Educación

Los argumentos del TC para tumbar el sistema de ayudas a la enseñanza en castellano en Cataluña que ideó el PP

Manifestación en Barcelona, en 2014, en contra de la LOMCE.

El Tribunal Constitucional entró este martes en escena en medio del debate creciente sobre el sistema educativo catalán al anular, por unanimidad, el mecanismo que blinda la enseñanza en castellano en Cataluña. La reforma educativa que el Partido Popular aprobó en solitario en 2013 autorizó el modelo de inmersión lingüística –que permite que todas las asignaturas, salvo lengua y literatura española, se impartan en catalán– siempre que la Generalitat pagara la escolarización en centros privados a los alumnos que solicitaran estudiar en castellano.

El Govern, en un recurso presentado en marzo de 2014, concentró sus reproches en la función reservada por esa norma al Ministerio de Educación para decidir sobre la escolarización de alumnos en escuelas privadas cuando la Alta Inspección Educativa comprobara que la programación de la administración autonómica, que es la competente en materia educativa, no garantizaba una "oferta docente razonable" sostenida con fondos públicos en la que el castellano fuera lengua vehicular. La LOMCE preveía también que esas ayudas, de hasta 6.000 euros por alumno, fueran descontadas de las transferencias autonómicas que recibe Cataluña. 

En el fallo [consultar, aquí], el alto tribunal reconoce que corresponde al Estado velar por el "respeto a los derechos lingüísticos en el sistema educativo", pero subraya que esa función tiene que realizarla sin rebasar las competencias que constitucionalmente le están reservadas. En este sentido, resalta que la "intervención directa" de la Alta Inspección Educativa en la escolarización de los alumnos en Cataluña "desborda" su función de "comprobación, fiscalización o verificación" y supone la "indebida asunción directa y exclusiva por el Estado de una competencia de ejecución propia de la comunidad autónoma". 

El TC sostiene que no se puede verificar si hay cumplimiento o no de lo que establece la LOMCE respecto al modelo lingüístico de los centros "sobre la mera base de lo que la Alta Inspección Educativa considere el margen de razonabilidad o adecuación". De hecho, la sentencia cuestiona que se utilicen esos criterios vagos para fijar en qué momento puede el Estado escolarizar alumnos en centros privados, con la consiguiente retención económica a la comunidad autónoma, y cuándo puede declarar extinguida esa obligación. 

Asimismo, el alto tribunal cuestiona el hecho de que el procedimiento se diseñara "sin establecer un mecanismo previo de intercambio de información (...) y sin articular modalidad alguna de requerimiento previo a la comunidad autónoma, a la que sólo se otorga audiencia en el seno de un procedimiento ya iniciado". En este sentido, concluye que "no se proporciona a la comunidad autónoma cauce alguno para manifestar su punto de vista como administración responsable de la programación educativa", ni "se le da ocasión para remediar" el incumplimiento mediante el ejercicio de sus propias competencias.

La sentencia del TC también anula la disposición que regula el modo en que se repercute a la comunidad autónoma, a través del régimen de financiación autonómica, la obligación financiera derivada de los gastos de escolarización en centros privados al entender que esa retención no tiene origen en una decisión previamente adoptada por un Ejecutivo regional en el ámbito de sus competencias.  

Demanda

En la gran mayoría de centros educativos de Cataluña la única materia que se imparte en castellano es la de lengua y literatura española. No obstante, según datos de la Generalitat, en el 14% de los colegios e institutos sostenidos con fondos públicos –490 de los 3.503 existentes– sí se imparte alguna materia más en español aunque la lengua vehicular es el catalán, pues la ley autonómica prevé la posibilidad de que el proyecto lingüístico de cada centro se concrete a partir de la realidad sociolingüística del entorno. 

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Ahora, en medio del debate sobre el sistema educativo catalán, esta sentencia del TC supone la eliminación del único recurso legal que tenían las familias, al margen de la vía judicial, para exigir una oferta docente con más horas de castellano con fondos públicos. No obstante, desde la entrada en vigor de la LOMCE, sólo se han registrado 154 solicitudes y se han aceptado alrededor de medio centenar, lo que evidencia que esta medida no cuenta con una gran demanda en términos absolutos. 

El modelo de inmersión lingüística, vigente desde principios de los noventa, cuenta con el respaldo de la inmensa mayoría de la comunidad educativa catalana, si bien en los últimos años una parte pequeña de la población en términos cuantitativos sí ha reclamado un sistema más equilibrado. Las cifras oficiales apuntan en esa dirección. Desde 2010, fecha en la que el soberanismo sitúa el punto de inflexión que disparó la indignación de parte de la sociedad catalana tras el fallo del TC que recortó el Estatut, se han presentado ante la Alta Inspección Educativa de Cataluña un total de 258 denuncias de familias que reclamaban más horas de castellano en los centros educativos, tal y como desveló infoLibre.

El Govern, que calificó la LOMCE de "recentralizadora" y "predemocrática", también impugnó ante el TC otros artículos de esa norma. Pero con menos éxito, pues el alto tribunal los ha declarado conformes a la Constitución. En concreto, los preceptos que atribuyen al Ministerio de Educación la competencia para regular las reválidas de ESO y Bachillerato o para fijar los "aspectos básicos del currículo". La sentencia también declara constitucional que el Estado pueda establecer mediante reglamento los criterios de admisión a los ciclos de grado medio y superior de FP cuando el número de plazas ofertadas sea inferior a la demanda. 

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