Corrupción

Imputado el presidente del PP de Almería por un delito urbanístico

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El Juzgado de Instrucción número 1 de Roquetas de Mar (Almería) citó este jueves a declarar en calidad de imputados a siete integrantes de la Junta de Gobierno de la citada localidad, incluido su alcalde, Gabriel Amat (Partido Popular), que aprobaron la licencia que permitió la construcción de diez chalés en la finca La Fabriquilla.

La jueza cita a Amat, quien también es presidente del PP de Almería, para el 17 de noviembre junto a los concejales Francisca Toresano y Antonio García. Para el día 14, llama a Pedro Antonio López, a Juan José Rubí, a José Galdeano y al exedil Francisco Martín.

La causa se inició en enero de 2012 después de que el Ministerio Público considerara que debía ser investigado el acto administrativo por el que se autorizó "de una forma no legal" la obra en una zona donde "no se podía autorizar". En concreto, se trata de una parcela en la Unidad de Ejecución UE-109.

La licencia, cuya legalidad cuestiona la sección de Urbanismo y Medio Ambiente de la Fiscalía al estimar que podría existir un supuesto ilícito penal, fue concedida en 2007 por el entonces concejal de Urbanismo, José María González, quien tenía delegadas las competencias en esta materia, según la Fiscalía.

Precisamente González prestó declaración en calidad de imputado el 28 de octubre de 2013 y trasladó a la jueza instructora que la licencia se concedió por "acuerdo de comisión de gobierno" y "sin ningún reparo" por parte de los "servicios técnicos y jurídicos", informa Europa Press.

En concreto, el informe jurídico de 7 de mayo de 2007 concluyó que "procedía la concesión de la licencia" mientras que el informe de la oficina técnica de 4 de mayo de 2007, cuyo responsable también debe declarar, se pronunció de manera "favorable" al "cumplir los parámetros establecidos en el PERI 1/09".

En esta línea, argumentó que los citados informes preceptivos de estos servicios no "advirtieron de una supuesta irregularidad" y que se sometió primero a "comisión de urbanismo" para ser aprobada con posterioridad "por la junta de gobierno en base" a estos informes.

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La corporación local acordó en pleno la aprobación de la modificación puntual de la parcela 11 incluida en el Plan Especial de Reforma Interior (PERI) de la UE-109, que se promovió a instancia de la sociedad Hortiagrícola SL. La citada modificación cambió el uso del suelo de comercial a residencial y sobre este se levantaron los diez chalets.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) anuló en un fallo dictado en noviembre de 2011 este acuerdo por no ser ajustado a derecho. El fallo, que estimaba el recurso que interpuso la Junta de Andalucía, recogía en los fundamentos que "difícilmente" podía considerarse suelo urbano consolidado "aquel que precisamente está sujeto a operaciones integrales de reforma interior para crear una superficie residencial en el Plan Especial que se modifica".

La sala de lo contencioso-administrativo decretó la nulidad del acuerdo de pleno ya que se vulneraban en su aplicación los artículos 17 y 36 de la LOUA "al incumplir con el estándar tanto de reserva de plazas para aparcamientos como de cesión de suelo dotacional público" o espacios verdes. Sostenía el Alto Tribunal, además, que alteraba "el equilibrio entre el equipamiento comercial y la población prevista para el lugar".

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