Animalismo

Avances y lagunas de la reforma legal para que los animales dejen de ser cosas

Imagen de una mujer acariciando a un perro.

La lucha animalista coge fuerzas en las instituciones. Lo hace a través de la proposición de ley que este martes se ha debatido en el Congreso a iniciativa del Partido Popular y que busca impulsar un cambio legal sobre el régimen jurídico de los animales. El objetivo: que dejen de ser considerados bienes muebles y pasen a ser seres dotados de sensibilidad. La propuesta llega al centro del debate después de que la Cámara Baja aprobara por unanimidad el pasado 14 de febrero una proposición no de ley de características similares, esta vez presentada por Ciudadanos.

La actual propuesta, que ha sido respaldada por todos los partidos de la oposición, se presenta como una medida que aspira a "modificar el régimen jurídico que en el Código Civil tienen los animales para que dejen de ser considerados cosas, bienes muebles, y se adapte a la nueva realidad social que los concibe como seres vivos dotados de sensibilidad". Con estas palabras explica el diputado conservador Avelino de Barrionuevo la aportación de su partido a la lucha animalista. 

De Barrionuevo defiende que se trata de una proposición de ley "ambiciosa que pretende impulsar un nuevo desarrollo normativo". Lo hace en base al Tratado de Lisboa, que en su artículo trece ya asevera que "la Unión y los Estados miembros tendrán plenamente en cuenta las exigencias en materia de bienestar de los animales como seres sensibles, respetando al mismo tiempo las disposiciones legales o administrativas y las costumbres de los Estados miembros relativas, en particular, a ritos religiosos, tradiciones culturales y patrimonio regional".

No son pocos los países de la UE que vienen realizando modificaciones legislativas en este sentido, con el objetivo de dar espacio a los animales en sus ordenamientos jurídicos. Lo hizo Alemania en 1990 para reconocer su calidad de seres vivos y sintientes y en 2002 para elevar la protección de los animales a rango constitucional. Francia siguió los mismos pasos más recientemente, en el año 2015, y Portugal en marzo de 2017, al establecer un estatuto jurídico de los animales por el que modifica su Código Civil, el Código Procesal Civil y el Código Penal.

Seres vivos dotados de sensibilidad

La iniciativa del PP busca cambiar el estatus jurídico de los animales y para ello prevé modificar el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil. La primera gran modificación es aquella que recae directamente sobre el Código Civil, donde figurará un nuevo artículo según el cual los animales quedan definidos como "seres vivos dotados de sensibilidad" y únicamente les será aplicable el "régimen jurídico de los bienes en la medida en que sea compatible con su naturaleza y con las disposiciones destinadas a su protección". De esta manera, todo propietario de un animal podrá "disfrutar y disponer de él respetando su cualidad de ser dotado de sensibilidad, asegurando su bienestar conforme a las características de cada espacio" y, por tanto, el derecho de uso y el derecho de disponer del animal no admitirá en ningún caso el maltrato, abandono o sacrificio.

Este nuevo estatus del que podrán gozar los animales, no obstante, no significa que los mismos dejen de ser "objeto de apropiación", al contrario, sino que se ubican en un espacio intermedio que en ningún caso los hace sujetos jurídicos de pleno derecho. "No le estamos otorgando derechos a un animal", explica en conversación con este diario Alberto Díez, director de la Asociación Nacional para la Defensa de los Animales (ANDA). "El hecho de dejar de ser una cosa no implica que a este ser jurídicamente le estemos incorporando derechos ciudadanos", sino que se trata de un "paso intermedio" para tener "en cuenta sus peculiaridades". Es por ello que los animales seguirán siendo objeto de compra y venta pero, en tanto que seres sensibles, "esos procesos tendrán que estar sujetos a un control que tenga en cuenta sus características y necesidades".

La modificación del Código Civil contempla, asimismo, una nueva interpretación relativa al convenio regulador en los divorcios, separaciones o nulidad matrimonial, con el objetivo de legislar sobre el destino de los animales de compañía teniendo en cuenta el interés de los miembros de la familia y el bienestar del animal. Este apartado prevé incluso el reparto de los tiempos de disfrute, algo similar a una custodia compartida.

En cuanto a la Ley Hipotecaria, la modificación afectaría a su artículo 111 de modo que la hipoteca, cualquiera que sea su naturaleza y forma, no comprenderá a "los animales colocados o destinados en una finca dedicada a la explotación ganadera, industrial o de recreo". Finalmente, la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, su artículo 605 establece que no serán "en absoluto embargables los animales de compañía".

Chesús Yuste, portavoz de la Asociación Parlamentaria en Defensa de los Animales (APDDA), expone en declaraciones a infoLibre que la reforma "de entrada es muy positiva" al ir en sintonía con los avances sociales que justifican esta nueva conciencia jurídica. Los animales, "seres dotados de sensibilidad, con capacidad para sufrir y experimentar emociones", deben ser "objeto de protección por las leyes", señala. La APDDA, que ya presentó enmiendas al texto de Ciudadanos, prevé trabajar jurídicamente sobre la presentación de enmiendas nuevamente. "La primera valoración es que esta reforma sólo toca trece artículos del Código Civil, pero hay más que también deberían reformarse", entiende Yuste, quien sin embargo considera "prematuro entrar en detalles".

"Válida pero no suficiente"

Aunque los colectivos y partidos animalistas consultados coinciden en que la iniciativa supone un paso importante para el movimiento, reconocen que existen aspectos todavía mejorables.

Es el caso de la diferencia entre animales salvajes y de compañía. Aunque la definición de "ser dotado de sensibilidad" apela a todos los animales, lo cierto es que algunas reformas, como la prohibición de embargo, únicamente afecta a los animales de compañía debido a "la cercanía afectiva del dueño con el animal", que a juicio de Avelino de Barrionuevo otorga "una categoría diferente a las mascotas".

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Con él difiere Alberto Díez. "Es un paso adelante, otra cosa es la longitud del paso", reflexiona. "Se ha ido por la versión de circunscribirlo a los animales compañía, pero el Tratado de Lisboa hace referencia todos", afirma el animalista, quien entiende que, por ejemplo, "los animales de producción, como las vacas, también deben ser tenidas en cuenta". En la misma línea se expresa Laura Duarte, portavoz de Pacma, quien insiste en que "se ha perdido la oportunidad de hacerlo extensivo a todos los animales".

Duarte se muestra especialmente crítica con la propuesta, pese a reconocer que "es válida pero no suficiente". A su juicio, "el problema real de los animales no es sólo su reconocimiento en el Código Civil", sino un "reconocimiento legal que proteja sus derechos". La animalista considera que la reforma de los conservadores "en la práctica no se traduce en ninguna mejora" y la tacha de "incompleta". "No serán embargables ni transmisibles, pero se van a poder seguir comprando y vendiendo", lamenta.

Entiende, además, que la iniciativa no es más que "una muestra de que los partidos insisten en hablar de animales por la consideración social que existe hacia ellos". Pero sus palabras, censura, no abarcan ningún "compromiso real". El partido animalista, por el contrario, va mucho más allá en sus reivindicaciones. Reclama una reforma del Código Penal, pese a que el PP ya realizó una en el año 2015, pide mayores condenas y una ley integral a nivel estatal que proponga "mejoras en todos los sentidos".

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