Inmigración

Imputados 16 guardias civiles por la muerte de 15 inmigrantes en El Tarajal

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Un total de 16 guardias civiles tendrán que prestar declaración en calidad de imputados ante el Juzgado de Instrucción número 6 de Ceuta por lo sucedido el 6 de febrero de 2014 junto a la playa ceutí de El Tarajal, donde al menos 15 migrantes perdieron la vida intentando alcanzar a nado suelo español mientras agentes del Instituto Armado disparaban pelotas de goma y botes de humo para disuadirles.

En la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, la jueza cita a declarar a un total de 16 agentes, que deberán comparecer de cuatro en cuatro entre el 3 y el 11 de marzo ante el juzgado, que retoma así la instrucción de la causa después de que la Audiencia Nacional rechazase hacerse cargo de la misma por considerar que el tribunal ceutí tenía competencias para hacerlo.

Los citados a declarar son un capitán de la Guardia Civil, un sargento, un teniente y trece guardias civiles que estuvieron presentes la mañana de los hechos en el despliegue policial organizado en la playa de El Tarajal.

La citación hace referencia al artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el mismo que regula el derecho de defensa ante la imputación por un acto punible, es decir, que los guardias civiles declararán en calidad de imputados.

Es la primera vez desde que se iniciaron las actuaciones judiciales a instancias de un grupo de ONG entre las que figuran la Coordinadora de Barrios y CEAR, que agentes de la guardia civil comparecerán ante el juzgado. Hasta el momento, la magistrada había tenido conocimiento de su versión de los hechos mediante un informe elaborado por la Policía Judicial de la Comandancia en la ciudad autónoma que recopilaba declaraciones de los presentes aquella mañana en El Tarajal.

La instrucción se abrió para investigar un presunto delito de homicidio por imprudencia y trata de dilucidar si la actuación de las fuerzas de seguridad en la playa aquella mañana tuvo relación causa-efecto con las muertes de al menos cinco migrantes, aquellos cuyos cadáveres fueron recuperados en aguas españolas.

Es la primera vez, desde que se iniciaron las actuaciones judiciales a instancias de un grupo de ONG entre las que figuran la Coordinadora de Barrios y CEAR, que agentes de la guardia civil comparecerán ante el juzgado.

Hasta el momento, la magistrada había tenido conocimiento de su versión de los hechos mediante un informe elaborado por la Policía Judicial de la Comandancia en la ciudad autónoma que recopilaba declaraciones de los presentes aquella mañana en El Tarajal, documento adelantado por Europa Press.

El testimonio del capitán llamado ahora a declarar, actual Capitán Jefe de la Unidad de la Compañía Rural de Seguridad de Ceuta, figuraba en aquel informe. Fue, según él mismo relató, quien gestionó la entrega a Marruecos de los 23 migrantes que consiguieron llegar hasta la playa española mediante la puerta de servicio de la valla.

El capitán que disparó para dar ejemplo

Este capitán declaró que cuando llegó a la zona del espigón ya había agentes desplegados tanto de su compañía como de los GRS de Sevilla y sonaban "detonaciones", mientras los inmigrantes se "agolpaban" en la punta del espigón "creando un embudo" del que podía ver cómo "se empujan y apelotonan".

Dijo también que se dirigió hasta el espigón del Tarajal y allí mismo pidió "un fusil a un agente y varias pelotas" con los que efectuó varios disparos, en "un acto reflejo" para que el resto de los agentes "vieran que su jefe se implicaba como ellos en intentar evitar el paso de la frontera" y darles ejemplo, pues "una vez hizo los disparos devolvió el arma entendiendo que los guardias civiles que allí estaban habían entendido el modo de usarlas".

En cuanto al teniente, que presta servicio en los GRS (antidisturbios) de Sevilla, unidad que estaba prestando apoyo en Ceuta en aquel momento, ordenó el despliegue de los agentes de esta unidad en la playa y dio las "indicaciones" tanto a su equipo como al sargento Jefe Táctico del MIR "por las que se deben seguir en el empleo del lanzamiento de medios antidisturbios".

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En su declaración, destacó que "todos los lanzamientos se hicieron conforme a la doctrina". "Si bien en la misma se recoge la distancia de 25 metros, esta distancia es referida a la distancia mínima a la que se debe lanzar cuando en tiro tenso se pretende alcanzar algún objetivo. En el caso que nos ocupa, la intención no era de alcanzar a ninguna persona, sino (...) canalizar a las personas que se encontraban nadando en el agua, siendo estos los únicos medios de canalización disponibles", declaró.

No obstante, conforme recoge su declaración, "se dio las instrucciones de no disparar a nadie y asegurarse de ello guardando siempre una distancia prudencial entre el impacto de la pelota en el agua y el nadador, así como el intercalado de munición de salvas".

Respecto al sargento, que estaba a las órdenes del teniente de grupo, "transmitió la orden de tener certeza absoluta de que impactaran los medios a una distancia segura en evitación de que pudieran dañar a alguna persona, estableciendo una zona segura para evitar que los inmigrantes nadaran hacia las rocas del espigón o zona de profundidad y así facilitarles alcanzar la orilla con seguridad", según recogió el informe de su primera declaración.

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