Transfobia

Las batallas judiciales perdidas de Hazte Oír

La organización ultracatólica Hazte Oír ha continuado este viernes su campaña con un nuevo vehículo, una caravana, y un nuevo mensaje, muy similar al anterior: No permitas que manipulen a tus hijos en el colegio. Infórmate con el libro que no quieren que leas. ¿Los niños tienen pene? ¿Las niñas tienen vulva? Con esta nueva frase, el colectivo trata de seguir difundiendo su ideario tránsfobo por las calles de la capital tan sólo un día después de que un juez acordase como medida cautelar la prohibición de circulación del autobús al considerar que el mensaje lesiona la "dignidad" de las personas transgénero. A pesar de cambiar el lema y el vehículo, el caso continúa judicializado.

Sin embargo, no es la primera vez que la organización ultracatólica batalla en los tribunales. En sus 16 años de vida ha sentado en el banquillo al cómico italiano Leo Bassi por una parodia del papa y ha llevado a juicio a la CNT por impulsar un concurso de viñetas ateas. Ha acusado a magistrados del Tribunal Constitucional de prevaricación por admitir a trámite un recurso que permitió que la coalición electoral Bildu-Eusko Alkartasuna pudiese presentarse en las elecciones autonómicas y municipales de 2011, tumbando así la decisión del Supremo. E incluso llevó a los tribunales, en 2006, la orden del Gobierno aragonés por la que se permitía la dispensación gratuita de la píldora del día después. infoLibre repasa las batallas judiciales perdidas de Hazte Oír.

Leo Bassi y la parodia del papa

El cómico italiano Leo Bassi ha sido uno de los diferentes blancos contra los que ha disparado la organización ultracatólica en los tribunales. Lo hizo después de que el actor protagonizase, en octubre de 2010, una obra de teatro en la Universidad de Valladolid en la que parodiaba al papa y satirizaba los abusos de sacerdotes a menores, al tiempo que repartía preservativos entre los asistentes. Un espectáculo que a ojos de Hazte Oír y de la Asociación de Abogados Cristianos era constitutivo de un delito contra los sentimientos religiosos y otro de provocación a la discriminación, al odio y a la violencia por razones religiosas, además de un delito de injurias y amenazas.

La querella fue admitida a trámite por el Juzgado de Instrucción número 6 de Valladolid. Bassi interpuso un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial vallisoletana, que terminó por darle la razón. "[Los hechos] lo que ponen de relieve es un posicionamiento laico y, si se quiere, anticlerical del conferenciante sin que ello constituya realmente escarnio de los dogmas, creencias, ritos o ceremonias de la religión católica, ni vejación de quienes los profesan o practican". Los magistrados recalcaron el carácter humorístico del espectáculo, "amparado por la libertad de expresión" y recordaron que fue celebrado en el marco de la Universidad, "por lo que va dirigido a personas adultas con capacidad crítica". El Supremo, posteriormente, rechazó un recurso de queja de la organización ultracatólica, ratificando así la sentencia.

Sin embargo, el combate entre el humorista y Hazte Oír tuvo un segundo asalto. En este caso, Leo Bassi fue el que se querelló contra Libertad Digital SA por las informaciones publicadas en las páginas web Libertad digital y Hazteoir.org en relación con el acto acogido por la Universidad de Valladolid casi dos años antes. El cómico consideraba que incurrían en los delitos de injuria y calumnias. El juzgado no admitió a trámite la querella y el caso terminó, finalmente, en la Audiencia Provincial de Madrid, que se pronunció en la misma línea: "Resulta paradójico que el propio querellante manifieste expresamente que ampara sus actuaciones en su derecho a ejercer la libertad de expresión (...), y que sin embargo califique de delictivas las informaciones publicadas".

Contra magistrados del Constitucional

El 1 de mayo de 2011, a pocos días de las elecciones municipales y autonómicas, el Tribunal Supremo, por 9 votos a favor y 6 en contra, decidió anular todas las listas de la coalición electoral Bildu-Eusko Alkartasuna para los comicios. El fallo del Alto Tribunal, sin embargo, fue tumbado cuatro días más tarde por el Constitucional, permitiendo de esta manera que se pudieran presentar a las elecciones. Y esa decisión, provocó la ira de Hazte Oír, que, junto al sindicato ultra Manos Limpias y otras cuatro organizaciones, se querellaron contra los magistrados que tomaron esa decisión, a los que acusaban de un delito de prevaricación judicial.

Sin embargo, el Supremo terminó dando carpetazo al asunto "por no ser los hechos constitutivos de delito". "Es obvio que esta competencia del TC para conocer de lo resuelto por la Sala del art. 61 LOPJ del Tribunal Supremo alcanza a la consecuencia de verificar el ajuste a la Constitución de lo decidido por ese Tribunal", argumentó el TS. Además, el Alto Tribunal recordaba a los querellantes que "entre los valores superiores del ordenamiento jurídico se encuentra el pluralismo político", algo que, añade el auto, "requiere una mayor protección como consecuencia de su naturaleza de valor superior".

La CNT y la JMJ

La organización ultracatólica también centró su mira, en el año 2011, en la Confederación Nacional del Trabajo. Con motivo de la celebración en Madrid de la Jornada Mundial de la Juventud (JMJ), que incluía la visita del papa Benedicto XVI a la capital, el sindicato puso en marcha un concurso de viñetas ateas. "Los trabajos serán valorados por su ingenio y su mensaje crítico y simpático, siendo la habilidad técnica un elemento secundario a tener en cuenta", señalaba la CNT en un comunicado, en el que indicaba que las aportaciones "mejor valoradas" serían publicadas semanalmente en la página web de la campaña ¡Peligro, que viene el Papa! para "escarnio de las instituciones religiosas y de dios".

La iniciativa, lógicamente, no fue recibida con los brazos abiertos por la organización ultracatólica. Hazte Oír interpuso una querella contra la CNT por un delito de odio por motivos religiosos, otro de reunión y asociación ilícita, un tercero de apología del terrorismo y otro contra los sentimientos religiosos. Sin embargo, tanto el juzgado de instrucción como, posteriormente, la Audiencia Provincial de Madrid, dieron la razón al sindicato. "Las informaciones injuriosas en relación con la Iglesia Católica, por razón de la religión que predica; y las censuras a la misma por agrias y desconsideradas que sean, o por más que tergiversen los hechos o las valoren de forma abiertamente injusta, están amparadas por la libertad de expresión".

Sin embargo, no ha sido la única batalla legal entre el sindicato y Hazte Oír. Con motivo del centenario de la CNT, en la página web de la organización ultracatólica se publicó un artículo, firmado por Miguel Vidal, en el que se calificaba a la Confederación Nacional del Trabajo de "banda terrorista". Desde el sindicato se querellaron por un delito de injurias y calumnias. Sin embargo, tanto el juzgado de instrucción en primer lugar, como la Audiencia Provincial de Madrid más tarde, dieron la razón a Hazte Oír. "La intención del autor del artículo periodístico era informar y opinar, sin ánimo de injuriar al sindicato querellante", recoge la sentencia de la Audiencia, que añade que "las informaciones" contenidas en el texto "eran de carácter tan general que no pueden colmar las exigencias del tipo penal".

"Organización radical que propugna la judeofobia"

No tuvieron la misma fortuna dos años antes con otro artículo publicado en la web y firmado por M. Vidal Santos. Cogiendo el hilo de una información de Abc, que también fue difundida por Libertad Digital –"Aído promociona un curso de verano organizado por una red árabe radical"–, la organización publicó una pieza bajo el título 420 ocurrencias: cursos impartidos por hooligans del fundamentalismo que contenía, en referencia a la entidad Red Mundo Árabe, expresiones tales como "organización radical que propugna la judeofobia, que promueve el fundamentalismo más radical, se dedica a canalizar en España la habitual 'información' que difunde el terrorismo palestino".

Red Mundo Árabe decidió querellarse contra los dos periódicos y Hazte Oír al considerar que sus informaciones incurrían en delitos de calumnias e injurias graves con publicidad. El juzgado de instrucción condenó a M. Vidal a una multa de 2.000 euros por una falta de vejaciones injustas. Una sentencia que fue confirmada por la Audiencia Provincial de Madrid tras el recurso presentado por la organización. Hazte Oír trataba de escudarse en la "inexistencia" de dolo alegando que el autor de la pieza "lo único que hizo fue cumplir escrupulosamente el derecho de información y opinión".

Contra la píldora postcoital

Una de las primeras batallas judiciales en las que se metió Hazte Oír desde su nacimiento fue la relacionada, en 2006, con la orden del Gobierno de Aragón que permitía la dispensación gratuita de la píldora del día después en los Centros Sanitarios Públicos del Sistema de Salud aragonés. Para la asociación, no se contemplaban aspectos necesarios para garantizar la buena praxis profesional del personal sanitario y los derechos de los pacientes. "Al no regularse debidamente la materia del consentimiento en el caso de las menores de 16 años, la nueva regulación crea una situación de preocupante inseguridad jurídica", señaló, en declaraciones a los medios, el letrado Javier María Pérez-Roldán.

Por ello, Hazte Oír, junto al Partido Familia y Vida y la asociación Ainkaren, recurrió la orden ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón al considerar que no se ajustaba al derecho y pidió su anulación. Sin embargo, el TSJA dio la razón al Ejecutivo aragonés. "No apreciándose vulneración alguna de los artículos 43 de la Constitución, que reconoce el derechos a la salud, y 154 y siguientes del Código Civil, relativos a la patria potestad, que meramente se citan por los recurrentes, procede, como se ha adelantado, la desestimación del recurso".

Las batallas ganadas

La actual presidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes, se mostró contundente el pasado lunes, en una entrevista en TVE, al calificar como "impresentable" y con una finalidad de "provocación absoluta" la campaña tránsfoba de Hazte Oír. La presidenta del Ejecutivo madrileño conoce bien al grupo ultracatólico. De hecho, en mayo de 2015, a pocos días de las elecciones autonómicas que la auparon a la Presidencia de la Comunidad, la asociación montó una campaña contra ella por su posición en relación con temas como el aborto o la homosexualidad.

"Yo rompo con Cifuentes" o "Si votas Cifuentes, votas aborto" eran los principales mensajes que Hazte Oír colocó en vallas publicitarias y, como ahora, en un autobús. El PP, escudándose en la "expresa prohibición de realizar publicidad o propaganda electoral hasta el inicio legal de la campaña" recogido en el artículo 50.3 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, llevó el caso ante la Junta Electoral de Madrid, que le dio la razón y ordenó la retirada de los mensajes. Del mismo modo se pronunció la Junta Electoral Central. Sin embargo, el caso acabo en el Supremo, que dio la razón al grupo ultracatólico –Hazte Oír se escudaba, como ahora, en la "libertad de expresión y participación política"–.

Creada en 2001, y declarada de "utilidad pública" en 2011 por el Gobierno del PP, también se ha relacionado a miembros de Hazte Oír con El Yunque, una sociedad secreta de extrema derecha. En mayo de 2014, la juez María Belén López Castrillo consideró "esencialmente veraz" la relación entre los dos grupos. Un mes más tarde, fue presentada una demanda contra Hazte Oír, el Instituto de Política Familiar, Profesionales por la Ética, la Organización del Bien Común España y el Grupo de Montaña Contracorriente, en la que se pedía su disolución por la relación con El Yunque. El juez de instrucción y la Audiencia Provincial, dieron la razón a los colectivos. 

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