Caso Juana Rivas

Juristas denuncian que la petición de la Fiscalía de cárcel para Juana Rivas es "un castigo"

Juana Rivas, en una imagen de archivo.

La batalla judicial de Juana Rivas por permanecer junto a sus hijos se complica con el transcurso del tiempo. Este viernes la Fiscalía Provincial de Granada emitió un escrito en el que la acusa de dos delitos de sustracción de menores, por cada uno de sus dos hijos, y solicita para ella una pena de cinco años de prisión –dos y medio por cada menor– y su inhabilitación durante otros seis para ejercer la patria potestad. El Ministerio Público se dirige de esta forma al Juzgado de Instrucción número 2 de Granada, de forma previa a la celebración del juicio oral que investiga la existencia de supuestos delitos de desobediencia judicial y sustracción de menores. La solicitud de la Fiscalía no sólo resulta, según las expertas consultadas, "desproporcionada", sino que además se configura como una forma de "castigo" hacia la mujer por no haber cumplido los mandatos judiciales.

Juana Rivas permaneció escondida de la justicia durante casi un mes junto a sus hijos para evitar entregarlos a su padre, Francesco Arcuri, condenado en 2009 por "lesiones en el ámbito familiar" al golpearla "repetidamente". Actualmente Arcuri cuenta con la guarda y custodia provisional de los menores, concedida por la justicia italiana, y los niños viven con él en Carloforte (Cerdeña, Italia), de donde Rivas se los llevó en mayo de 2016 sin su consentimiento incumpliendo el conocido como Convenio de La Haya. Según explicó Rivas a infoLibre en abril de 2017, "el detonante del regreso" fue "una situación diaria de opresión, aislamiento y maltrato durante más de dos años". Arcuri negó esas acusaciones.

El Juzgado de Primera Instancia 3 de Granada había decretado en diciembre de 2016 que los menores tenían que volver con su padre a Italia después de que éste denunciara a Rivas por llevárselos sin su consentimiento. Esa sentencia –ratificada por la Audiencia de Granada– debió ejecutarse el 26 de junio, pero Rivas la incumplió alegando que existía un peligro para los menores si los entregaba a su padre. Fue entonces cuando él la denunció por sustracción internacional, dando lugar al procedimiento penal que sigue abierto en el Juzgado de Instrucción 2 de Granada y por el que ahora el Ministerio Público pide cinco años de prisión e inhabilitación de otros seis para ejercer la patria potestad.

Forma de castigo

Las juristas consultadas por infoLibre coinciden en interpretar la solicitud contra Rivas como una forma de "castigo" por haber desobedecido las instancias judiciales. Una reprimenda velada, sostienen, que pasa por alto el interés superior del menor.​​​​ Altamira Gonzalo, vicepresidenta de la asociación Mujeres Juristas Themis, destaca que, desde el inicio del procedimiento judicial, "los juzgados que intervinieron no tuvieron una actuación acertada desde el punto de vista de los intereses de los menores". A su juicio, la decisión de concederle la guarda y custodia a Arcuri se hizo "sin tener conocimiento a fondo de la situación de los dos ámbitos familiares, el paterno y el materno. Se mandó a esos niños a Cerdeña y se les separó de la madre sin tener certeza de la situación en la que se quedaban", lamenta la jurista, "y todo ello con la aquiescencia del Ministerio Fiscal".

Ahora, evalúa, la petición del fiscal se efectúa "sin pensar en los menores, sino en la punición pura y dura de una madre que ha desobedecido", cuando la función de la Fiscalía "es la protección de los menores", que por el contrario quedarán "perjudicados al verse radicalmente separados de su madre". Se ha condenado a los menores, denuncia, a "unos daños y unas secuelas irreversibles".

Coincide con ella Consuelo Abril, abogada especializada en derecho de familia, quien asegura categórica que la petición es "un auténtico despropósito". La letrada también sostiene que la función de la Fiscalía no es otra que la defensa de los menores, y se pregunta si "se defiende a los menores solicitando cinco años de prisión para su madre y privándole de la patria potestad". Cuestión que ella misma resuelve al admitir que, "como jurista con más de treinta años de experiencia, pensar que con esta petición se pretende proteger a los menores se hace muy duro".

También resulta evidente, a su entender, la verdadera intención de la Fiscalía. "Está protegiendo el cumplimiento de una resolución judicial", es decir, la solicitud no es sino una forma de "castigar a la madre usando como cordón umbilical a los niños". Sencillamente, agrega la abogada, "ella ha osado incumplir las resoluciones judiciales, y por eso la petición". Como consecuencia, lamenta, "van a hacer a los niños unos auténticos desgraciados privándoles del mayor referente que tienen, que es su madre". 

Abril entiende, desde el punto de vista jurídico, que durante el periodo en que Juana Rivas permaneció oculta en paradero desconocido las medidas podrían quedar justificadas basándose en el interés del menor. "Pero en este momento, ¿significa algo positivo para los niños? ¿Hay riesgo de que vaya a hacer algo con ellos?", cuestiona. La abogada denuncia que se trata de "una venganza en frío" y recalca que "no hay ningún motivo para una petición tan desproporcionada". La misma lógica enarbola Gonzalo en conversación con este diario, y añade que "una vez que los niños fueron restituidos y se cumplió lo acordado no tiene sentido continuar con un procedimiento penal" que, por otro lado, "se está juzgando desde el primer día con extrema dureza" e incluso tiene "un punto de crueldad".

Tanto Abril como Gonzalo estiman que la Fiscalía ha protagonizado con su petición "un rearme de la justicia contra una mujer cuyo único delito ha sido querer proteger a sus hijos de un maltratador", y además ha supuesto una llamada del "patriarcado para lanzar una advertencia a todas las mujeres".

En la misma tónica se expresa Violeta Assiego, abogada especialista en derechos humanos. "El caso de Juana Rivas ha generado una controversia muy grande y ha puesto en jaque al sistema judicial y sus límites", sostiene. Assiego cree "importante subrayar que la lectura judicial sobre lo que tiene que ver con violencia de género deja mucho que desear" y, de hecho, expresa "muchas deficiencias y carencias a la hora de tomar medidas". La petición de la Fiscalía "va muy en relación a esa actitud machista que existe en el sistema judicial cuando las mujeres se rebelan o ponen encima de la mesa situaciones ante las que la norma no está preparada".

Por ello, concluye, lo que ocurre con Juana Rivas es que "ha puesto en jaque al sistema judicial y ahora está recibiendo una especie de reprimenda, un castigo ejemplarizante. La justicia responde atacando a Juana Rivas".

Retirada de la patria potestad

La petición de la Fiscalía incluye la inhabilitación especial para ejercer el derecho de patria potestad en un plazo de seis años. La figura de la patria potestad es la responsabilidad amplia que tienen los padres sobre sus hijos, la función de velar por los niños, tenerlos en su compañía, educarlos y administrar sus bienes, funciones todas ellas asociadas a la paternidad. Se ejerce por parte de ambos en acuerdo común y consultando con los hijos, de manera que cuando dicho acuerdo no se produce, suele buscarse la intervención de los jueces en función del interés superior del menor.

La retirada de la patria potestad resulta especialmente llamativa en el caso de Juana Rivas. "No se está privando de patria potestad ni a los condenados por malos tratos", critica Consuelo Abril. "Es arrancar a los menores de su madre en todas las decisiones que les afectan".

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Según la memoria de la Fiscalía General del Estado correspondiente al año 2016, del total de sentencias dictadas en relación a delitos contra la vida –consumados o intentos–, en 22 ocasiones víctima y feminicida tenían hijos comunes menores de edad. En 20 de los casos el hombre compartía la patria potestad sobre los hijos, y de ellos a 17 –el 85%– les fue retirada por privación o inhabilitación. Los tres restantes, el 15%, lograron conservar la patria potestad sobre sus hijos menores porque "ni se solicitó ni se impuso la pena del artículo 55 del Código Penal", responsable de retirarla en los casos de prisión por un periodo igual o superior a diez años.

Altamira Gonzalo explica que la retirada de la patria potestad "no es en absoluto habitual", sino que por el contrario se trata de una medida "excepcional" que sólo se lleva a cabo "de manera muy restrictiva y fundamentalmente cuando hay un abandono afectivo y material de los hijos".

Violeta Assiego estima, una vez más, que con la inhabilitación para ejercer la patria potestad "no se está teniendo en cuenta el interés del menor" y de hecho tampoco se están tomando las "diligencias oportunas en cuanto a la Ley de la Infancia y la Adolescencia y al Estatuto de la Víctima". Los niños que se encuentran en un entorno de violencia de género, recuerda la letrada, son considerados también víctimas desde el año 2015 . En este sentido, tacha de "excesiva" a la medida y se pregunta por qué se solicita dicha inhabilitación por un presunto delito de sustracción de menores y no se hizo con Francesco Arcuri, sobre quien pesa una condena por malos tratos.

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