La Fiscalía del Tribunal Supremo se opone a la realización al rey Juan Carlos de una prueba de ADN. En un escrito, muestra su
apoyo el recurso presentado por los abogados del monarca contra la admisión a trámite de la demanda de paternidad de la ciudadana belga Ingrid Jeanne Sartiau. "No es el momento procesal oportuno para realizar esta prueba anticipada", argumenta.
En el documento, presentado ante la Sala de lo Civil del alto tribunal, el Ministerio Público
incide en los mismos argumentos que ya expuso para oponerse a la tramitación de este procedimiento, según han informado a Europa Press fuentes jurídicas.
Así, el fiscal insiste en que el asunto no debe ir más allá porque la demanda
no se acompaña del principio de prueba que establece el artículo 767.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, según el cual "en ningún caso se admitirá la demanda sobre determinación o impugnación de la filiación si con ella no se presenta un principio de prueba de los hechos en que se funde".
En su escrito, el fiscal incide en el "escaso caudal probatorio" contenido en la demanda de Sartiau y hace mención a su reciente aparición pública en un programa televisivo, en el que dio
una versión diferente a la contenida en su demanda ante el Supremo.
La Fiscalía, según las fuentes citadas, apunta que la demanda habla de unos
hechos acaecidos hace más de 40 años sin apenas aportar dato concreto alguno que los certifique.
El Supremo sí consideró que concurrían los requisitos legales
El pasado mes de enero la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo admitió a trámite la demanda al entender que concurrían los requisitos legales para ello, tras celebrar
una reunión que se prolongó durante cuatro horas.
El alto tribunal había desestimado anteriormente otra demanda similar contra Juan Carlos de Borbón presentada por el catalán Alberto Solá, que aseguraba ser el primogénito de Juan Carlos, y se acompañaba de una prueba de ADN con una
"fiabilidad superior al 99,9 por ciento", según la demanda.
Precisamente, si hay escaso caudal probatorio, una torunda de algodon mojada con saliva real, solucionaria ese problema. Ademas es una prueba inocua, y la transparencia de la que tanto hablan pero pocos practican, se apuntaria un tanto.
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Mientras que la negativa delata al demandado.
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