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Corrupción política

Los argumentos que han colocado contra las cuerdas a los magistrados recusados en el 'caso Gürtel' por su afinidad con el PP

Los dos jueces para los que se solicitó la recusación en Gürtel juzgarán también la 'caja B' del PP

La irrupción de la Fiscalía Anticorrupción en el debate sobre si los magistrados Concepción Espejel y Enrique López deben ser apartados del tribunal que juzgará el caso Gürtel ha puesto el dedo en la llaga de un modo inesperado. Bajo una capa de neutralidad formal –oficialmente, solo pide que se tramiten las recusaciones sin pronunciarse sobre el fondo– sus escritos plantean preguntas más afiladas que las de las propias acusaciones populares y cuyo solo enunciado resulta incómodo para los dos jueces. La esencial, esta: ¿poseen Espejel y López el halo de imparcialidad necesario? 

En la práctica, y pese a los formalismos, la Fiscalía ha reforzado los argumentos para apartar a Espejel y López. Ambos apadrinados en sus respectivas carreras por el PP, ninguno de los dos transmite imagen de imparcialidad, sostienen las acusaciones. Y parecer imparcial, razonan tanto Anticorrupción como las acusaciones populares, es aquí tan importante como serlo.

La Sala de lo Penal de la Audiencia será la encargada de resolver las recusaciones contra Espejel, que como presidenta de la Sección II de la Sala Penal de la Audiencia ha decidido presidir todos los juicios de su sección y también el de Gürtel, y contra López, designado redactor (ponente) de la sentencia de este caso.

De cómo rompa la Audiencia este nudo gordiano dependerá el rumbo que tome el juicio por el mayor caso de corrupción vinculado al PP en cuarenta años de democracia. De momento, Espejel y López solo cuentan con dos valedores visibles: el PP, que los considera netamente imparcialesPP, y uno de los exconcejales acusados, también del PP.

Acceso a cargos relevantes con el voto de los acusados

Traducidas al lenguaje común, las preguntas que laten en los 17 folios del escrito de Anticorrupción relativo a Enrique López y en los 10 que contiene el de Espejel son las siguientes: ¿puede guardar las apariencias un tribunal en el que dos de sus tres miembros accedieron a relevantes cargos gracias al impulso del PP, que es el partido bajo cuyo gobierno se desarrolló la trama Gürtel y al que se considera presunto beneficiario de parte del dinero sucio?

¿Puede guardarlas si, además, los dos jueces cuestionados escalaron a esos relevantes cargos, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en el caso de Espejel y el Tribunal Constitucional (TC) en el de Enrique López, gracias a sendas votaciones en las que tuvieron “participación directa” nada menos que Luis Bárcenas y otros cuatro acusados?

Hasta ahora, nadie había reparado en esa participación directa. Y que hayan sido las fiscales del caso –firman “los fiscales”, sin nombres propios– las que han optado por traerla "a colación” denota el alcance de sus dudas sobre los dos magistrados.

Por compendiar, la Fiscalía ha destapado las dos votaciones que afectaron al futuro profesional de Espejel y López y en la que participaron cinco de los políticos que ahora se sentarán en el banquillo: la primera, la celebrada en el Senado el 19 de septiembre de 2008 y en la que participó Luis Bárcenas, entonces tesorero del PP. Esa votación dio vía libre al nombramiento de Concepción Espejel como vocal del Poder Judicial a propuesta del PP.

La segunda votación tuvo lugar pocos días después, el 23 de septiembre de 2008, tuvo como escenario la Asamblea de Madrid y avaló la candidatura al Tribunal Constitucional de dos magistrados a propuesta del PP y del PSOE, Enrique López y Fernando Valdés. Y, “de acuerdo con el Diario de Sesiones” de la Cámara regional –recalca la Fiscalía– en esa votación participaron los hoy acusados Alberto López Viejo, Clemente Aguado, Alfonso Bosch y Benjamín Martín Vasco.

Una relación "singular" con la fundación de cabecera del PP

Tanto Espejel como López se ven afectados por el argumento de la votación en que participaron los cinco acusados. Pero en el caso del magistrado leonés, que en 2014 dimitió como miembro del TC tras ser cazado en moto sin casco y con una tasa de alcohol cuatro veces superior a la permitida, hay más argumentos. Y, por tanto, más preguntas. Y son estas: ¿puede ofrecer apariencia de imparcialidad un juez con quien la fundación de cabecera del PP, FAES, contó 54 veces en ocho años para sus cursos y jornadas, alguien que en esos cursos coincidió con uno de los acusados en la causa, el exdiputado y exconsejero del Gobierno madrileño Carlos Clemente y que en 2006 participó en al menos una mesa redonda de la Conferencia Política del PP sobre modelo de Estado?

Pero los signos de interrogación no acaban ahí. Y el siguiente se abre así: ¿puede integrarse en el tribunal del caso Gürtel, con las implicaciones política que objetivamente se derivan de ese juicio para el PP, alguien que como columnista se ha pronunciado sobre los asuntos más polémicos, del aborto al matrimonio homosexual pasando por el fallido Estatuto catalán, y siempre con una posición idéntica a la que en cada momento mantenía ese mismo partido?

Tanto la Fiscalía como las acusaciones populares convienen en que la afinidad ideológica de un juez con un partido no entraña por sí misma causa de recusación. Pero, como también recalca la Fiscalía, las “dudas de las acusaciones se verían intensificadas” aquí por la “singular” relación de López con FAES y por su parentesco con un directivo de Ulibarri.

En este punto, una de las tres acusaciones que recusan, la asociación de abogados Adade, expone así su postura: no se trata, alega Adade, de excluir a un juez por su ideología sino porque "su visión del caso está contaminada por los antecedentes personales que tienen [Espejel y López] y por quiénes son los sujetos pasivos del caso que les ha correspondido enjuiciar".

Más adelante, Adade abunda de nuevo en la idea: "Nuestra recusación al Sr. López y López, no opera por tener criterios jurídicos anticipados, ni nos limitamos a generalidades

respecto a su afinidad con una concreta ideología política, pues si los hemos puesto de manifiesto, es por su concatenación con el Partido Popular, que precisamente es imputado civil, “beneficiario a título lucrativo” en el proceso del que esperamos que no formen parte nuestros dos recusados.

Un cuñado muy vinculado a uno de los principales imputados

Porque, al margen de su afinidad con el PP, en lo que concierne a Enrique López hay todavía un elemento más al que la Fiscalía concede gran relevancia: el de ese parentesco. Por utilizar los términos que emplea Anticorrupción, la pregunta es si a ojos de “un observador objetivo” puede parecer imparcial un juez cuya hermana está casada con quien durante años fue alto directivo en distintas sociedades del grupo de uno de los principales empresarios imputados en la pieza central de Gürtel.

De esa pieza central cuelga la rama que ahora irá a juicio, la denominada Primera Época (1999-2005). Y ese imputado es José Luis Ulibarri, también leonés y dueño del grupo Begar, uno de los que supuestamente obtuvo mayores beneficios gracias a sus conexiones con la red de Francisco Correa.

El cuñado de López se llama Miguel Hernán Manovel. Fue consejero delegado de UFC, una de las sociedades de Ulibarri. Y las acusaciones populares lo definen como "hombre de confianza" del empresario imputado. El PP aduce que la relación de parentesco es tan "remota" (sic) que resulta irrelevante.

Como recuerda la Fiscalía, las acusaciones populares no han facilitado “justificación alguna de los extremos reseñados sin perjuicio de que tal relación de parentesco pueda ser admitida por el magistrado recusado en el trámite previsto en el artículo 223.3 in fine de la Ley Orgánica del Poder Judicial”.

Ese artículo preceptúa que, finalizado el plazo para pedir el apartamiento de un juez, “el recusado habrá de pronunciarse sobre si admite o no la causa o causas de recusación formuladas”.

Los pagos de la Fundación FAES

En principio, quienes conocen a Enrique López y a Concepción Espejel dan por hecho que ninguno de los dos se abstendrá de forma voluntaria. Un episodio reciente parece apuntar en esa dirección: el viernes, el diario La Razón, con el que López ha colaborado asiduamente como columnista durante años, publicó que el magistrado cobró de FAES “11.320 euros netos entre los años 2002 a 2014”. La difusión de ese dato iba abiertamente dirigida a contrarrestar la tesis de las acusaciones y las fiscales sobre la singularidad de la relación del magistrado con la fundación del PP y los beneficios económicos que pudo reportarle.

FAES tendrá que facilitar las cifras exactas –brutas– de lo que abonó al magistrado por su colaboración. La fundación está presidida por José María Aznar, quien sostiene que el PP "se financió conforme a la legalidad". En el juicio por la pieza de la Primera Época (1999-2005), no solo el PP ostentará la condición de partícipe a título lucrativo: estará en esa misma tesitura la exministra Ana Mato, que es miembro del patronato de FAES.

Mientras que en lo que afecta a Enrique López la Fiscalía muestra sintonía con las acusaciones por mucho que siempre lo haga entre líneas, por lo que concierne a Espejel Anticorrupción difiere.

Discrepancias sobre Espejel

Ni Anticorrupción otorga peso al hecho de que la expresidenta de Castilla-La Mancha, María Dolores de Cospedal, la elogiase y se refiriese a ella como “Concha” durante el acto de concesión a la magistrada de la gran cruz de San Raimundo de Peñafort ni se lo concede a otro hecho destacado por las acusaciones: que, como presidenta de la Audiencia de Guadalajara insistió en perseguir penalmente a cargos del PSOE por el dramático incendio forestal de 2005 –11 muertos– y que finalmente resultaron exonerados.

De ese elemento, “en modo alguno” cabe derivar “ausencia de imparcialidad” por parte de Espejel, sostiene Anticorrupción. Las acusaciones entienden que Espejel mantiene una clara relación de amistad con Cospedal, mientras que Anticorrupción no encuentra ni indicios de ello.

El PP, el gran valedor de su "imparcialidad"

Los dos recusados cuentan como gran valedor con el PP, que niega incluso que el hecho de que el nombre de Enrique López se repitiese en ocho años 54 veces en los programas de cursos de su fundación de cabecera, FAES, signifique el magistrado tenga “afinidad ideológica” con el partido. De esa afinidad, sostiene el PP en sus alegaciones contra la recusación de López, nadie ha aportado “prueba alguna”.

Si el apoyo explícito del PP a Espejel y López operará como una máquina antibaches o, por el contrario, hará definitivamente intransitable su camino hacia el tribunal del caso Gürtel es algo que está por ver.

El PP dice que no hay “prueba alguna” de que el juez Enrique López le sea afín

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Pero lo que ocurra tendrá muy posiblemente un efecto dominó sobre la demanda planteada en Estrasburgo por una cuarta acusación popular, la Asociación Libre de Abogados (ALA) por la presencia de Enrique López en el tribunal designado para juzgar otra pieza del caso Gürtel, la de los papeles de Bárcenas.

En sus escritos, la Fiscalía inserta un párrafo que abiertamente constituye un aviso: “Conviene destacar –escribe Anticorrupción- la notoria relevancia de las apariencias en el ámbito de la recusación de magistrados advertida por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, cuyas condenas a España en relación con la vulneración del artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) se han basado principalmente en la infracción del derecho al juez imparcial por parte de los órganos de la jurisdicción española”.

Y el artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos empieza del siguiente modo: “Toda persona tiene derecho a que su causa sea oída equitativa, públicamente y dentro de un plazo razonable, por un Tribunal independiente e imparcial”.

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