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Las tres causas más polémicas sobre Ausbanc que fueron decididas por los jueces del Tribunal Supremo

El presidente de Ausbanc, Luis Pineda, a su salida de la sede de la organización.

La causa abierta contra Ausbanc por la Audiencia Nacional, en la que se investigan las supuestas extorsiones llevadas a cabo por esta organización contra empresas y particulares, ha tocado tangencialmente a la carrera judicial. Este jueves, el diario El País informó de que varios jueces del Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional, audiencias provinciales y tribunales superiores cobraron de Ausbanc al participar en jornadas jurídicas organizadas por la asociación desde 2010. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) no tardó en reaccionar defendiendo que los jueces acudan a estos foros porque no lo prohíbe su régimen de incompatibilidades.

Lo cierto es que de la investigación llevada a cabo por el juez Santiago Pedraz se deduce que los tribunales de justicia han sido uno de los escenarios de la red de chantajes tejida por Ausbanc. De hecho, la principal vía de extorsión se urdía a través del procedimiento de llevar a los tribunales a las empresas y particulares si no pagaban lo que Ausbanc les pedía. No en vano Luis Pineda –el presidente de la organización, encarcelado desde el 18 de abril– solía presumir de tener amigos en la Justicia cuando presionaba a los bancos para que pagaran los convenios publicitarios en sus revistas a cambio de "seguridad jurídica".

infoLibre ha analizado todos los autos y sentencias dictados desde 2010 en el Tribunal Supremo en los que está personada Ausbanc. Los tres casos más polémicos son los que se detallan a continuación: 

01. Acusaciones cruzadas con su organización rival

Desde 2010 el Supremo ha analizado tres procedimientos en los que las dos principales organizaciones de consumidores bancarios se han lanzado acusaciones de vulneración del derecho al honor. El primero de esos fallos tuvo lugar en octubre de ese mismo año. Entonces, el Alto Tribunal –con el magistrado Juan Antonio Xiol Rios como ponente–amparó las críticas que dirigió Adicae contra Ausbanc, al considerar que el "tratamiento sarcástico o satírico de los acontecimientos que interesan a la sociedad" es una forma de libertad de expresión. En varios artículos de 2005 y 2006, Adicae calificaba al presidente de Ausbanc, Luis Pineda, de "personaje que no duda en utilizar métodos propios de un pirata" y sostenía que utilizaba "métodos manipuladores" para "mantener a flote su negocio". Un juzgado de primera instancia y la Audiencia Provincial de Madrid habían dado la razón a Ausbanc y obligaban a Adicae a pagarle 5.000 euros como indemnización. El Supremo anuló ambas sentencias. 

Un año y medio antes, en diciembre de 2013, la sección primera de la Sala de lo Civil del Supremo –el magistrado Francisco Marín Castán ejerció en esta ocasión como ponente– ya se había pronunciado a favor de Adicae, que presentó un recurso tras haber sido condenada en instancias previas –incluso con el criterio de la Fiscalía en contra– a pagar a Ausbanc 24.000 euros por haber publicado en su página web un artículo en el que calificaba Ausbanc de "chiringuito" y, en relación a esta organización, destacaba la necesidad de que los consumidores se vean libres "de interferencias por parte de oportunistas de cualquier calaña que únicamente buscan el lucro u otros intereses personales bajo el camuflaje de asociación, cuando en realidad reciben financiación por parte de empresas". El Supremo determinó que, en ese caso, prevalecía la libertad de información de la demandada sobre el derecho al honor de la demandante.

El último coletazo de un proceso cruzado entre ambas organizaciones de consumidores tuvo lugar hace sólo unos meses, en junio de 2015. La sección primera de la sala de lo Civil del Supremo ratificó entonces sendas sentencias previas de un tribunal de primera instancia y de la Audiencia de Zaragoza que habían desestimado una demanda de Adicae contra Ausbanc. La primera acusaba a la segunda de orquestar desde su revista Mercado de Dinero una "campaña de descrédito" contra ella. Los jueces determinaron que prevalecía el derecho a las libertades de expresión e información. El magistrado Marín Castán también ejerció como ponente en esta ocasión. 

2. Legitimada para denunciar a pesar de estar fuera del registro de consumo 

En octubre de 2005 el Ministerio de Sanidad expulsó a Ausbanc del Registro Estatal de Asociaciones de Consumidores, lo que la inhabilitaba para recibir subvenciones públicas. ¿El motivo? Un anuncio publicado en Justicia y Derecho, una de las revistas del grupo. Consumo argumentó que incumplía la legislación por incluir publicidad comercial y no meramente informativa. La Audiencia Nacional ratificó esta expulsión en 2010. Sin embargo, en marzo de 2012, pocos meses después de la vuelta del PP al poder, Sanidad volvió a inscribirla y comenzó a otorgarle de nuevo subvenciones. Su expulsión definitiva llegó en mayo de 2014 tras una denuncia del BBVA alegando que realizaba publicidad comercial con entidades de sectores en los que realizaba defensa del consumidor. 

En el período analizado han sido varios los demandados por Ausbanc que se han acogido a la expulsión de la organización de este registro para intentar revertir fallos contrarios a sus intereses alegando su falta de legitimación para recurrir. Pero la organización de Pineda siempre ha encontrado amparo en el Supremo. En 2013, por ejemplo, Cajamar y el BBVA intentaron tumbar la sentencia que determinó que las cláusulas suelo (los topes aplicados a los intereses hipotecarios para evitar que se reduzcan llegado un límite incluso aunque baje el euríbor) no son válidas si su inclusión en el contrato del préstamo no fue completamente transparente. Ambas promovieron sendos incidentes de nulidad de actuaciones que fueron desestimados en un auto de noviembre de 2013 de la Sala Primera firmada por el magistrado Rafael Sarazá Jimena. 

También Caja España alegó falta de legitimación de Ausbanc después de que, en marzo de 2011 –con la organización ya fuera del registro– un juez de lo mercantil de León declarara nula por abusiva las cláusulas suelo del 3% de sus hipotecas tras una demanda presentada por la organización en junio de 2010. En marzo de 2012 la Audiencia Provincial de León revocó la sentencia. Pero Ausbanc acabó encontrando amparo en el Supremo, que consideró en octubre de 2014 que sí estaba legitimada para recurrir. El magistrado Ignacio Sancho Gargallo fue ponente de la sentencia. 

En diciembre de 2010, la Sección Primera de la Sala de lo Civil del Supremo –ejerció como ponente el magistrado Jesús Eugenio Corbal Fernández– también le dio la razón a Ausbanc y ratificó las sentencias dictadas previamente por el Juzgado de Primera Instancia número 44 de Barcelona y la Audiencia Provincial de Barcelona que habían confirmado la nulidad por abusiva de la cláusula de redondeo al alza incluida en las hipotecas a interés variable de Caixa d'Estalvis de Tarragona. La entidad financiera alegó ante el Alto Tribunal que Ausbanc no tenía legitimidad para ejercitar la acción colectiva por estar fuera del Registro Estatal de Asociaciones de Consumidores. Los jueces, sin embargo, atribuyeron a su demanda "intereses colectivos y no difusos" y le dieron carta blanca. 

En otra sentencia de julio de 2010 los jueces del Supremo también acordaron que Ausbanc estaba legitimada para defender los intereses de los afectados por la retención producida en la autopista AP-1 (Burgos -Armiñón) los días 27 y 28 de febrero de 2004 y obligó a la concesionaria Europistas a pagar 150 euros a cada uno de ellos. En esta ocasión, el juez que ejerció como ponente fue Juan Antonio Xiol Rios, el mismo que años después, en 2012, amparó las críticas de Adicae contra la organización de Luis Pineda. 

03. El conflicto con CreditServices 

Javier López, presidente de la empresa reunificadora de deudas CreditServices, asegura ser una de las víctimas de las extorsiones de Ausbanc. De hecho, ha acudido a la Udef para denunciar las amenazas sufridas. Intentó (sin éxito) desenmascarar a Pineda en 2007, cuando interpuso contra él una demanda por intromisión al honor  y daño a la imagen de su empresa que no prosperó. Asegura que el presidente de Ausbanc le pidió que le pagara 300.000 euros todos los años si quería instar un cambio de actitud de su organización hacia CreditServices y contribuir a lavar su imagen. 

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El empresario sostiene que, como no accedió a darle ese dinero, Pineda inició en sus revistas una nueva campaña de desprestigio contra él y contra su empresa. "Así que decidí grabar varias conversaciones que mantuve con él para tenerlas como prueba e ir a los medios de comunicación a contarlo ya que por la vía judicial no había prosperado nada", narra a preguntas de infoLibre. En sus declaraciones públicas acusó directamente a Pineda de haberle extorsionado, exigiéndole el pago de cantidades elevadas de dinero que se abonarían a través de facturas de publicidad, eventos varios, estudios inexistentes y ejemplares de revistas de las asociaciones a cambio de variar el rumbo editorial de las publicaciones de la organización de consumidores sobre CreditServices. 

Ahí es cuando el presidente de Ausbanc demandó a López por vulneración del derecho al honor. El financiero ganó en primera instancia, pero perdió después tanto en la Audiencia Provincial de Madrid como en el Tribunal Supremo, cuyos jueces le condenaron a pagar 44.000 euros a Pineda y a publicar ese fallo en los principales periódicos de tirada nacional (El País, Abc, El Mundo, La Razón, La Vanguardia, Las Provincias, El Economista y el digital Bolsa 5). Además, le condenó a una multa de 600 euros por cada día retraso de la ejecución de la sentencia. 

López, que no ha podido todavía hacer frente a esos pagos y sigue acumulando el dinero que debe a Ausbanc, asegura que uno de los jueces del Supremo que estudió su caso asistió a foros jurídicos organizados por la citada asociación de consumidores. Aunque no cita su nombre se refiere a Francisco Javier Orduña Moreno, magistrado de la sección primera de la Sala de lo Civil, que fue el ponente de la sentencia. En una de las revistas de la organización de Pineda se publicó un año y medio después de emitirse la citada sentencia un halagador perfil del juez firmado por Gabriel Sampedro. 

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