Operación bajo sospecha

Un alto cargo de Cifuentes en Vivienda logró un piso del Plan Joven en 20 días sin figurar en la lista pública de aspirantes

La directora del Área Económica, Promoción y Rehabilitación de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid –el antiguo Ivima– logró en 20 días un piso público de alquiler con opción a compra para menores de 35 años, el llamado Plan Joven. Fue en la Navidad de 2012 cuando la actual número tres de ese organismo, María Jesús Martín Nieto, obtuvo la vivienda fuera de sorteo, sin que su nombre constara en la lista pública de aspirantes –307.187 en aquel momento, según su departamento– y sin haber formalizado renuncia expresa y previa al derecho que ya tenía desde cinco años antes a otro piso público, este proyectado en un municipio más lejano –Móstoles– que aquel donde finalmente se convirtió en inquilina y posible futura propietaria: Majadahonda.

Martín Nieto sostiene que, pese a que su nombre no aparece en la lista única vigente cuando solicitó el piso de Majadahonda –el 6 de diciembre de 2012–  y cuyo contenido se presumía hasta hoy exhaustivo y netamente público, jamás dejó de formar parte de ella desde que se inscribió en 2005: simplemente no figura su nombre –aduce– como tampoco el de ningún otro de los "beneficiarios" del derecho a una futura vivienda porque tienen vetado acudir a nuevos sorteos pero no a optar a viviendas mediante otras fórmulas como la que le permitió a ella misma acceder al piso  de Majadahonda. Y esa fórmula distinta al sorteo público consiste en solicitar el alquiler de una vivienda que haya quedado vacante por renuncia voluntaria de sus "beneficiarios", que de ese modo no llegan a convertirse en "adjudicatarios".

En su caso, formuló la solicitud el 6 de diciembre de 2012 y firmó el contrato de arrendamiento el día 26 de ese mismo mes. Las solicitudes cursadas por todos peticionarios se ordenaron "por riguroso orden de recepción", dicen los portavoces de Martín Nieto. Según las fuentes oficiales consultadas por este diario, de los 512 pisos que integraban la promoción de Majadahonda, 155 se adjudicaron a solicitantes como Martín Nieto previa renuncia de los beneficiarios titulares y de reserva seleccionados por sorteo en julio de 2007.

Entre 2008 y 2011, María Jesús Martín Nieto fue máxima responsable de la Oficina de Entrega de viviendas del Ivima. En diciembre de 2012, cuando suscribió el contrato para el piso de Majadahonda, trabajaba "elaborando informes, atendiendo llamadas, organizando reuniones y asistiendo a las mismas", relatan sus portavoces. En diciembre de 2013, fue nombrada asesora del gabinete del consejero. Y en julio de 2015 ascendió al puesto que ahora desempeña.

El piso de la directora del Área Económica de la Agencia de Vivienda se alza en una de las 32 promociones públicas que en 2013 terminaron en manos del fondo buitre Goldman Sachs. Con una renta mensual de unos 500 euros y 55 metros de superficie, las viviendas alcanzarán un precio de venta de entre 150.000 y 156.000 euros una vez transcurridos siete años, y así lo destacó el Ayuntamiento de Majadahonda en octubre de 2012. El comprador podrá además deducirse el 50% del alquiler abonado. 

Certificado y "renuncia tácita"

La normativa madrileña dice justamente lo contrario que la número tres del organismo madrileño especializado en vivienda pública. La Orden que desde 2005 regula el funcionamiento de la Lista Única preceptúa en su artículo 7 lo siguiente: "La exclusión de la Lista Única se producirá de oficio cuando los seleccionados resulten beneficiarios de una vivienda".

Y la guía oficial de trámites sobre la Lista Única que figura en la web del Gobierno madrileño amplía el concepto: "En caso de que un solicitante haya resultado beneficiario titular de una vivienda con protección pública para arrendamiento con opción a compra para jóvenes mediante el correspondiente proceso de selección, la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, mediante carta certificada, comunicará su condición indicándole la promoción correspondiente, así como su exclusión de la Lista Única de Solicitantes, de forma que no podrá participar en posteriores procesos de selección mientras mantenga su condición de beneficiario". Esa misma guía explica que el de beneficiario es un concepto distinto y previo al de adjudicatario.

No obstante, los portavoces de Martín Nieto remitieron este miércoles a infoLibre un certificado expedido por el director general de Vivienda de Madrid, José María García Gómez, según el cual la número tres de la Agencia de Vivienda "constaba inscrita a 30 de noviembre de 2012 en la Lista Única de Solicitantes de Vivienda con protección pública en régimen de arrendamiento con opción a compra para jóvenes". 

La emisión de ese certificado abre el interrogante de cuántos menores de 35 años forman o han formado parte de la denominada lista única sin que ese dato pudiera ser públicamente conocido.

La directora del área económica del antiguo Ivima sostiene además que no tenía por qué renunciar de forma expresa al derecho a un piso de protección pública que había logrado en Móstoles gracias al sorteo ante notario allí celebrado en abril de 2007 y en el que el "número total de viviendas adjudicadas" se cifró en 828. Y esgrime que no tenía por qué renunciar dado que todavía no había firmado el contrato de arrendamiento. "No hay obligación de renunciar y sí posibilidad de hacerlo si, por ejemplo, hubiera querido seguir participando en los sorteos", afirma en uno de los correos electrónicos remitidos a infoLibre por su equipo desde el lunes.

Lo que hubo por su parte, mantiene Martín Nieto, fue una "renuncia tácita" al derecho que le había conferido el sorteo de 2007 para las viviendas de Móstoles. Este diario preguntó a sus portavoces en qué fecha considera la Administración madrileña que tuvo efecto esa supuesta renuncia tácita y cómo llega la Comunidad a esa conclusión. La respuesta literal de su equipo fue esta: "La renuncia tácita se produce con la firma efectiva del contrato de arrendamiento de la vivienda en que reside el 26 de diciembre de 2012, fecha en la que su firma determina su condición de beneficiaria de una vivienda protegida, no de una expectativa de derecho sobre una vivienda a elegir en una parcela sino con una denominación concreta de vivienda con calle, número y piso".

Las fuentes consultadas en la Consejería de Vivienda de Madrid especificaron que la promoción de Móstoles donde se encuadran los 828 pisos para uno de los cuales había adquirido la condición de beneficiaria "titular" en el sorteo de 2007 fue calificada definitivamente el 27 de diciembre de 2012. Es decir, un día después de que Martín Nieto hubiese firmado el contrato de alquiler con opción a compra de la vivienda de Majadahonda.

Según la versión de Martín Nieto, que contradice la información sobre la materia difundida en su web oficial por el Gobierno regional, la ausencia de su nombre en la Lista Única Definitiva actualizada a 30 de noviembre de 2012 obedece a esta explicación: en esa lista, actualizada mes a mes, no aparecen quienes siendo ya "beneficiarios titulares de las viviendas seleccionadas en los sorteos de viviendas" de alquiler con opción a compra para jóvenes todavía no hubieran suscrito "contrato de arrendamiento" bien porque no se hubieran construido las viviendas o porque se encontrasen pendientes de entrega.

Martín Nieto se extiende en su interpretación de la normativa legal autonómica y sobre su inédita revelación sobre la permanencia en la Lista Única de Demandantes de jóvenes que ya son beneficiarios de una vivienda pública: "Estas personas [los beneficiarios seleccionados para una vivienda de la que aún no son adjudicatarios] no podían participar en nuevos sorteos, por eso no aparecían en las relaciones [las sucesivas ediciones mensuales de la Lista Única] y podían acceder a este tipo de vivienda por otras vías como la habilitada en la web del Portal de Vivienda o bien porque accedieran a este tipo de viviendas que no hubieran sido sorteadas". En resumen: según la número 3 de la Agencia de Vivienda Social, los "beneficiarios" de un derecho a una futura vivienda pública no aparecen en la Lista Única porque les está vetado acudir a nuevos sorteos ante notario –la fórmula más transparente– pero siguen inscritos en lo que hasta hoy pasaba por ser un documento único, como indica su nombre, inapelable y  sujeto a contraste público. Y además les está permitido optar a una vivienda para cuya selección de beneficiarios se emplee un método distinto al de luz y taquígrafos. O sea, distinto al del sorteo ante notario.

Pero la normativa madrileña sobre adjudicación de viviendas de alquiler con opción a compra para menores de 35 años se sustenta básicamente en dos pilares: solo pueden acceder a uno de los pisos del Plan Joven quienes consten inscritos en la Lista Única de Demandantes. Y solo pueden estar inscritos en la Lista Única de Demandantes quienes cumplan una serie de requisitos además de no haber cumplido los 35 y tener ingresos inferiores a 5,5 veces el llamado Iprem (51.254,09 euros, dice la Consejería). Entre esos otros requisitos forzosos figura el de no ser "beneficiario" de ninguna vivienda pública, categoría separada y anterior a la de "adjudicatario", como explica en su página 21 la ya mencionada guía oficial de trámites accesible en el Portal de Vivienda de la Comunidad de Madrid. Si alguien resulta seleccionado como "beneficiario" para una determinada promoción, lo que le cuesta perder el rango de "demandante", pero prefiere optar a otra vivienda distinta previo reingreso en la Lista Única puede hacerlo. Pero solo si renuncia expresamente y mediante la entrega de un formulario tipo a su condición de "beneficiario" de aquella primera vivienda para la que fue seleccionado. 

En ese mismo sentido también abunda, por ejemplo,  el apartado que la web gubernamental autonómica ofrece precisamente para explicar en detalle el porqué y para qué de la Renuncia a la condición de beneficiario de Vivienda con Protección Pública para Arrendamiento con Opción de Compra para Jóvenes (VPPA OC J). El Portal del Ciudadano de la web del Ejecutivo madrileño especifica cómo esa renuncia constituye un paso obligado para el reingreso en la Lista Única del Plan Joven: “Una vez tramitada la renuncia de un beneficiario titular a la VPPA OC-J [Viviendas con Protección Pública para Arrendamiento con Opción de Compra para Jóvenes], automáticamente las Solicitudes de Inscripción se vuelven a dar de alta en la Lista Única de Solicitantes, pudiendo así participar en los siguientes procesos de selección de beneficiarios”.

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