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El Tribunal de Cuentas señala que RTVE esquiva "injustificadamente" la legislación reguladora de la contratación pública

El presidente del Consejo de Administración y de la Corporación de RTVE, José Antonio Sánchez.

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El Tribunal de Cuentas aprobó este lunes el informe de fiscalización sobre la contratación de la Corporación RTVE correspondiente a los ejercicios 2014 y 2015, cuyas conclusiones dejan un amargo sabor de boca para la entidad pública. El organismo señala que, en base a "varios expedientes de contratación" analizados, la Corporación "excluye injustificadamente" la aplicación de la legislación reguladora de la contratación del sector público. El Tribunal de Cuentas subraya asimismo defectos técnicos en la contratación, plazos de ejecución incumplidos o la adjudicación de contratos basados en certificados caducados.

La contratación de CRTVE a lo largo de los ejercicios estudiados alberga toda una serie de lagunas expuestas por el Tribunal de Cuentas. Entre las deficiencias señaladas, destaca la introducción en "la mayor parte de sus contratos" de una cláusula que la Corporación denomina de buenas prácticas, que "resulta contraria al principio de la libertad de acceso a las licitaciones", y que, además, "supone una injustificada restricción a la competencia". Asimismo, los informes fiscalizados carecen de justificación de la necesidad que ha motivado la contratación celebrada por la entidad. Tampoco se encuentra justificado el procedimiento empleado para proceder a la adjudicación de los contratos, incumpliendo de esta forma el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Certificados caducados

La fiscalización elaborada por el organismo determina, además, que "en algunos expedientes de contratación" la Corporación mantuvo criterios de selección de las ofertas "sometidos a la aplicación de juicios de valor". Por otro lado, en el análisis de los expedientes de contratación incluidos en la muestra se identificaron diversos supuestos en los que "no consta justificación suficiente del importe en que se cuantifica el precio de licitación".

Además, y de nuevo en base a varios de los expedientes estudiados, la entidad adjudicó contratos a empresas que justificaron estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social "mediante la aportación de certificados caducados", mientras que en un expediente de contratación se admitió a licitación a una Unión Temporal de Empresas que no reunía los requisitos legalmente exigibles para concurrir a la misma, adjudicándosele finalmente el contrato.

En relación con la ejecución de los contratos, varios de los documentos examinados muestran "que los plazos de ejecución pactados fueron incumplidos", sin que "apareciera motivada dicha decisión".

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Defectos formales

La omisión de las obligaciones formales es otra de las principales cuestiones señaladas en el informe del Tribunal de Cuentas. El organismo concluye que "las relaciones certificadas de contratos" sujetos a la Ley de Contratos del Sector Público no fueron elaboradas "con plena observancia de las previsiones contenidas en la Instrucción General del Tribunal de Cuentas".

Finalmente, la Corporación demostró durante el periodo analizado "un bajo nivel de concurrencia a las licitaciones convocadas, existiendo una notable desproporción entre las empresas que se interesan en las mismas y las que finalmente presentan una oferta". Además, "aplica en la mayor parte de sus contratos como criterio único de selección el del precio ofertado por los licitadores", de forma que, como consecuencia, fueron identificados "una serie de supuestos en los que no se encontraba suficientemente justificada la aplicación exclusiva del criterio precio". La entidad, critica el Tribunal de Cuentas, también exigió "la suscripción por parte de todos los licitadores de un acuerdo de confidencialidad, sin justificar la procedencia de dicho requerimiento".

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