Terrorismo

La Fiscalía vasca citará a Rafael Vera por defender la “utilidad” de los GAL

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La Fiscalía vasca llamará a declarar al exsecretario de Estado para la Seguridad Rafael Vera, al considerar que ha podido incurrir en un delito de enaltecimiento del terrorismo o de humillación a las víctimas al afirmar que los GAL tuvieron su "utilidad" y su "papel práctico". El fiscal superior, Juan Calparsoro, ha abierto investigación después de la denuncia interpuesta por Pilar Zabala, hermana de Mikel Zabala, asesinado por la citada organización terrorista.

Vera, que fue condenado a 10 años de cárcel por su participación en el secuestro de Segundo Marey, una de las primeras acciones terroristas de los Grupos Antiterrorista de Liberación (GAL), aseguró, en un reportaje emitido en TVE el pasado mes de marzo, que "la guerra sucia" contra ETA pudo ser una "equivocación legal", pero que, desde "el punto de vista práctico, tuvo su papel".

De esta forma, señaló que el GAL "contribuyó notablemente a la colaboración francesa", y aseguró que, "si no hubiera pasado esto", en alusión a los atentados de la organización terrorista, el país galo "no hubiese corrido tanto en colaborar". "Alguna utilidad tuvo", insistió.

Hace alrededor de un mes, la hermana de Mikel Zabala, miembro de ETA que, junto a José Antonio Lasa, fue secuestrado, torturado, asesinado y enterrado en cal viva en 1983 por el GAL, presentó denuncia ante la Fiscalía vasca, ya que, como víctima, se sentía "humillada" por las afirmaciones del exsecretario de Estado para la Seguridad y consideraba que había enaltecido a la organización terrorista.

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Apertura de diligencias

Juan Calparsoro ha incoado diligencias de investigación y ha enviado un escrito a la Jefatura Superior de Policía para que le confirmara el lugar de residencia de Rafael Vera con el fin de citarle a declarar en calidad de "investigado".

El máximo representante del ministerio público en Euskadi pretende escuchar el testimonio de Vera al considerar que ha podido incurrir en un delito de enaltecimiento del terrorismo o humillación a las víctimas previsto en el artículo 578 del Código Penal.

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