La fuga de Aguirre

La Audiencia de Madrid ordena que se juzgue como delito el incidente de tráfico de Aguirre

Llegada de Aguirre a su casa perseguida por la policía.

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Los magistrados de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid han calificado de un posible delito de desobediencia el incidente de tráfico protagonizado el pasado 3 de abril por la presidenta del PP de Madrid, Esperanza Aguirre, en contra de la postura mantenida por el juez Carlos Valle, quien consideraba los hechos como una falta leve de desobediencia, han confirmado a Europa Press fuentes jurídicas. De este modo, la causa volverá al Juzgado para que se tramiten las diligencias. El juez tendrá previsiblemente que llamar a Aguirre a declarar, así como a los testigos del incidente, según han indicado fuentes jurídicas.

En su resolución, los magistrados estiman de forma parcial el recurso presentado por la asociación Transparencia y Justicia, personada en la causa como acción popular, contra el auto en el que el juez Carlos Valle calificaba los hechos de falta leve. La Sección Sexta está compuesta por los magistrados Pedro Javier Rodríguez González-Palacios; Julián Abab Crespo; José Manuel Fernández-Prieto González; y Francisco Jesús Serrano Gassent.

Los magistrados consideran que los hechos deben ser instruidos en "el marco de las diligencias previas del procedimiento abreviado por revestir provisionalmente los indicados hechos caracteres de un posible delito de desobediencia a los agentes de la autoridad" del artículo 556 del Código Penal. Piden al instructor que transforme la causa en diligencias previas para la instrucción de la causa para "la averiguación y comprobación de los hechos denunciados". Este artículo establece que "los que, sin estar comprendido en el artículo 550, resistieren a la autoridad o a sus agentes, o la desobedecieran gravemente, en el ejercicio de sus funciones, serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año".

El precepto 550 señala que "son reos de atentado los que acometan a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o empleen fuerza contra ellos, los intimiden gravemente o les hagan resistencia activa también grave, cuando se hallen ejecutando las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas".

Los magistrados consideran que Aguirre, cuando protagonizó su incidente de tráfico, hizo que incurriera en una desobediencia "tenaz, contumaz, rebelde, decidida y terminante" que estuvo representada por múltiples actos concretos. Añaden que la desobediencia vendría acompañada "incluso de expresiones de menosprecio hacía los citados agentes en el ejercicio de sus funciones, por lo que los hechos revisten provisionalmente caracteres de un delito de desobediencia del artículo 556 del Código Penal".

Este artículo establece que "los que, sin estar comprendido en el artículo 550, resistieren a la autoridad o a sus agentes, o la desobedecieran gravemente, en el ejercicio de sus funciones, serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año".

El precepto 550 señala que "son reos de atentado los que acometan a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o empleen fuerza contra ellos, los intimiden gravemente o les hagan resistencia activa también grave, cuando se hallen ejecutando las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas".

"Debe incluso señalarse, a mayor abundamiento, que los actos de desobediencia tuvieron lugar en la vía pública, en una zona muy concurrida, por lo que se incrementa la gravedad de los actos de desobediencia al lesionar en mayor grado la dignidad del ejercicio de la función pública llevada a cabo por los agentes de la autoridad", añade el texto judicial.

Asimismo, relatan lo sucedido aquel día, conforme a los hechos denunciados, y narran que Aguirre había dejado su coche estacionado "indebidamente" en un carril bus de la plaza de El Callao de Madrid, personándose los agentes de movilidad para redactar la correspondiente denuncia administrativa.

Tras solicitarle un agente el permiso de conducción, Aguirre les replicó: "¿Qué pasa? ¿Bronquita y denuncia? Venís por mí porque soy famosa. Tienes la placa. Denuncia el vehículo". Acto seguido, el agente le pidió de nuevo la documentación. "Yo me voy. Tienes la placa. Denúnciame", le espetó y arrancó el motor de su vehículo.

En su marcha, según apuntan los magistrados, "llegó a colisionar con una de las motocicletas de los agentes en la maniobra para marcharse del lugar". La moto cayó al suelo y resultó dañada. Los agentes ordenaron a Aguirre que detuviera el vehículo, "haciendo ésta caso omiso a la orden".

El altercado de tráfico llegó a los tribunales madrileños después de que la Policía Municipal remitiera el atestado policial sobre lo sucedido. Ese día, la expresidenta de la Comunidad de Madrid se marchó con su coche tras supuestamente arrollar la moto de un agente que la había multado por aparcar en un carril bus de Gran Vía.

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Auto Esperanza Aguirre [PDF]

En el recurso, Transparencia y Justicia señalaba que "por los mismos hechos cualquier otro ciudadano normal hubiese acabado en el calabozo de una comisaría, con los grilletes en las muñecas, para ser inmediatamente citado de comparecencia para la celebración de juicio rápido".

Reacción de Aguirre

Esperanza Aguirre afirmó este viernes a través de su cuenta de Twitter que el auto "no dice, ni mucho menos, que el incidente del coche sea delito". A eso añade que es "una ciudadana más que acude encantada a que el juez escuche la verdad", como ha recogido Europa Press.

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