Discriminación

El TSJ de Valencia quita la razón a la mujer que demandó al INE por no contratarla tras dar a luz

La sede del Instituto Nacional de Estadística (INE).

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha quitado la razón a C. S. T., la mujer que demandó al Instituto Nacional de Estadística (INE), organismo público dependiente del Ministerio de Economía, por un supuesto caso de vulneración de derechos fundamentales al no haberla contratado por haber dado a luz pese a haber sido elegida como la mejor candidata en el proceso de selección. 

Una jueza determinó en primera instancia que hubo discriminación por razón de sexo y decretó una indemnización de casi 38.000 euros. Ahora, sin embargo, los magistrados de la Sala de lo Social del TSJCV –en una sentencia fechada el 13 de enero a la que ha tenido acceso infoLibre– admiten el recurso presentado por el INE contra esta resolución. Y califican de "razonable" y "alejada de un ánimo discriminatorio" la actuación del organismo público. Con el soporte del sindicato CCOO, del que es afiliada, la afectada recurrirá al Tribunal Supremo.

Los hechos son los que siguen. La delegación provincial del INE en Valencia convocó el 29 de junio de 2015 un proceso selectivo que tenía como objetivo cubrir, a través de un contrato de interinidad, la plaza de un funcionario fijo que estaba de baja. C. S. T. se presentó a la citada convocatoria y, finalizadas las fases de oposición y concurso, se publicó el 3 de agosto de 2015 la relación de aspirantes que habían superado ese proceso por orden de puntuación. Ella había quedado la primera.

La cuestión es que entre que la realización de las pruebas y la fecha de incorporación pasó algo más de un mes en el que C. S. T. dio a luz a su hija. A través de un escrito fechado el 4 de agosto, la aspirante facilitó al INE la documentación acreditativa de los requisitos exigidos así como la que acreditaba la imposibilidad de incorporarse al trabajo por haber sido madre nueve días antes. No obstante, insistió en su no renuncia a la plaza y solicitó la reserva de la misma hasta que se pudiera incorporar.

Discriminación 

Pero su sorpresa llegó cuando, un día después, la secretaría general del organismo público le comunicó que se había formalizado el contrato con la persona que "encontrándose en la mejor posición" podía realizar el trabajo "de manera inmediata". Es decir, la que quedó en segunda posición. La justificación ofrecida por el INE es que la "inmediatez" y "urgencia" en la prestación de los servicios había llevado a la dirección general de la Función Pública a autorizar "de manera excepcional" la selección de la segunda clasificada.

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A este respecto, los jueces del TSJCV determinan que los indicios de vulneración del derecho a la no discriminación quedan "neutralizados" porque la demandante "en base a una declaración unilateral" no tomó posesión de su plaza ni formalizó el contrato de interinidad previsto. De hecho, comparan el alumbramiento con "una neumonía o apendicitis" para determinar que la negativa a la contratación "habría tenido lugar verosímilmente en todo caso (...) por existir causas suficientes y serias". 

Ana Safón, delegada de CCOO en el INE de Valencia, recuerda que la trabajadora sí se presentó físicamente en el puesto de trabajo para manifestar por escrito su no renuncia a la plaza y asegura que nadie le indicó que tenía que firmar el contrato. "La segunda aspirante fue citada para firmar su contrato media hora antes que nuestra afectada, a la que llamaron para que fuera a recoger la respuesta negativa a su petición de reserva de plaza. Es decir, en cuanto presentó el escrito en el que acreditaba que no podía incorporarse, llamaron a la segunda persona", explica. 

A su juicio, esta sentencia es "muy problemática" por el que precedente que puede crear de cara a otros conflictos. "La prueba más clara y fácil de entender de que ha habido discriminación por razón de sexo es que si la persona que hubiera quedado primera en el proceso selectivo hubiera sido su marido en vez de ella, sí estaría contratado porque no le habría afectado haber tenido una hija", concluye Safón. 

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