La jueza
Mercedes Alaya ha dictado auto de apertura de juicio oral por el "concurso fraudulento" para la venta de los suelos de
Mercasevilla contra un total de diez personas, entre ellas el exprimer teniente de alcalde y exportavoz de IU en el Ayuntamiento
Antonio Rodrigo Torrijos, el exdirector general de Mercasevilla
Fernando Mellet, o el exasesor municipal del grupo socialista
Domingo Enrique Castaño.
En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada abre también juicio oral contra el exconcejal socialista y expresidente de Mercasevilla
Gonzalo Crespo, la exjefa de Vía Pública de Urbanismo
María Victoria Bustamante, el exasesor de Mercasevilla
Jorge Piñero, el economista
José Antonio Ripollés; el presidente de Sando,
José Luis Sánchez Domínguez; el vicepresidente y consejero delegado de Sando,
Luis Sánchez Manzano, y el exvicepresidente del área inmobiliaria de Sando
José Luis Miró.
La instructora, que atribuye a todos ellos
un delito de fraude y exacciones ilegales en concurso medial con un presunto delito de prevaricación, les requiere además para que, en el plazo de un día, presten fianza de manera solidaria por importe de 33.250.000 euros de cara a "asegurar las responsabilidades pecuniarias que pudieran imponérseles", con el apercibimiento de que "de no prestarla se les embargarán bienes en cantidad suficiente para asegurar la suma señalada".
Dicha cantidad se basa en la fianza de responsabilidad civil de 25 millones de euros –más el tercio legal– "en la que se fijaba
la pérdida para Mercasevilla por el deterioro del valor del inmueble atendidas las circunstancias adversas del mercado actual, radicalmente diferentes a las del año 2006, fecha del contrato de opción de compra", añadiendo que esta cantidad "resulta de la diferencia entre el precio más alto de los ofrecidos por los licitadores que concurrieron y el ofrecido por Sanma que fue finalmente la adjudicataria".
La magistrada considera que el delito de fraude y exacciones ilegales "se habría cometido al haber existido
con motivo del concurso público sobre la opción de compra de los terrenos de Mercasevilla un concierto previo" entre los citados cargos públicos, técnicos y empresarios "con el fin de que el citado concurso fuera adjudicado mediante artificio y en contra de la legalidad a la entidad Sanma, defraudando así a los intereses generales de la ciudad de Sevilla y de la propia Unidad Alimentaria".
Sobre el delito de prevaricación, la juez indica que se habría producido porque,
"a sabiendas", los citados cargos públicos, técnicos y empresarios "se concertaron para actuar al margen del ordenamiento jurídico, tanto por lo que se refiere a la preparación presuntamente ilícita del concurso público".
Es decir, dicha preparación se llevaría a cabo "desde la elaboración del pliego con la ideación de
las cláusulas más controvertidas y que éstas no aparecieran en la reunión de la Comisión Ejecutiva de 8 de noviembre de 2005 –donde el pliego se explica con detalle–, como en la valoración favorable a la entidad Sanma, resultando indiciariamente que la mayor parte de las licitadoras realizaron ofertas de relleno y autoexcluyentes, hasta concluir con la adjudicación del concurso de manera fraudulenta a favor de dicha entidad".
Hay que recordar que la Fiscalía de Sevilla ha solicitado
dos años de cárcel para los diez acusados.
¿Alguien de Infolibre nos puede explicar las razones técnicas, profesionales y deontológicas por las cuales se da una diferencia tan clara entre el titular de aquí y el que aparece en el enlace de la portada del diario? Porque me imagino que alguna razón habrá para aclarar allí en el título la filiación específica de uno de los imputados (por qué la de ese en concreto y no la de cualquier otro), pero no aquí, donde por cierto no se dice nada de la filiación de ese exdirector o de cualquiera de los otros imputados. Los siento, pero, en principio y a la espera de esas razones, creo que este proceder no es correcto, amigo Maraña.
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