El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Cangas de Onís ha decretado este viernes auto de apertura de juicio oral contra
Jesús Ortiz Álvarez, Henar Ortiz Álvarez y
María del Carmen Álvarez del Valle, padre, tía y abuela de la reina Letiza, por sendos delitos de
insolvencia punible. La jueza les ha requerido además para que presten una fianza solidaria de 41.149 euros,
según informó este viernes el Tribunal Superior de Justicia de Asturias.
La acusación particular pide para cada uno de ellos
2 años y 6 meses de prisión, y multa de 10 euros diarios durante 16 meses. Además pide para Henar y Jesús Ortiz la inhabilitación especial para el desempeño del cargo de administrador o apoderado en cualquier persona jurídica, así como para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. La Fiscalía no ha presentado escrito de acusación.
La denuncia se produce como consecuencia de las relaciones comerciales habidas entre
Sandra María Ruiz Vázquez y la mercantil Henarmonía, SC, de la que era administradora María del Henar Ortiz Álvarez, según la acusación particular. Se generó una deuda de 22.600,73 euros que la acreedora, Sandra María, reclamó por vía ejecutiva en el Juzgado de Primera Instancia número 8 de Oviedo que en fecha 22 de marzo de 2009 dictó auto acordando el despacho de ejecución contra Henarmonía, SC y María del Henar Ortiz Álvarez por la cantidad de 22.600,73 euros en concepto de principal y 6.780,21, calculados para intereses y costas.
Siguiendo los trámites propios del referido procedimiento de ejecución,
la ejecutada fue requerida el 4 de abril de 2009 para que designara bienes y derechos sobre los que trabar embargo e igualmente requerida para que manifestase si había procedido a la división y adjudicación de la herencia de su difunto padre.
La ejecutada presentó escritura notarial de fecha 14 de mayo de 2009, otorgada ante el notario de Ribadesella, en virtud de la cual los herederos (María del Carmen Álvarez del Valle, e hijos, María del Henar y Jesús Ortiz Álvarez), aceptaban la herencia y decidían adjudicar a la viuda el pleno dominio del único bien dejado por el causante a su fallecimiento (la finca registral 34.078, sita en términos de Sardeu, concejo de Ribadesella, sito de La Arquera, e inscrita en el Registro de la Propiedad de Cangas de Onís), sin que
los hijos tuvieran nada que reclamar por razón de la herencia de su padre.
"Actuando todos de común acuerdo"
Asimismo, "y actuando todos ellos de común acuerdo en el plan que habían preconcebido", sostiene la acusación particular en su escrito, con fecha 17 de agosto de 2009, la denunciada María de Carmen Álvarez del Valle,
constituyó hipoteca inversa a favor de la entidad Caja de Ahorros de Galicia, en garantía del saldo de la cuenta corriente de crédito que dicha entidad aperturó.
La acusación particular sostiene que Jesús Ortiz Álvarez, "además de prestarse a cooperar con su hermana para que ésta llevase a cabo el
alzamiento descrito, tenía también un interés propio en la sustracción de los bienes que había heredado de su padre a la posible vía de apremio sobre los mismos".
Ya que en el mes de febrero de 2009, la acreedora, Sandra María Ruiz Vázquez,
formuló demanda contra María del Henar y Jesús Ortiz en reclamación de 5.200,12 euros dando lugar al procedimiento seguido en el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo que en fecha 7 de marzo de 2011 dictó sentencia estimatoria de la demanda condenando solidariamente a los demandados al abono de la cantidad reclamada, por lo que según la denuncia, Jesús Ortiz Álvarez, "tenía un interés propio en la comisión del alzamiento".
Vaya historia se ha montado por 22.000 eur de deuda. Es triste y son asuntos de familia, no parece que haya relación con la monarquía. Si la hubiera, el asunto no hubiera llegado tan lejos.
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Sí hay relación con la monarquía, no olvidemos que es el padre de la reina y el abuelo de la heredera, el que se va a sentar en el banquillo, por un caso de alzamiento de bienes, o sea escamotear bienes para que no se le pudieran embargar (es ilegal), y así dejar de pagar la deuda contraída por la tía de la reina y tía abuela de la heredera. Deben ser conscientes que ser parientes directos de la reina, no sólo les da un lugar preferente en los actos protocolarios de la corona.
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