Control al Gobierno

La vicepresidenta interpreta a su manera el Reglamento del Parlamento vasco

Santamaría anuncia que Guindos boicoteará el pleno del Congreso sobre el 'caso Soria'

M. Rodríguez Marqués

En su afán por encontrar argumentos para justificar que el Congreso no puede controlar a los miembros de un Gobierno en funciones, Soraya Sáenz de Santamaría decidió recurrir al derecho comparado, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. En concreto, la vicepresidenta se refirió al caso vasco: "Les pongo un ejemplo que a mí me llamó poderosísimamente la atención, la intervención del líder de PNV en el debate de investidura hablando del control en funciones. En el Parlamento vasco está prohibido por su Reglamento ese control. El Reglamento de la Cámara vasca dice que la única tarea que puede llevar ese Parlamento es nombrar un gobierno y que no hay control. Yo creo que tenemos también todos que respetar las instituciones".

Soraya Sáenz de Santamaría utilizó esta explicación para justificar el anuncio de que el ministro Luis de Guindos boicoteará el pleno aprobado por el Congreso para que explique el fallido nombramiento de José Manuel Soria para un puesto directivo en el Banco Mundial. Para justificar la elección de Soria, el Gobierno llegó a escudarse en una ley y en un concurso inexistentes.

Todos los partidos, salvo PP, pactan en Euskadi una ponencia de Memoria que hable de víctimas, deslegitimación del terrorismo y presos

Todos los partidos, salvo PP, pactan en Euskadi una ponencia de Memoria que hable de víctimas, deslegitimación del terrorismo y presos

¿Dice el Reglamento del Parlamento vasco lo que afirmó Santamaría? La verdad es que la vicepresidenta, abogada del Estado de formación, se olvidó de citar la mitad del artículo 166 del citado Reglamento. "Mientras la Cámara no haya designado al lehendakari o la lehendakari no se podrán incluir en el orden del día otros asuntos, salvo que lo aconsejaran razones extraordinarias o de urgente necesidad apreciadas por la Mesa y la Junta de Portavoces", se indica en el texto.

En otras palabras: la vicepresidenta omitió en su explicación a los periodistas que el Parlamento vasco puede celebrar plenos cuando concurran "razones extraordinarias o de urgente necesidad", de forma que no es cierto que "la única tarea" que pueda realizar sea elegir lehendakari. Y, aún quizá más relevante dado el contexto de las palabras de Santamaría: también olvidó reseñar que son los órganos de gobierno de la Cámara vasca los responsables de apreciar si existen esas razones extraordinarias.

En consecuencia, si hubiese un choque entre el Gobierno y el Parlamento vasco sobre la oportunidad de que un consejero compareciese en la Cámara, sería esta última la que tendría la última palabra. O, planteado de otra forma: si en el Reglamento del Congreso de los Diputados existiera un artículo idéntico al que hay en Euskadi, serían la Mesa y la Junta de Portavoces quienes decidirían si hay "razones extraordinarias" que aconsejasen la comparecencia de Luis de Guindos en el pleno. Precisamente, los mismos órganos donde esta semana se aprobó el pleno sobre el caso Soria.

Más sobre este tema
stats