La herencia del PP

El juez se niega a reabrir la causa sobre la venta de pisos públicos de Madrid a un fondo buitre

Ana Botella

El juez que cinco meses antes de que Ana Botella abandonara la Alcaldía de Madrid archivó la querella contra la oscura venta de 1.860 pisos municipales al fondo buitre Blackstone no cree que ni la investigación abordada por el propio Ayuntamiento de la capital tras el cambio de gobierno ni la que desembocó en el demoledor informe de la Cámara de Cuentas regional aporten “nada realmente nuevo” para reabrir la causa. Tanto la asociación de inquilinos afectados por aquella venta como el PSOE y la propia Empresa Municipal de Vivienda y Suelo (EMVS) de Madrid, anterior propietaria de los pisos, habían pedido la reapertura que ahora deniega el magistrado en un auto al que ha tenido acceso infoLibre.

El sobreseimiento provisional se produjo el 8 de enero de 2015. Y la Audiencia Provincial lo confirmó el 24 de septiembre de ese mismo año. Entonces, el recién aterrizado equipo de gobierno de Manuela Carmena acababa de empezar a rastrear los documentos del expediente administrativo concerniente a la venta de aquellos 1.860 pisos a Blackstone.

¿Destaparon nuevos y relevantes datos el dictamen de la comisión de investigación municipal y el ya citado informe de la Cámara de Cuentas o, como mantiene el juez, se limitaron a ofrecer “diferentes y legítimas nuevas valoraciones” de los mismos hechos efectuadas por “incluso organismos públicos”? Con la dirección del abogado José Mariano Benítez de Lugo, los impulsores de la acción penal consideran que, sin duda, la respuesta correcta es la primera. Y preparan ya un recurso contra el auto de Juan Antonio Sáenz de San Pedro, titular del juzgado de instrucción 38 de Madrid.

Fue Sáenz de San Pedro quien en enero de 2015 dio carpetazo a la causa. Y quien ha vuelto a dársela ahora bajo el argumento de que solo la entrada en escena de hechos desconocidos hasta el momento permitirían la reapertura. La Fiscalía se había opuesto a reanudar las investigaciones.

De la rebaja de dos millones a la comisión de 2,4 millones

En su resolución, el juez incluye una especie de recordatorio al Ayuntamiento de Madrid: el de que “podría ser, de llegarse hasta un hipotético juicio oral, responsable civil subsidiario si prosperase la acción penal cuya reapertura ahora se solicita”. Los portavoces consultados este lunes por infoLibre declinaron pronunciarse sobre el auto y sus consecuencias.

Boicoteada por el PP desde su inicio, la investigación municipal impulsada por el equipo de Manuela Carmena y avalada por PSOE y Ciudadanos certificó que dos filiales de Blackstone se hicieron en 2013 con 18 promociones de pisos públicos por 128,5 millones, un precio no solo inferior en dos millones al ofertado por el propio comprador sino más bajo que el que ofrecía otra empresa.

La comisión municipal de investigación desveló también que en la operación se produjo el pago de una extraña comisión de 2,4 millones a un supuesto intermediario inmobiliario de cuyo trabajo efectivo no hay rastro. Ese intermediario era una UTE capitaneada por un antiguo socio y directivo del gigante de la gestión inmobiliaria Aguirre Newman SA, empresa en la que un hermano de Esperanza Aguirre figura como copropietario.

El dictamen de la comisión municipal incorporaba un mandato expreso para que la EMVS interpusiera querella o se adhiriese a la de los inquilinos afectados, como finalmente hizo la empresa municipal. Es decir, a la querella que, formulada por los delitos de sustracción de cosa propia a su utilidad social, malversación, fraude y prevaricación, había archivado el juez Sáenz de San Pedro en enero de 2015.

En un escrito posterior al cierre de la comisión de investigación municipal, el fiscal del Tribunal de Cuentas cifró en 2,3 millones el quebranto económico ocasionado por aquella venta de pisos materializada en 2013. Y subrayó que el equipo de Botella había escriturado a nombre de Blackstone 11 garajes [el escrito habla de 13 pero los documentos oficiales, solo accesibles tras el cambio de gobierno, los cifran en 11] que inicialmente no figuraban en la lista y por los que el fondo buitre no pagó ni un euro adicional

Dos millones de ese indiciario daño que el fiscal cifra en 2,3 millones se explican por la rebaja en el precio de venta originalmente acordado. Y los 300.000 euros restantes equivalen a la propina de garajes que obtuvo Blackstone. El número de plazas de aparcamiento –11– que el comprador recibió gratis coincide exactamente con el de los garajes robotizados que, frente al Museo del Prado, en pleno centro de la capital, acabaron en manos de Blackstone.

El fiscal del Tribunal de Cuentas basó sus conclusiones en un exhaustivo informe de la Cámara de Cuentas de Madrid que había sido aprobado de forma unánime por los integrantes del órgano fiscalizador madrileño. Es decir, había sido aprobado también con los votos de los consejeros afines al PP. 

Una decisión "en conciencia"

Varapalo de los afectados y el PSOE al juez que se niega a reabrir el caso del fondo buitre

Varapalo de los afectados y el PSOE al juez que se niega a reabrir el caso del fondo buitre

Es a través de un auto fechado el pasado día 10 de enero como el titular del juzgado de instrucción 38 de Madrid deniega la reapertura del caso bajo la premisa de que los documentos aportados junto con la petición de reapertura, desde el dictamen de la comisión de investigación municipal al informe de la Cámara de Cuentas pasando entre otros por el escrito del fiscal del Tribunal de Cuentas, contienen solo “nuevas valoraciones o interpretaciones” pero ningún “elemento fáctico” desconocido hasta ahora.

El juez expone así su posición: “El expediente en bloque que dio lugar a la transmisión que se califica como constitutiva de un hecho delictivo (…) ya se encuentra, y se encontraba en el momento del dictado de la resolución de sobreseimiento, a disposición de este órgano judicial y todos sus elementos que ahora son objeto de nueva valoración ya lo fueron o pudieron serlo en el momento del auto de archivo y del auto de la Audiencia Provincial confirmando dicho archivo”. Y compendia su razonamiento con la siguiente frase: “Ningún elemento fáctico nuevo existe, ningún dato no conocido se aporta”.

El magistrado entiende “en conciencia” que el principio de seguridad jurídica le impide acceder a la reapertura del procedimiento.

Más sobre este tema
stats