecta al ciudadano?

El Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), el Colegio de Abogados de Madrid, la organización Jueces para la Democracia, así como la ONG Rights International Spain (RIS), denuncian que la norma supone un retroceso importante en el derecho fundamental de tutela judicial efectiva y perjudicará a amplios sectores de la ciudadanía. Mientras el Ejecutivo asegura que el proyecto de ley "representa una mejora no sólo cuantitativa sino también cualitativa" de la justicia gratuita, expertos en derecho desmienten las promesas del Ministerio de Defensa. 1. No garantiza la financiación pública ni el acceso a todos los ciudadanos

"Globalmente –recalca RIS–, la nueva ley conduce a una reducción del número de personas que puede acceder a la justicia gratuita". Si bien pudiera parecer "positivo desde los umbrales, la realidad es que hay un colectivo muy amplio que se verá perjudicado: solteros, viudos, separados; mucha población será privada de este derecho", añade la ONG. 

"El umbral aumenta –reconoce Joaquim Bosch, portavoz de Jueces para la Democracia, a infoLibre– pero se deja fuera a determinadas personas; en lugar de aumentar las partidas, se recortan y se aumentan los requisitos para conseguir un abogado de oficio". En definitiva, denuncia, el nuevo proyecto de ley sacará "a mucha gente del ámbito de justicia gratuita, como ya lo hizo la imposición de tasas judiciales".

Además, desde el Colegio de Abogados de Madrid denuncian que el nuevo texto contiene "importantes carencias" en lo que respecta a la posibilidad de asesoramiento y orientación gratuitos previos al proceso judicial. Desde los asuntos "referidos a la mediación, la asistencia de intérprete, la defensa en la vía administrativa previa, así como en el nombramiento de contador partidor o de administrador concursal".  

2. Dificulta el acceso: burocratización

El texto del Ministerio de Justicia establece nuevos requisitos para acceder a un abogado de oficio y evitar las tasas judiciales. "Se perjudica al ciudadano al establecer trámites de todo tipo", explica Bosch. En muchos casos, de manera general por falta de conocimientos, se niega el acceso a la justicia gratuita por errores en los trámites, porque los documentos no son correctos o porque se ha rellenado mal un formulario, afirma Jueces para la Democracia. No es que estas personas no tengan derecho a asistencia gratuita de un letrado, sino que por errores burocráticos no pueden disfrutar de este derecho. Por lo tanto, advierten, más requisitos supondrán más trámites, y más trámites, menos justicia

3. Desconfía y sospecha de los ciudadanos

"Se introduce la presunción de fraude contra el sujeto de derecho, contra el ciudadano", recalca Rights International Spain. La nueva normativa sospecha de toda persona que solicite el acceso a la Justicia Gratuita tres veces en un mismo año. "Se presupone que está abusando de este derecho, lo que es inaceptable", recuerda la ONG. Para la organización, lo único que pone de manifiesto que una persona recurra a la Justicia de manera frecuente "es una situación muy complicada por varios frentes: un divorcio, un desahucio, un despido...". En este sentido, el presidente del CGAE, Carlos Carnicer, advierte que esta desconfianza supone "la estigmatización" del ciudadano, lo que es "humillante" y va en contra de "los derechos fundamentales".

Además, el proyecto de ley recoge que, si en el transcurso de un año no se ha resuelto el proceso judicial, la persona que solicitó y recibió el derecho a acceder a la justicia gratuita tendrá que solicitar de nuevo este beneficio, apunta Carnicer. "Tendrá que demostrar que sigue siendo pobre"

4. Discriminación

"El proyecto –denuncian el colegio de letrados madrileño– crea desigualdades al reconocer la justicia gratuita a algunos ciudadanos, colectivos y personas jurídicas, aunque cuenten con recursos suficientes". En este mismo sentido, Rights International recuerda que "el beneficio de este derecho sólo puede basarse en criterios económicos". Para la ONG, el esquema que configura la justicia gratuita "está ahí para asegurar el ejercicio efectivo de un derecho recogido en la Constitución basado en principios económicos y sociales". Por lo tanto, "la calidad de la víctima o el hecho de ser miembro de una asociación determinada debería ser indiferente".

"Permitir que asociaciones de víctimas, con beneficios muy elevados, queden exentas de tasas y pagos judiciales; y obligar a un trabajador con un sueldo de 1.070 euros al mes y con un patrimonio 'suficiente' a pagar todas las tasas judiciales, un abogado y un procurador por denunciar un posible despido improcedente no es justo", ejemplifica la organización no gubernamental. 

¿Cómo afecta a los abogados?

Desde que el ministro de Justicia hiciera público el proyecto de ley que modifica el acceso a la justicia gratuita, jueces y letrados han condenado firmemente el texto. No sólo por cómo afectará a los ciudadanos, sino por cómo afecta al propio cuerpo de jueces y letrados al servicio de este derecho constitucional1. Menosprecia la labor de los abogados del turno de oficio al no garantizar un pago digno y puntual por sus actuaciones

Letrados de toda España se reunieron el pasado jueves en Madrid para condenar la reforma de Gallardón y manifestar su rechazo absoluto al nuevo texto. "No es admisible que la reforma no haga ninguna referencia ni a los abogados ni a los colegios", denuncia el presidente del CGAE, Carlos Carnicer, a infoLibre. En algunos de los documentos presentados con posterioridad, hay que recordar que la norma está aún en plazo de enmiendas, "se utiliza un concepto volátil en lo que al aumento de retribuciones se refiere", explica Carnicer. "Se utiliza el término subvención, lo que supone que el pago a los abogados de oficio dependerá de que haya recursos suficientes".

Ante las críticas, el ministro de Justicia aseguró que las quejas de estos colectivos tienen su origen en que la reforma de la justicia gratuita no aumenta sus honorarios. Por su parte, el CGAE recuerda que en el manifiesto publicado el pasado jueves, "no se hace ninguna referencia a los honorarios, a pesar de que en 12 años no se han subido los módulos". 

A través de dicho comunicado, 83 colegios de abogados, que representan a más de 250.000 letriados, instan al Ejecutivo a que la nueva norma recoja la obligación del Estado de "hacerse cargo de la totalidad de los gastos que la gestión del servicio suponga para los Colegios de Abogados, así como para la prestación de los servicios de orientación" necesarios para dar cobertura a la justicia gratuita. Así, explican, se asegurará el buen funcionamiento de este derecho. 

Para los letrados, es necesario que la nueva ley asegure que "la intervención de profesionales designados de oficio será retribuida en todo caso digna, suficiente y puntualmente con cargo a los fondos públicos actualizando los módulos vigentes". Pues la realidad es que, hasta ahora, los honorarios de estos profesionales oscilan entre los dos y seis euros la hora

2. La cuestión territorial

El CGAE argumenta que la supresión de la obligación de residencia del letrado del turno de oficio en el ámbito de su domicilio profesional y de su Colegio de Abogados "atenta gravemente a la tutela judicial efectiva" de las personas, y es que el proyecto de ley establece que cualquier abogado, de cualquier Colegio, podrá darse de alta en el turno de oficio, con los consiguientes problemas técnicos que esto supone.

"No tiene sentido –afirma Carnicer– que un letrado de A Coruña asista a una persona en Jeréz; no respeta el principio de proximidad entre el servicio de justicia y el justiciable". Además, los ínfimos honorarios que recibe un abogado de oficio no permiten hacer frente a estos desplazamientos, recuerda. 

3. ¿Más tasas, más justicia?

"Ahorrar costes a costa de limitar el derecho de justicia a los ciudadanos es inadmisible", denuncia Rights International. Mejorar el sistema pasa por dotar a la administración de los recursos necesarios para ahorrar costes, no por limitar el acceso al ciudadano a la justicia imponiéndole unas tasas judiciales e impidiéndole acceder a un abogado de oficio, añade. Y es que, jueces y abogados recuerdan que Gallardón justificó la subida de las tasas judiciales alegando que estas serían invertidas en la mejora de la justicia gratuita. Sin embargo, "no sabemos donde está el dinero de esas tasas; no han ido a parar a Justicia, sino que han acabado en el sumidero de impuestos de Hacienda", enfatiza Carnicer. En este sentido denuncian "el cambio de modelo de un servicio público íntegramente subvencionado por impuestos, a un modelo de servicio financiado por impuestos y recaudación de tasas judiciales". 

Lo único que ha conseguido el aumento de las tasas "es reducir el número de asuntos en los juzgados, impedir que la clase media acceda a la Justicia", afirma el presidente del CGAE. Miles de personas no acceden a los tribunales por miedo a las tasas, por verse arruinados ante un proceso judicial, explican. 

¿Cómo justifica el Ejecutivo la reforma de la justicia gratuita?

"Con el texto aprobado se da un impulso al modelo español de justicia gratuita gracias no sólo a la incorporación de nuevos recursos fruto de la aplicación y vinculación del nuevo régimen de tasas judiciales, que garantizan su viabilidad, sino que también se pone coto a posibles abusos mediante sistemas de seguimiento en el que participan todas las partes que hacen posible la prestación de este beneficio". Se trata de las palabras del Ministerio de Justicia tras la aprobación del proyecto de ley en el Consejo de Ministros. 

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El gabinete de Justicia asegura a infoLibre que la polémica reforma supone una renovación y actualización de la norma del 1996 que, a su parecer, está anticuada y no se adecua "a la realidad". Ante la coyuntura actual, el Ministerio defiende que la "reducción del déficit público" exige a "las Administraciones la máxima eficiencia en la asignación de los recursos públicos". Justifica así la introdución de la presunción de abusos por parte de los ciudadanos que soliciten en tres ocasiones su derecho a justicia gratuita.

"Las nuevas tasas judiciales suponen un incremento de los costes procesales" por lo que "se ha considerado oportuno elevar los umbrales hasta ahora vigentes". De esta manera, justifican un proyecto que "mejorará" el servicio a nivel "cuantitativo y cualitativo". Ante las críticas de los colectivos de juristas y letrados, Gallardón les restó importancia alegando que sus quejas se deben únicamente a la negativa del Ejecutivo a aumentar sus honorarios. Desde su gabinete apuntan que la ley aún está en plazo de enmiendas y no descartan la reforma de alguno de sus controvertidos puntos. 

Los colectivos de juristas y letrados, por su parte, afirman que "en estas reuniones con el Ejecutivo se ha podido comprobar que el proyecto de Ley de Asistencia Jurídica Gratuita está basado en principios netamente económicos y en objetivos estrictamente presupuestarios, inscritos en el plan de recuperación económica del Gobierno de España, y en claro detrimento del derecho constitucional a la tutela efectiva, al tratarse de un servicio público en condiciones de igualdad a quienes carecen de recursos económicos".

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