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El futuro de las pensiones

La jubilación en los órganos del Estado: de las pensiones para los exparlamentarios a las aportaciones del Banco de España

Manifestación convocada este sábado en Barcelona en defensa del sistema público de pensiones.

Las pensiones de jubilación están en el foco del debate político y social después de que el mes pasado decenas de miles de pensionistas salieran a las calles de toda España para clamar contra el "saqueo" del sistema. Unas marchas que se han repetido -este mismo domingo hay un centenar de manifestaciones convocadas por los sindicatos en toda España- y que forzaron al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, a comparecer en un Pleno monográfico en el Congreso de los DiputadosCongreso de los Diputados. En esta cita se comprometió a "mejorar" las pensiones mínimas y de viudedad en el proyecto de Presupuestos Generales del Estado que llegó pocos días después a la Cámara Baja. 

De forma paralela, el Gobierno también ha propuesto que los planes de pensiones puedan recuperarse a los diez años de la aportación, una medida que, según los cálculos del Ejecutivo, afectaría a unos 8 millones de ahorradores.

"Desde los poderes públicos debemos incentivar que el ahorro piense en el largo plazo; un ahorro con un horizonte temporal prolongado, que sirva como complemento de la pensión pública pero también para otros planes vitales, como la educación de los hijos, un proyecto personal o superar cualquier revés que nos pueda traer la vida; una inversión para el futuro a la que se pueda recurrir cuando sea necesario", justificó Rajoy el pasado 8 de febrero en un foro organizado por el diario Abc.

¿Qué ocurre en los órganos del Estado? ¿Tienen o han tenido acceso sus miembros y empleados a planes específicos de pensiones complementados con dinero público? infoLibre analiza los casos concretos del Congreso y el Senado, el Banco de España, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el Tribunal Constitucional (TC), la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), el Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo.

Congreso y Senado

El Congreso y el Senado dejaron de hacer aportaciones a los planes de pensiones de sus señorías a partir del año 2012. Fue un acuerdo del 25 de enero de las Mesas de ambas Cámaras. Seis años habían durado los preceptos del Reglamento de pensiones parlamentarias y otras prestaciones a favor de los pensiones parlamentariasexparlamentarios. Eran los años más duros de la crisis y estos recortes eran una forma de visibilizar que los políticos también se apretaban el cinturón.

El punto 16.1 de la citada normativa sostenía que "Las Cortes Generales, con cargo a su presupuesto y, para todos los diputados y senadores durante su mandato, abonarán a un plan de previsión social la cantidad correspondiente al 10 por ciento de la asignación constitucional". Teniendo en cuenta que la asignación constitucional es superior a los 2.800 euros, la aportación quedaba en unos 280 euros al mes. Anualmente, suponía más de un millón de gasto para las arcas públicas.

En todo caso, la decisión de poner fin a estas aportaciones a planes de pensiones privados, gestionados por el BBVA, no es un obstáculo para que quienes en su día se vieron beneficiados de estos ingresos extra mantengan activo el fondo haciendo aportaciones personales.

El acuerdo firmado por Jesús Posada (Congreso) y Pío García Escudero (Senado) en 2012 puso fin a las aportaciones de los planes de pensiones de los parlamentarios. Pero esto no supuso que ambas Cámaras hayan dejado de aportar en el momento de la jubilación de diputados y senadores. El mismo reglamento de julio de 2006 articulaba un mecanismo mediante el que cualquier parlamentario que hubiese ocupado un escaño por, al menos, siete años tenía derecho a obtener una pensión parlamentaria si cumplía una serie de requisitos: haber cumplido 65 años y obtenido la jubilación, haber obtenido la jubilación anticipada siempre que tuviese 60 años y hubiesen cotizado 40 o contar con una declaración de invalidez permanente. Se trataba de que, con estos ingresos, alcanzasen la cifra máxima de pensión pública.

A esta iniciativa se sumó la de que aquellos exparlamentarios a los que la duración de su mandato no les permitía obtener la pensión parlamentaria –también sus cónyuges viudos o hijos menores de 25 años– "podrán solicitar a las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado la concesión de una ayuda económica".

Todas estas ayudas fueron derogadas en julio de 2011 con el socialista José Bono apurando sus últimos meses como presidente de la Cámara Baja antes de la victoria de Mariano Rajoy. Pero la medida no tuvo efecto retroactivo, por lo que a día de hoy hay exintegrantes de ambas Cámaras que siguen ingresando por estas vías.

Con datos actualizados a 9 de marzo, son 111 los exparlamentarios que reciben mensualmente las pensiones parlamentarias. Y 118 los exparlamentarios o familiares que perciben la llamada "complementación de ingresos".

El primero de los conceptos supone para las arcas públicas más de 1,3 millones al año. El segundo, casi 1,3 millones. En total, más de 2,6 millones. Por legislatura, más de 10 millones de euros.

La pensión parlamentaria más alta la perciben Pablo Castellano, que fue diputado de IU y del PSOE y Jaime Ignacio del Burgo (PP). Reciben la misma cantidad, 3.010,15 euros al mes en doce pagas. Le sigue la exdiputada y exsenadora Cristina Almeida (IU): 2.709,14 euros. El 45% de los perceptores supera los 1.000 euros al mes.

La pensión máxima de jubilación en 2017 estuvo fijada en los 2.573,70 euros (14 pagas).

Banco de España

"El Plan de Pensiones para los empleados del Banco de España se encuadra entre los denominados 'de empleo', en la categoría de aportación definida", explican desde la institución. Los planes de pensiones de empleo (PPE) son una modalidad promovida por las empresas para sus trabajadores. Por "aportación definida" se entiende que la cuantía está determinada previamente. 

"El fondo en el que se integra dicho plan es de carácter externo y de tipo cerrado", añaden desde el Banco de España.

¿Quiénes pueden beneficiarse de estos planes? "Los empleados incorporados al Banco con posterioridad al 1 de febrero de 1986, sin distinciones de categoría profesional o cargo, pueden ser partícipes de este plan de pensiones si así lo desean, haciendo las aportaciones correspondientes", explican.

Por su parte, el organismo contribuye aportando el 7,5% del llamado "sueldo regulador", el mayor de los que ha percibido un funcionario. "Las contribuciones que realiza por su parte el Banco de España, establecidas en el 7,5 % del denominado 'sueldo regulador, se consideran un gasto corriente del ejercicio al que corresponden", subrayan las fuentes consultadas. Así figura en las cuentas anuales de la institución.

En las cuentas de 2016, último ejercicio publicado, puede comprobarse que la partida de gastos de personal pasó de 228,36 millones de euros en 2015 a 241,43 millones en 2016, con un aumento de 13,07 millones de euros (5,7%). "Este incremento está motivado, principalmente, por el incremento de la plantilla media y, en menor medida, por la subida del 1% en las retribuciones", puede leerse en el citado documento. 

Del total, 8,80 millones de euros fueron destinados al concepto "planes de pensiones""planes de pensiones", una cantidad que en 2015 fue de 7,93 millones de euros, lo que implica un incremento del 11%

El gasto en planes de pensiones supone el 3,8% del total de los gastos de personal del Banco de España.

El pasado marzo, el gobernador del Banco de España, Luis María Linde, vio "difícil" que se pueda costear la vinculación de la revalorización de las pensiones al IPC y abogó por incentivar los planes de pensiones privados. "Sería bueno que la gente no solo invirtiese en vivienda, sino también un poco en activos financieros", dijo Linde, provocando la irritación en distintos sectores que denuncian la imposibilidad de ahorrar de las capas sociales más afectadas por la crisis y el aumento de la desigualdad.

Consejo General del Poder Judicial

El único plan de pensiones que existe en el CGPJ es el de la Administración General del Estado (AGE). Según informan en la institución fue el 7 de julio de 2004 cuando el Pleno autorizó al Secretario General para solicitar de la Comisión Promotora del citado plan, conjuntamente con la representación del personal, la adscripción del Consejo al mismo, en calidad de promotor.

El plan incluía a todo el personal del Consejo: personal funcionario, personal eventual y altos cargos (vocales), detallan en el CGPJ.

En todo caso, precisan que desde 2011 no se hacen aportaciones al plan de pensiones de la AGE. El artículo 22 de la ley de Presupuestos para el año 2012 fijó el fin de estos ingresos. 

La aportación de 2011 correspondiente al Presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ fue de 154,80 euros , según detallan.

Fuera ya del Plan de Pensiones de la AGE, en el CGPJ sólo existe una indemnización por abandono de cargo. Es la que corresponde al Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial.

Sólo el Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial "tendrá derecho a percibir, a partir del mes siguiente al que se produzca su cese en dicho cargo y durante un plazo igual al que hubiera desempeñado su cargo, sin que puedan percibirse más de veinticuatro mensualidades, una pensión indemnizatoria mensual igual a la doceava parte del ochenta por ciento del total de retribuciones asignadas al cargo respectivo en el Presupuesto en vigor durante el plazo indicado". La retribución anual, según figura en los presupuestos vigentes es de 132.769,12 euros.

"Esta pensión está sujeta a las incompatibilidades establecidas en el Real Decreto 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad (artículo 1)", explican desde la institución.

Hasta la entrada en vigor de la Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio, de reforma del Consejo General del Poder Judicial, existía la llamada "remuneración de transición" a la que tenían derecho los vocales en determinadas circunstancias. 

Tribunal Constitucional

Fuentes de la institución informan a este diario de que el Tribunal Constitucional (TC) no dispone de un plan especial de pensiones o una pensión complementaria para ex trabajadores o ex magistrados.

Al igual que ocurre en el CGPJ, sí existe la pensión indemnizatoria del expresidente y una remuneración de transición para los exmagistrados. 

La legislación establece que quienes han desempeñado el cargo de presidente del TC tienen derecho a percibir, al cesar en el cargo, una pensión indemnizatoria consistente en una pensión mensual a percibir durante un plazo igual al que hubieran desempeñado el cargo, hasta un máximo de veinticuatro mensualidades, de importe igual a la doceaba parte del ochenta por ciento del total de retribuciones asignadas al Presidente en el presupuesto en vigor durante el plazo indicado. Un concepto que está sometido al régimen de incompatibilidades previsto en la ley del alto cargo.

"Con arreglo a la citada normativa, los pagos mensuales correspondientes a la pensión indemnizatoria del más reciente presidente emérito del Tribunal Constitucional (Excmo. Sr. D. Francisco Pérez de los Cobos Orihuel) comienzan a percibirse en el mes de abril de 2017, con efectos desde la fecha de su cese, 15 de marzo de 2017, extendiéndose hasta el mes de marzo de 2019 (efectos económicos de 1 a 14 de marzo). Las percepciones correspondientes a este concepto en el ejercicio 2017, con cargo al presupuesto del Tribunal Constitucional, ascienden a 99.735,58 euros", puede leerse en el Portal de Transparencia de la institución.

Además, la ley del TC establece el derecho de los magistrados que hubieran desempeñado el cargo durante un mínimo de tres años a una remuneración de transición por un año, equivalente a la que percibieran en el momento del cese.

Tribunal de Cuentas

Fuentes del órgano fiscalizador consultadas por este diario informan de que el Tribunal de Cuentas no dispone de ningún plan especial de pensiones ni de pensiones complementarias para extrabajadores o exdirectivos jubilados.

Por otra parte, subrayan que el personal del Tribunal de Cuentas que está trabajando está incluido, salvo renuncia individualizada, en el Plan de Pensiones de la Administración General del Estado. Un plan que, precisan, "tienen todos los funcionarios".

"El Plan de Pensiones de la Administración General del Estado se creó por la Ley 61/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2004 (Art. 19.Tres) y por Resolución de 13 de octubre de 2004, de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, (BOE del 14 de octubre) se aprueban las Especificaciones del Plan de Pensiones, iniciándose las aportaciones en ese año. Sin embargo, posteriormente las aportaciones a los Planes de Pensiones se suspenden en virtud de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales para el año 2012 (Art. 22.Tres)", detallan.

CNMV y CNMC

En ambos casos se da la misma circunstancia, según explican en ambos organismos: no hay planes específicos.

"En la CNMV no existe ningún plan especial de pensiones o una pensión complementaria para ex trabajadores o ex directivos jubilados. Ló único que hay es el plan de pensiones de la Administración General del Estado, común a toda la administración central", señalan.

Los miembros de la CNMC, desde su nacimiento en 2013, disponen del mismo plan de pensiones que el resto de integrantes de la Administración General del Estado. Desde el superregulador recuerdan que no hay aportaciones públicas a estos fondos desde los Presupuestos de 2012.

La última memoria anual del Plan de Pensiones de la Administración General del Estado es la correspondiente a 2016. Según este documento, el colectivo total del plan a 31 de diciembre fue de 563.857 personas, cifra que incluye tanto a los partícipes como a los beneficiarios que no han cobrado las prestaciones correspondientes. Y las aportaciones de los partícipes en 2016 supusieron 3.163.192,38 euros.

La memoria sostiene que "aunque las aportaciones de las entidades promotoras han sido, desde la creación del fondo, el componente que financia principalmente su patrimonio, la contribución realizada en el ejercicio 2016 por el conjunto de promotoras adscritas al Plan de Pensiones de la AGE ascendió sólo a 30.469,41 euros, correspondientes exclusivamente a regularizaciones de aportaciones de ejercicios anteriores".

"Esta cifra tan reducida se debe a que se han mantenido, para este ejercicio, la prohibición legal para las administraciones públicas de realizar aportaciones a planes de pensiones de empleo que incluyan la contingencia de jubilación, dentro del mandato constitucional de estabilidad presupuestaria", refleja.

A cierre de 2016, la cuenta de posición del plan de pensiones de la AGE mostraba un saldo de 643.555.554,04 euros frente a los 652.177.763,45 del ejercicio anterior.

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Defensor del Pueblo

En el Defensor del Pueblo precisan que "sólo existe un plan de pensiones para empleados". Y que estos, en calidad de personal eventual de las Cortes Generales disponen del mismo plan que los trabajadores de Cortes.

Las mismas fuentes subrayan que "este plan está congelado, como en las Cortes".

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