Políticas de austeridad

El Consejo de Estado reprende al Gobierno por llevar el gasto cero al articulado de las leyes

El Consejo de Estado critica que el Gobierno concentre los recortes en organismos con fines sociales

El discurso de la austeridad y la contención del gasto público ha sido una de las notas dominantes del Gobierno de Mariano Rajoy, sobre todo en sus primeros años de legislatura. Hasta el punto de que el Ejecutivo ha querido que esta impronta quede plasmada en el articulado de muchas de sus leyes. Y así ha ocurrido, pese a las reiteradas quejas del Consejo de Estado al respecto en sus dictámenes sobre las normas en elaboración. El órgano consultivo ha sacado en más de una vez los colores al Ejecutivo por incluir en la parte normativa de las leyes una coletilla que consagra el gasto cero, algo así como la austeridad por ley. A su juicio, este tipo de observaciones deben quedar fuera de los proyectos y, por extensión, de la redacción final y reservarse, bien para la memoria de impacto económico o para el preámbulo. Porque el hecho de que se cumpla o no se cumpla esta previsión de no incremento del gasto no implica que el texto tenga mayor o menor eficacia.

La última vez que el Consejo de Estado se ha pronunciado sobre la materia fue en un dictamen del pasado 15 de enero sobre el proyecto de real decreto por el que se establecen los requisitos de expedición del suplemento europeo al título. expedición del suplemento europeo al título.

Este órgano consultivo hace referencia en uno de sus puntos a la disposición adicional segunda del proyecto que reza como sigue: "Las medidas incluidas en esta norma no podrán suponer incremento de dotaciones ni retribuciones ni de otros gastos de personal". Y, sobre la misma, añade que no es la primera vez que este tipo de cuestiones no deben integrarse en el proyecto al no tratarse "de una previsión genuinamente normativa". Más adecuado, considera, su inclusión "en su memoria –la del proyecto–, y a lo sumo en su preámbulo". "El Consejo de Estado reitera algo que viene repetidamente señalando en sucesivos dictámenes", advierte sobre este particular.

"La eficacia del texto no depende del gasto"

Además de pasar por los correspondientes órganos consultivos, los futuros textos legislativos se someten a memorias de impacto de los diferentes ministerios. Una de estas es la de impacto económico. Y en ella, según el Consejo de Estado, deberían incluirse observaciones como la mencionada sobre la contención presupuestaria. "Por técnica jurídica, es ahí donde tiene que ponerse de manifiesto" mantienen fuentes de la institución. "Para eso están las memorias de impacto, donde ha de figurar si hay o no gasto previsto y, en caso afirmativo, con cargo a qué partida", añaden.

El dictamen apoya su tesis en el informe del Ministerio de Hacienda para este proyecto de real decreto: "Añade –el informe del departamento de Cristóbal Montoro– que en caso de que acabe siendo necesario afrontar gastos de ese tipo se procederá a la efectiva cuantificación detallada y separada y se explicarán las medidas a adoptar para compensarlos con disminuciones paralelas de otros gastos de personal".

En definitiva, "que la eficacia del nuevo texto no depende de que se produzca o no incremento de gasto, ni el hecho de que se acabe produciendo sería un incumplimiento de una previsión normativa del mismo".

No obstante, el dictamen deja claro que Hacienda hace esas salvedades sobre la posibilidad de que se incurra en algún gasto pese a proponer, previamente, la redacción de la disposición adicional sobre el no incremento del gasto.

Compromiso con el control del gasto

En este sentido, fuentes del Ejecutivo consultadas por infoLibre, aseguran que este tipo de referencias responden a exigencias de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos y que, dado que no altera el contenido de la ley, la esencia, los ministerios lo aceptan. "Es una forma más de que quede por escrito el compromiso del Estado con el control del gasto en un momento de crisis", interpretan desde uno de los ministerios afectados.

¿Implicaría el incumplimiento de esta ley, por ejemplo, el hecho de que se produjese algún gasto? Fuentes jurídicas consultadas por este diario mantienen que no. "No tiene en sentido estricto valor normativo", precisan.

Al respecto, aclaran que, en lo económico son los Presupuestos Generales del Estado los que determinan los créditos para cada actuación. Es decir, que pese a esa disposición de gasto cero, nada impide que la ley de presupuestos reserve una partida correspondiente al desarrollo de esa ley en sucesivos ejercicios. De lo contario, leyes como estas concebidas en época de crisis estarían condenadas a desaparecer o a ser modificadas en épocas de mayor bonanza económica.

Un precepto que llega al BOE

Pese a las advertencias del Consejo de Estado al respecto, este tipo de advertencias tienen escaso reflejo en los textos definitivos, en los que se publican en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Es el caso de la modificación del Real Decreto 1393/2007 por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias

Su disposición adicional única, denominada "no incremento del gasto público""no incremento del gasto público" recoge el párrafo que sigue: "Las medidas incluidas en esta norma no podrán suponer incremento de dotaciones ni de retribuciones ni de otros gastos de personal".

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Otros ejemplos en iniciativas de Sanidad

Los ejemplos no se limitan a iniciativas del ministerio de Educación. También hay ejemplos en iniciativas de Sanidad. Así se refleja en el dictamen del 4 de diciembre de 2014 sobre el proyecto de orden por la que se establecen las bases del programa marco de calidad y seguridad para la obtención y trasplante de órganos humanos.

"Se efectúa otra observación final que se corresponde con algo que tiene repetidamente sostenido este Consejo, y es que el texto de la proyectada disposición adicional tercera ("Las medidas incluidas en esta orden no podrán suponer incremento de dotaciones ni de retribuciones ni de otros gastos de personal") debe incorporarse en su caso a la memoria o al preámbulo, no al articulado de la norma, pues no tiene valor normativo sino meramente descriptivo o intencional", mantiene de nuevo el Consejo de Estado.

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