Ley se Seguridad Nacional

El Gobierno podrá declarar por decreto el estado de ‘crisis nacional’

La nueva ley de Seguridad perseguirá casos que atenten contra el “interés nacional”

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El BOE hizo pública este martes la nueva Ley de Seguridad Nacional, que se suma a la impulsada en 1981, donde se establece las medidas ante situaciones de riesgo y amenaza, como son los estados de sitio, alarma y excepción. La novedad de la norma es la introducción de un supuesto: el de situación de interés para la seguridad nacional, tal y como explica el blog El BOE nuestro de cada día.

La ley fue aprobada por el pleno del Senado el pasado 10 de septiembre, pese al rechazo de las fuerzas nacionalistas catalanas y vascas, además de Podemos e IU, quienes denunciaban la intención de restar competencias a la Administración autonómica y la fuerte relación con la situación de Cataluña.

Esta declaración de interés para la seguridad nacional puede ser acordada mediante decreto del Consejo de Ministros, de la misma forma que ocurre con el estado de alarma y a diferencia del estado de excepción y de sitio. El objetivo es adoptarla ante una crisis que no pueda abordarse con los medios ordinarios de la Administración, pero que no sea tan grave como para aplicar los estados de alarma, excepción y sitio.

La ley, que entra en vigor mañana, sólo establece una definición genérica y a rasgos generales sobre el nuevo concepto, y no aclara los ámbitos concretos a los que debe aplicarse, a diferencia de la explicación que el texto impulsado en 1981 hace del estado de alarma, que define como una respuesta a "alteraciones graves de la normalidad", en los que entrarían casos como:

a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud.b) Crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves.c) Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad, cuando no se garantice lo dispuesto en los artículos veintiocho, dos, y treinta y siete, dos, de la Constitución, concurra alguna de las demás circunstancia o situaciones contenidas en este artículo.d) Situaciones de desabastecimiento de productos de primera necesidad.

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El actual texto, por el contrario, no se muestra tan preciso en cuanto al significado de interés nacional:

La situación de interés para la Seguridad Nacional es aquella en la que, por la gravedad de sus efectos y la dimensión, urgencia y transversalidad de las medidas para su resolución, requiere de la coordinación reforzada de las autoridades competentes en el desempeño de sus atribuciones ordinarias, bajo la dirección del Gobierno, en el marco del Sistema de Seguridad Nacional, garantizando el funcionamiento óptimo, integrado y flexible de todos los recursos disponibles, en los términos previstos en esta ley.

La declaración obligará a las autoridades competentes a aportar medios humanos y materiales necesarios para la efectiva aplicación de los mecanismos de actuación, y "en ningún caso podrá implicar la suspensión de los derechos fundamentales y libertades públicas de los ciudadanos".

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