Caso ERE

La jueza Núñez imputa a sindicalistas de CCOO y UGT y al exchófer del exdirector de Trabajo por los ERE

La jueza María Núñez Bolaños

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La juez María Núñez Bolaños ha imputado a 12 personas más, entre ellas varios sindicalistas de UGT y CCOO y Juan Francisco Trujillo, exchófer del exdirector general de Trabajo Javier Guerrero, en la pieza separada por las sobrecomisiones pagadas en las pólizas de prejubilaciones de los ERE irregulares, con lo que son ya casi 30 personas las investigadas por estos hechos.

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada requiere además a los peritos de la Dirección General de Seguros para que emitan un informe "cuantificando aquellas cantidades abonadas por la Junta, en concepto de prima, que superan el coste de mercado de las pólizas suscritas, primas infladas".

De este modo, solicita a los peritos que realicen "una cuantificación global del perjuicio total ocasionado en este concepto a la Junta de Andalucía", para lo que "deberá examinarse también los costes de administración y adquisición".

La magistrada, asimismo, ha atendido la petición realizada por la Fiscalía Anticorrupción y ha imputado en esta pieza separada al exsecretario general del sindicato UGT en Cádiz Salvador Mera; al exsecretario general de la federación Minerometalúrgica de CCOO-A Manuel Roberto Carmona Soto, y al exsecretario general de la Federación de Industrias Textil-Piel, Químicas y Afines de CCOO José Luis Montesinos.

De igual modo, la juez de Instrucción número 6 de Sevilla acuerda traer a la causa como investigado al exdiputado del Partido Socialista del País Vasco Antonio Aso y cita a declarar a 27 testigos los próximos días 16, 18, 23 y 25 de mayo.

En un escrito, la Fiscalía también pidió a la instructora "la delimitación objetiva y subjetiva" de la causa, "concretando el objeto investigado en la misma a los hechos que vendrían determinados por la cuantificación de aquellas cantidades abonadas por la Junta en concepto de prima que superan el coste de mercado de las pólizas suscritas, su distribución presuntamente ilícita entre las personas físicas y jurídicas que intervienen en su fijación y, en su caso, en el destino final de los fondos como pago de presuntas ayudas públicas".

En este sentido, la juez indica que "las cantidades percibidas por personas y entidades investigadas" en la causa matriz de los ERE, "bien directamente de las empresas beneficiarias de las ayudas sociolaborales bien mediante la inclusión de los denominados intrusos, deberán ser objeto de investigación y enjuiciamiento en cada una de las piezas relativas a cada ayuda sociolaboral, tratándose de hechos diferentes al objeto de las presentes actuaciones".

Por ello, la Fiscalía pidió el archivo respecto a cuatro intrusos "que deberán ser objeto de investigación" en su respectiva pieza, entre los que se encuentra Carmelo Cruz, cuñado del conseguidor de los ERE Juan Lanzas, al mismo tiempo que pidió mantener la imputación de la mujer de Lanzas, Patrocinio Sierra, por haberse beneficiado "ilícitamente" de los ingresos "ilícitos" de su marido procedentes de su labor de intermediación en las pólizas de Vitalia financiadas por la Junta.

La magistrada recuerda que la inclusión de Patrocinio Sierra como investigada en esta pieza fue solicitada por los letrados de la Junta "por su indebida inclusión como beneficiaria en la póliza suscrita tras el ERE de Hitemasa".

En este punto, la juez resalta que, en lo referente a la delimitación objetiva y subjetiva de la causa, "existe, en este momento, discordancia entre el criterio sostenido por el Ministerio Público y alegado en su escrito, y el mantenido" por la acusación particular que ejerce la Junta.

"Cambio de orientación" de Anticorrupción

De este modo, la Junta estima que "ha de considerarse integrante, como hecho objeto de investigación en esta pieza, la inclusión de intrusos para con la póliza, sus cuantías, abonar ilícitas comisiones, como es el caso de Patrocinio Sierra, presuntamente incluida en la póliza de Hitemasa para pagar ilícitas comisiones a su marido".

Además, y según expone la instructora, "se observa un cambio de orientación" del Ministerio Fiscal "en lo referente a la delimitación objetiva y subjetiva de la causa", ya en diciembre de 2016 solicitó la inclusión como investigada en esta pieza de la mujer de Lanzas porque fue incluida "presuntamente de forma indebida", como intrusa, en la pólizas de Hitemasa, "para pagar ilícitas comisiones a su marido".

"Sin embargo, avanzando en la delimitación, el Ministerio Público estima o considera que estos supuestos deben ser investigados en cada una de sus piezas, no siendo objeto de esta causa", asevera la juez.

Por ello, "limita" los hechos investigados en esta pieza separada a "aquellos que vendrían determinados por la cuantificación de aquellas cantidades abonadas por la Junta de Andalucía, en concepto de prima, que superan el coste de mercado de la spólizas suscritas, su distribución, presuntamente ilícita, entre las personas físicas y jurídicas que intervienen en su fijación y, en su caso, en el destino final de los fondos como pago de presuntas ayudas públicas (supuestos en los que fueron empledas para el abono por un tercero ajeno a la administración autonómica de supuestas ayudas públicas".

Más concretamente, la juez se refiere a los pagos realizados por Estudios Jurídicos Villasís a Muebles D. Formon, Roda Textil, Sapphire Grupo Empresarial, Promociones Vinícolas, Tialna, Dehesa Navera, Megara, Sociedad de Desarrollo Local del Pedroso, Salvador García Rodríguez, Federación Minerometalúrgica de CCOO-A y a Verónica Galloso.

Partícipe a título lucrativo

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"Determinado así el objeto", la juez acuerda archivar esta pieza respecto a Patrocinio Sierra al entender que los hechos relatados por la Fiscalía en su escrito de febrero "no inducen a valorar su presunta participación en la comisión de hecho delictivo alguno sino en su enriquecimiento ilícito con los beneficios obtenidos de la conducta presuntamente delictiva de su marido".

La juez acuerda este archivo respecto de la mujer de Lanzas "sin perjuicio de la investigación por su presunta ilícita inclusión en una póliza tras el ERE de Hitemasa para con su cuantía pagar comisiones a su marido" en otras diligencias previas, y todo ello "por no existir prueba de su participación en los hechos que, como hechos delictivos, son objeto de investigación en esta causa".

No obstante, y de conformidad en lo establecido en el artículo 122 del Código Penal, acuerda llamar a Patrocinio Sierra a esta pieza separada como partícipe a título lucrativo.

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