El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco ha
rechazado la petición de libertad del ex secretario general del PP de Madrid Francisco Granados ante la "sensibilidad de la investigación" que se desarrolla, así como por "los graves riesgos de obstrucción y alteración de las fuentes de prueba que siguen existiendo".
En un auto, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional
rechaza las alegaciones de la defensa de
Granados para quedar en libertad, puesto que "en nada" desvirtúan los razonamientos por los que se acordó su ingreso en prisión.
Velasco, de conformidad con lo manifestado por la Fiscalía Anticorrupción, considera que la investigación “está patentizando la
realización de gran número de hechos delictivos con una significativa participación” de
Granados, quien “ha abusado del desempeño de sus sucesivos cargos públicos para conseguir la adjudicación de un sustancial número de contratos públicos de obras, servicios, etc, a favor de empresarios que le abonaban importantes comisiones por la consecución de las amañadas adjudicaciones”.
El
juez explica que se revela, además, “
un uso indiscriminado” de la empresa pública de la Comunidad de Madrid Arpegio y de la Fundación Arpegio, cuya presidencia “en un primer momento” le permitió
controlar la venta de suelo público de la región.
Mil millones
La resolución añade que “
posteriores maniobras defraudatorias”, en concreto la firma de varios convenios, le aseguraron presidir las mesas de contratación que proponían la adjudicación de los contratos financiados con Fondos Prisma, “gestionándose a cargo de dichos fondos durante los años 2006 a 2011 más de mil millones de euros”.
Señala también el auto que “está analizándose en este momento una ingente cantidad de documentación tanto en soporte físico como digital, intervenida en los últimos registros realizados, documentación que está proyectando potentes indicios y datos objetivos de la recepción de dinero por este investigado para
posible financiación del Partido Popular”.
Y 30% de intención de voto . . .
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