Caso ERE

Alaya confirma el proceso de embargo contra Martín Soler y 13 excargos andaluces para cubrir 28,7 millones en fianzas

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El Juzgado de Mercedes Alaya, que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares, ha confirmado el proceso de embargo iniciado contra el exconsejero de Innovación de la Junta de Andalucía Martín Soler para cubrir la fianza de responsabilidad civil de 4.070.633,08 euros que le impuso la instructora.

En un decreto, al que ha tenido acceso Europa Press, la secretaria judicial rechaza los recursos de reposición interpuestos por Martín Soler y otros 13 exaltos cargos de la Junta contra la diligencia de ordenación del pasado 9 de octubre en la que se les concedía un plazo de diez días a fin de que designaran bienes a embargar para cubrir los 28,7 millones de euros en fianzas civiles impuestas en total por la magistrada.

Así, el Juzgado ha confirmado el proceso de embargo iniciado contra Martín Soler y otros 13 exaltos cargos de la Junta, entre ellos el exviceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez, los exdirectores generales de IFA/IDEA Miguel Ángel Serrano, Francisco Mencía y Antonio Lara, el expresidente de El Monte José María Bueno Lidón, o el exviceconsejero de Economía y Hacienda José de Haro Bailón.

El Juzgado de Alaya ha confirmado igualmente el proceso de embargo iniciado contra el exviceconsejero de Agricultura y Pesca Juan Paniagua, Isabel de Haro Aramberri, exsecretaria general de Desarrollo Industrial y Energético, Felipe Romera, presidente de la Red de Espacios Tecnológicos de Andalucía, o Pilar Rodríguez López, exsecretaria general de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información.

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Los imputados alegaron falta de competencia de la jueza

El exconsejero Martín Soler y varios de los imputados recurrieron alegando la falta de competencia de la jueza para la adopción de las medidas de aseguramiento de bienes al haberse dictado exposición razonada y elevado la misma al Tribunal Supremo, pero la secretaria recuerda que, por medio de una diligencia de 3 de septiembre, "ya se expresó que por el Supremo se puso de manifiesto que procedía continuar por este Juzgado con la instrucción de las diligencias en tanto en cuanto se resolviera sobre la competencia". "Actualmente, ya carece de sentido esta alegación como motivo de recurso, pues es conocido que el Alto Tribunal, mediante auto de 13 de noviembre de 2014, ha resuelto la cuestión al acordar en definitiva que se mantenga en este Juzgado la competencia para la instrucción de las personas no aforadas", sostiene el decreto.

La secretaria judicial rechaza todos los recursos interpuestos contra la diligencia de ordenación de fecha 9 de octubre de 2014, la cual "debe mantenerse íntegramente al estar ajustada a Derecho, debiéndose designar por estos imputados bienes de su propiedad sobre los que trabar embargo por las cantidades mencionadas en dicha diligencia y en los términos en ella expuestos".

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