El futuro de Cataluña

El Gobierno y la justicia tensan las costuras del Estado en la batalla legal de Cataluña

El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy.

La gravedad de la crisis territorial en Cataluña está provocando que, en los últimos meses, lo que podría parecer excepcional en otro momento haya dejado de serlo. El penúltimo capítulo de la batalla jurídica que mantiene el Estado con los dirigentes independentistas catalanes tuvo lugar hace unos días, cuando el Tribunal Constitucional decidió prohibir a Carles Puigdemont presentarse a la investidura en un auto que generó las críticas de multitud de juristas que entendieron que el TC se extralimitó en sus funciones. El Ejecutivo, además, decidió presentar este recurso con el criterio unánimemente contrario del Consejo de Estado. Y no es la única decisión que ha tensado las costuras de las instituciones del Estado en los últimos tiempos, ya que otras decisiones judiciales relativas al independentismo también han suscitado una fuerte controversia.

El propio Tribunal Constitucional justificó las medidas de su auto de hace unos días en la "urgencia excepcional" y la situación sin "precedentes" que se vive en Cataluña. Y lo cierto es que son escasos los antecedentes a decisiones como la que tomó el tribunal, que en principio sólo iba a decidir sobre la admisión a trámite de un recurso del Gobierno y acabó tomando medidas cautelares contra la investidura de Puigdemont pese a que el Gobierno no las había solicitado. El País informó de que ntes de dictar su resolución magistrados del Constitucional recibieron llamadas del Ejecutivo.

La resolución del TC generó una cascada de comentarios en contra procedentes de juristas no precisamente independentistas. Uno de los que se pronunció de manera más extensa fue Miguel Ángel Presno, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Oviedo, que en sendas entradas en su blog criticó las medidas cautelares adoptadas por el Constitucional, el hecho de que el tribunal no se haya pronunciado aun sobre la admisión del recurso habiendo tenido tiempo para hacerlo y la asunción de "la premisa gubernamental, astrológica o nigromántica" de que Puigdemont no se presentaría en la sesión de investidura del pasado martes.

"Una de las cuestiones que llama la atención de este auto es la concesión de un plazo de diez días para que las partes presenten alegaciones sobre la admisibilidad del recurso planteado por el Gobierno", algo que el Constitucional justifica señalando que la decisión final que se tome puede afectar a los derechos de algunos diputados del Parlament, señala Presno. Y es llamativo para el constitucionalista que, existiendo ese riesgo, el TC ofrezca un margen tan amplio cuando podría haber dado un plazo de dos días para presentar alegaciones –en lugar de diez– para poder "tomar una decisión antes de la celebración del pleno" del pasado martes. De haber admitido a trámite el recurso del Gobierno, el pleno hubiera quedado automáticamente suspendido, y en caso contrario se hubiera podido celebrar con normalidad.

Pero, con la resolución que se publicó, "sin suspender formalmente las resoluciones recurridas, se les ponen unas condiciones que, prácticamente, aseguran el mismo resultado, y ello a pesar de que [...] sí tendrían tiempo para adoptar la decisión si dieran un plazo breve de alegaciones", critica Presno. Por otra parte, estas medidas cautelares, añade, no tienen suficiente base legal. "No acabo de ver en qué garantizan las medidas adoptadas la resolución del auto, que es dar diez días de plazo para las alegaciones sobre la admisibilidad del recurso", sostiene el constitucionalista, que además apunta que la ley exige que sea el recurrente quien pida las medidas cautelares y que, antes de decidir sobre las mismas, "se escuche a la otra parte, algo que no ha ocurrido".

De la misma forma, Presno denuncia que el TC se pronuncie sobre hechos posibles en el futuro en lugar de sobre acontecimientos ya ocurridos, como hace al asumir que Puigdemont no se presentaría a la investidura presencialmente. Acontecimientos, además, por los que no se le cuestiona, ya que el Gobierno no impugnó "las condiciones de la votación (si debe ser presencial o no)", sino únicamente "si Puigdemont puede, en su situación actual, ser candidato".

Otras fuentes jurídicas coinciden con Presno y lamentan que se esté "forzando" al TC a través de hechos como la adopción de medidas cautelares que se produjo hace unos días. "No es lo que se haría normalmente, los magistrados se limitarían a admitir o a inadmitir el recurso", apuntan estas fuentes. Por su parte, Javier Pérez Royo, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Sevilla, denuncia que las llamadas de miembros del Gobierno a los magistrados del TC antes de que estos tomasen su decisión supone "una vulneración clarísima de la norma". "Y la culpa también es de los magistrados del Constitucional, por no decir 'basta ya' cuando recibieron esas llamadas", critica.

El Gobierno ignora al Consejo de Estado

El recurso presentado ante el Constitucional por parte del Gobierno ya venía con polémica desde incluso antes de que el tribunal se pronunciase. Y es que el Ejecutivo recibió un fuerte varapalo cuando el Consejo de Estado, por unanimidad, se mostró contrario a presentar el recurso al considerar que no se podía impugnar la investidura de Puigdemont "a título preventivo". El criterio del Consejo de Estado es que el Tribunal Constitucional no puede decidir sobre un eventual acto ilegal –la investidura del expresident– que podría cometerse en el futuro, sino que debería anularlo, en su caso, una vez se hubiera producido.

Hasta la misma mañana del día en el que el Consejo de Estado se pronunció, el Gobierno mantenía el mismo criterio que la institución sobre el tema. "El recurso [ante el Tribunal Constitucional] tendría que presentarse después de que se produjera el acto administrativo que lo motivara", planteó el propio Mariano Rajoy el miércoles, un día antes de la decisión del Consejo de Estado. No obstante, el Ejecutivo cambió de opinión y, posteriormente, decidió obviar el dictamen de la institución y presentar igualmente el recurso.

Fuentes del propio TC reconocían a infoLibre poco antes de emitir su resolución que el informe en contra del Consejo de Estado convertía su decisión en un asunto "sin precedentes". Y Pérez Royo, por su parte, es muy crítico con el escrito presentado por el Ejecutivo ante el Constitucional y sostiene, además, que "normalmente" los dictámenes del Consejo de Estado se suelen respetar, pese a que no tienen carácter vinculante.

¿Cómo argumentó el Gobierno su cambio de criterio? Fue la vicepresidenta del Gobierno la que compareció para informar de los trámites que Rajoy había trasladado al Consejo de Estado para que este se pronunciase. "El fundamento es que el estatus jurídico actual de Puigdemont es incompatible a con su comparecencia presencial en la Cámara", dijo, porque el expresident "carece del derecho de libertad deambulatoria" dado que tiene que ser detenido tan pronto como entre en territorio español.

Las decisiones de Llarena

Sin embargo, el centro de la polémica no solo se ha situado en las decisiones del TC o del Consejo de Estado. Varias de las decisiones que ha tomado el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena –que instruye el sumario contra Puigdemont y el resto de dirigentes independentistas catalanes encarcelados o huidos– también son, a juicio de diversos expertos, dudosas. Es el caso, por ejemplo, de la negativa de Llarena a reactivar la euroorden de detención contra Puigdemont cuando éste se desplazó a Dinamarca, tal y como solicitaba la Fiscalía: la argumentación del juez fue entonces que no le mandaba detener porque era precisamente lo que el expresident buscaba.

"Llama la atención que quien se encuentra prófugo de la justicia tras su furtiva salida de nuestro país, desvele por adelantado su intención de trasladarse del lugar donde buscó su refugio inicial, y que proclame además el punto concreto donde estará presente", aseguraba Llarena en su auto, en el que llamaba la atención sobre la posibilidad de que "el comportamiento [de Puigdemont] pueda buscar la detención, [...] más aún cuando el investigado sigue eludiendo comparecer en el proceso y ha proclamado que lo elude por no asumir el riesgo de una eventual privación de libertad".

Se trata de una argumentación que Pérez Royo tacha de "anormal". Lo que está detrás del rechazo de Llarena a poner en marcha la euroorden, asegura el constitucionalista, es la posibilidad de que los jueces extranjeros se nieguen a procesar a Puigdemont y entregarlo a España por el delito de rebelión, que pena a quienes "se alzaren violenta y públicamente" para, entre otras cosas, "declarar la independencia de una parte del territorio nacional". "En cuanto argumenten ante un juez imparcial, no se va a a sostener el delito de rebelión, como mucho se le podrá acusar de malversación o sedición", plantea Pérez Royo, que critica, además, que Llarena en su auto haga un "juicio de intenciones" en lugar de valorar un hecho consumado.

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El constitucionalista, además, critica que el proceso contra los exconsellers y Puigdemont se ha llevado de forma dudosa desde el principio y señala algo que varios juristas llevan denunciando meses: que, a su juicio, la Audiencia Nacional –que asumió inicialmente la instrucción contra los trece dirigentes– no es el tribunal adecuado para juzgar la rebelión y la sedición. "Se han saltado la jurisprudencia, porque la Audiencia Nacional no tiene competencias para juzgar los delitos de rebelión", denuncia Pérez Royo. La causa posteriormente fue asumida por el Tribunal Supremo, algo que, a juicio del jurista, tampoco es correcto, ya que –sostiene– el órgano competente desde el principio hubiera sido la Audiencia Provincial de Barcelona y, en el caso de los aforados, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

La última decisión controvertida de Llarena se produjo este mismo viernes, cuando rechazó liberar de su encarcelamiento preventivo al exconseller Joaquim Forn argumentando que persiste el "riesgo de reiteración delictiva" por su parte, a pesar de que Forn renunció el 23 de enero a su acta de diputado en el Parlament obtenida en la lista de Junts per Catalunya en las elecciones del pasado diciembre.

En su auto, el juez señala que no tiene la certeza de que "la voluntad política mayoritaria sea respetar el orden legal para lograr la aspiración de independencia que aun hoy comparte el investigado". El problema, para Llarena, es que la ideología independentista de Forn "coexiste con un contexto político en el que no hay certeza de que haya desaparecido la intención de alcanzar la independencia de Cataluña", y de hecho esa es la intención de "quien otorgó en su día la confianza al señor Forn para que fuera conseller de Interior y que encabezó la lista electoral en la que el investigado decidió integrarse hace escasas semanas": Puigdemont.

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