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Voto rogado

Emigrantes españoles que no han recuperado su dinero del 20-D tendrán que volver a pagar para votar por correo el 26-J

El voto rogado es una doble bofetada a los que están fuera

Únicamente un 4,7% de los españoles residentes en el extranjero pudieron votar en los pasados comicios del 20 de diciembre, según los datos del Centro Electoral de Residentes Ausentes (CERA). Concretamente, sólo 88.900 de los 1.880.026 inscritos pudieron ejercer su derecho a voto fuera de las fronteras españolas. Además, y según un informe elaborado por Marea Granate, el colectivo de españoles en el exterior, el 37 % de los solicitantes recibieron tarde las papeletas, por lo que no pudieron escoger opción alguna.

Las dificultades que entraña el proceso para rogar el voto desde el extranjero no remiten con el tiempo. Más allá de los obstáculos burocráticos y administrativos –que no son pocos–, las trabas económicas vienen repitiéndose con cada convocatoria electoral. Pagar por votar se ha convertido en un hábito para los españoles residentes en el extranjero, pese a tratarse del ejercicio de un derecho fundamental cuya garantía de gratuidad debería ser plena.

En esta situación se encuentran quienes viven fuera de España de forma temporal –electores españoles residentes en España temporalmente en el extranjero (ERTA)– y que sólo tienen la opción de votar desde el extranjero por correo. Una vez rogado el voto y recibidas las papeletas, deben enviarlas a la Junta Electoral Provincial en la que están inscritos en España, adelantando también el pago del envío. Para conseguir la devolución de ese dinero tienen que incluir el cupón de solicitud de reembolso junto al resto de documentación, pero en gran parte de los casos el importe nunca les es devuelto.

El real decreto que regula los procesos electorales establece que los residentes ausentes –los dados de alta en el CERA– que viven en países con los que Correos y Telégrafos no ha establecido acuerdos específicos deben "satisfacer los gastos de franqueo y certificado que correspondan, pudiendo solicitar el reintegro de tales gastos, cumplimentando las indicaciones del impreso destinado a posibilitar el reintegro". En esta norma, no obstante, no existe ninguna referencia a los residentes temporales, que son los que tienen que pagar en todos los casos el coste del envío de sus papeletas a España.

El coste del derecho a voto

En esta situación se encuentran María Morales y su pareja, ambos residentes temporales en Ginebra (Suiza). Entre los dos tuvieron que pagar un total de 17,20 francos suizos (15,80 euros) para poder votar en las pasadas elecciones de diciembre. Aunque María y su pareja –que en la actualidad siguen residiendo en la localidad suiza– solicitaron el reintegro del importe del franqueo, ambos continúan a la espera de recibirlo a día de hoy. "Ya ni confiamos en que se efectúe", confiesa María en declaraciones a infoLibre.

De cara a estas elecciones, los dos solicitarán una vez más el voto, "por lo que nos toca de nuevo pagar, en total unos 20 francos suizos, para poder votar".

Lucía González, de 22 años y natural de Asturias, se encuentra actualmente cursando un máster Erasmus Mundus en el campo de la biomedicina, en Alemania. Durante las pasadas elecciones del 20-D, Lucía se encontraba en Viena, inscrita como residente temporal, por lo que tuvo que asumir el importe de envío de su voto a las urnas españolas (unos 3,65 euros). Este coste, sin embargo, todavía no le ha sido reembolsado, igual que tampoco le ha sido devuelto la cuantía que tuvo que pagar mientras residía en Lisboa, desde donde votó para las autonómicas de mayo.

"Debido a que tengo que rotar por Europa durante los dos años de máster, llevo en Giessen (Frankfurt) desde finales de febrero", explica Lucía en conversación con este periódico. La joven ha decidido, de cara al 26-J, anticipar sus vacaciones para poder votar físicamente en Asturias, tras pedir varios permisos en su universidad y laboratorio. La joven sostiene que, de lo contrario, tendría que desplazarse al consulado de Frankfurt "y viendo las últimas noticias, no me quiero arriesgar".

Aran Sanabria, empadronada en Vielha (Valle de Arán, Cataluña), vive en Inverness (Escocia) en calidad de residente temporal desde hace dos años, donde trabaja como entrenadora de esquí. La joven de 26 años relata a este medio que, para poder ejercer su derecho a voto durante las pasadas elecciones de diciembre, se vio obligada a pagar cerca de 10 libras (aproximadamente 13 euros) para certificar el envío, cantidad que hasta el momento no le ha sido devuelta.

"Es difícil que te lo devuelvan si ni siquiera piden el número bancario ni ninguna información sobre tu banco", denuncia Aran. En cuanto a las próximas elecciones, la catalana asume las "peripecias" a las que ineludiblemente tendrá que enfrentarse, pero no renuncia a escoger su papeleta: "Por supuesto, haré todo lo que pueda hacer para ejercer mi derecho".

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Hasta el 6 de junio para solicitar el voto

Según los tiempos que marca la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, el plazo para que los electores ausentes rueguen el voto comenzó el 4 de mayo y finaliza el 28 del mismo mes. Sin embargo, la Junta Electoral Central (JEC) ha decidido ampliar hasta el próximo 6 de junio la fecha para que los españoles residentes en el extranjero puedan solicitar el voto. Lo hace después de que la Oficina del Censo Electoral (OCE) presentara un informe en el que proponía una prórroga del voto rogado "para favorecer el trámite de solicitud".

Los españoles que residan de forma permanente en el extranjero, y estén inscritos en el censo CERA, podrán votar en urna en los consulados entre el 22 y el 24 de junio o por correo hasta el 21 de junio, mientras que los que estén fuera de España de forma temporal y estén dados de alta en el censo ERTA, sólo podrán hacerlo por correo y hasta el 22 de junio.

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