Andalucía

La Fiscalía solicita un año de inhabilitación para dos directivos de un colegio sevillano por no admitir al hijo de una pareja homosexual

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La Fiscalía de Sevilla ha solicitado este miércoles una condena de un año de inhabilitación para dos directivos del colegio sevillano Yago School de Castilleja, concretamente el director del colegio y la directora de admisiones, tras denegar estos la plaza al hijo de un matrimonio homosexual yconsiderarles por ello responsables de un delito contra los derechos fundamentales y las libertades públicas, según ha informado el Diario de Sevilla.

En el juicio, visto para sentencia en el juzgado de lo Penal número 3 de Sevilla, la Fiscalía ha mantenido la pena de un año de inhabilitación para ambos acusados para el ejercicio de la enseñanza y la administración o dirección de centros educativos, a pesar de que la acusación particular (ejercida por los dos padres) solicitaba elevar la pena hasta los tres años.

Los acusados negaron los cargos, asegurando que la inadmisión del niño no tenía ninguna relación con la condición de familia homoparental de sus padres, por lo que su defensa ha solicitado la libre absolución por el delito contra los derechos fundamentales y libertades públicas que se les atribuye, tipificado en el artículo 512 del Código Penal.

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En septiembre de 2011, los padres del niño se pusieron en contacto con el colegio para mostrar su interés porque su hijo estudiara en el centro, haciendo constancia de su condición de "familia homoparental". La directora de admisiones acusada contestó a su email con otro en el que aseguraba que “no podía reservarles plaza en el colegio, que tenían pocas plazas y que se pusieran de nuevo en contacto con el colegio en septiembre de 2012”.

Los padres enviaron entonces otro email solicitando una cita para visitar el colegio, a lo que la acusada les contestó que el curso infantil "estaba completo". La Fiscalía, sin embargo, sostiene que “la realidad es que en febrero de 2012, de las 41 plazas autorizadas para educación infantil de tres años por la Consejería de Educación, al menos tres estaban libres”, según el Ministerio Público, que asegura que 'había matriculados 22 alumnos admitidos con preferencia por tener hermanos ya matriculados y 17 alumnos admitidos hasta esa fecha sin tener esa preferencia'”.

La Fiscalía mantiene por tanto que en realidad los acusados habían “decidido no admitir al menor dada su condición de familia homoparental”, por lo que entiende que incurrieron en un delito contra los derechos fundamentales y las libertades públicas.

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