El Pleno de la Sala de lo Civil del
Tribunal Supremo ha confirmado que “hubo error en el consentimiento por parte de
los adquirientes [de acciones] debido a las graves inexactitudes del folleto de la oferta pública” de
la salida a Bolsa de Bankia del verano de 2011.
De esta forma, el alto tribunal confirma las decisiones de las Audiencias provinciales de Asturias y Valencia de decretar la nulidad de dos órdenes de compra de títulos al considerar que los
compradores fueron engañados.
El alto tribunal
abre además la vía para que las reclamaciones sobre la compra de acciones que se presenten de ahora en adelante, y que suman cantidades millonarias, tengan un resultado positivo.
No paraliza casos
Asimismo, el Supremo ha rechazado que la causa penal que se sigue contra Bankia,
Rodrigo Rato y otros exdirectivos del banco pueda paralizar las reclamaciones individuales en vía civil, según una nota de prensa difundida este miércoles.
Los magistrados han adoptado esa decisión después de que
Bankia reclamara
la paralización de los casos civiles por la salida a bolsa con motivo de dos sentencias procedentes de Asturias y Valencia.
Existen demandas por suscripción de acciones
contra la entidad por valor de 819,2 millones con datos a 20 del pasado mes de diciembre, si bien Bankia cuenta con una provisión de fondos para hacer frente a este asunto de 1.840 millones de euros, según datos hechos públicos por la entidad.
Error de consentimiento
La resolución
confirma que hubo un error en el consentimiento por parte de los adquirientes debido a las graves inexactitudes del folleto de la oferta pública. Esta declaración del Supremo puede ser clave para la resolución del
caso Bankia que se instruye en la Audiencia Nacional precisamente por irregularidades en la salida a bolsa en 2011.
De esta forma, el juez que instruye el
caso Bankia en la Audiencia Nacional, Fernando Andreu,
ya dispone de la opinión de los magistrados de la Sala de lo Civil, que son superiores jerárquicamente a los instructores.
Hasta el momento, la práctica totalidad de las reclamaciones que se han venido presentando por la
vía civil han tenido éxito, salvo en dos únicos casos, ambos resueltos por juzgados de Primera Instancia de Madrid, los números 87 y 88, han informado fuentes jurídicas. En los dos casos los jueces fallaron en favor de la entidad bancaria.
Recursos de Bankia
El Supremo admitió a trámite los recursos de
Bankia los pasados meses de septiembre y octubre. La queja del banco se interpuso, en concreto, contra una sentencia de la
Audiencia Provincial de Asturias que confirmaba la decisión en primera instancia del Juzgado 10 de Oviedo y otra resolución, en este caso de la Audiencia Provincial de Valencia, avalando lo decidido por el Juzgado 22 de la capital de la comunidad autónoma, informa Europa Press.
Los demandantes fueron
dos matrimonios que invirtieron 9.997 euros y 20.868 euros en acciones, respectivamente. Las Audiencias Provinciales consideraron probado que la información reflejada en la oferta pública "resultó incorrecta e inveraz en aspectos relevantes" y dio apariencia de una solvencia que no se correspondía con la realidad.
En opinión de los dos tribunales, ese hecho es, además,
independiente de calificación penal que se le dé a estos hechos o de la autoría que se achaque a quienes resulten responsables.
400.000 ahorradores
El presidente de asociación de consumidores Adicae, Manuel Pardos, considera que la sentencia "abre la puerta a que miles de consumidores reclamen y recuperen su dinero, aunque se trate de cantidades aparentemente pequeñas”, ya que
la operación liderada por Rodrigo Rato "se centró especialmente en captar el dinero de más de 400.000 pequeños ahorradores".
Por eso, desde Adicae animan a que todos los afectados que aún no hayan reclamado lo hagan "y exijan hasta el último céntimo, aunque tengan en juego 1.000, 2.000 o 3.000 euros”. En este sentido, la asociación anuncia que
abrirá "nuevas vías agrupadas o colectivas para facilitar a los consumidores la recuperación de sus ahorros".