LA PORTADA DE MAÑANA
Ver
Especulación en el infierno: los intermediarios inflan los precios en medio del caos y la muerte de Gaza

El futuro de Cataluña

La posibilidad de que la Justicia alemana no aprecie violencia en la conducta de Puigdemont amenaza la instrucción de Llarena

Fernando Varela

Las autoridades judiciales españolas y el Gobierno de Mariano Rajoy se las prometían muy felices cuando este domingo fueron informadas de la detención del expresidente Carles Pugdemont en suelo alemán al dar por hecho que la justicia germana atenderá sin problemas la petición de entrega formulada por el Tribunal Supremo. Esta convicción se basa en que el derecho alemán castiga con un mínimo de diez años de cárcel y hasta cadena perpetua –aunque en la práctica no se superan los 25 años en la cárcel–un delito en apariencia semejante al español: el uso de la fuerza o la amenaza del uso de la fuerza para “socavar la continuada existencia de la República Federal de Alemania” o bien “para cambiar el orden constitucional basado en la ley fundamental de Alemania”.

Sin embargo, a medida que van pasando los días, se extienden cada vez más las dudas sobre la decisión final de la justicia alemana. De hecho, el auto de la jueza que interrogó a Puigdemont en la localidad de Neumünster ya afirma que “no cabe duda de que el contenido de la orden de detención europea indica que la extradición de la persona perseguida podría considerarse inadmisible si se tienen plenamente en cuenta las cuestiones jurídicas en cuestión”. Lo que significa que, si la decisión final dependiera de esta juez, Puigdemont no sería entregado a España para ser juzgado por rebelión. En todo caso, la decisión no la tomará dicha jueza de primera instancia, sino la Audiencia Provincial del Estado de Schleswig-Holstein.

¿Cuál es el problema? La necesidad de que la justicia alemana observe que el delito que se atribuye a Puigdemont fue cometido con violencia o llamando a la violencia.

La revista alemana Der Spiegel ya aseguraba esta semana que Alemania “probablemente tendrá que entregar a Puigdemont” por el delito de malversación de fondos públicos pero planteaba serias dudas en relación con el delito de rebelión, porque la “alta traición” germana no es comparable a la “rebelión” tal como la entiende la legislación española. Todo depende de que “las acciones de Puigdemont se clasifiquen como traición desde el punto de vista del derecho penal alemán”. Y de que se acredite “el uso de la fuerza”, subrayaba la publicación, que incluso planteaba la posibilidad de que el magistrado Pablo Llarena terminase retirando la euroorden de detención, como ya hizo en diciembre cuando el político catalán estaba en Bélgica, ante el riesgo de que éste país aceptase extraditarlo pero sin autorizar que fuese juzgado por rebelión.

El abogado alemán Oliver Garcia, editor de la web especializada Dejure.org, predice que la justicia alemana acabará denegando la entrega por el delito de rebelión.

Como ni la malversación ni la rebelión forman parte del catálogo de delitos citados en la ley de asistencia judicial recíproca internacional en materia penal, la clave del asunto es que los hechos investigados en España estén penados por el Derecho alemán.

En el caso de la rebelión, “el hecho de que existan normas parecidas a un nivel abstracto en ambos sistemas de derecho penal no es suficiente”, advierte Garcia. Es necesario que “la conducta declarada punible por el Estado” español sea “efectivamente punible en el Estado” alemán. “Incluso en el caso de una redacción idéntica y de la utilización de los mismos términos” en los códigos penales de los dos países, subraya, Alemania “debe clasificarlos en el Derecho penal de conformidad con su propia legislación”.

En su opinión, la jurisprudencia alemana sostiene que “el rasgo diferenciador” de un acto de violencia es su “grado de efecto coercitivo”. “No es el uso de la fuerza en sí mismo lo decisivo, sino la conexión del efecto entre ella y el objetivo deseado”. Esto significaría que no todos los actos de violencia son suficientes para hablar de “alta traición”, sino que también “deben tener una relevancia de impacto en el caso concreto precisamente para lograr el objetivo de la secesión”.

“En otras palabras”, subraya Oliver Garcia, lo decisivo es establecer una relación entre la violencia y el objetivo de la independencia, hasta el punto de que “incluso los disturbios ocasionales importantes en el contexto de un movimiento de secesión se descartan como delitos penales si carecen de la capacidad de provocar realmente la secesión”.

Los “episodios con un potencial considerable de lesiones” citados por el juez Pablo Llarena en su auto de procesamiento y “los enfrentamientos con la policía, que también pueden ocurrir en otras manifestaciones, no son, por lo tanto, actos” que puedan ser considerados desde el punto de visto de la violencia a la que hace referencia el delito de alta traición en el derecho alemán, con independencia incluso de la “cuestionable atribución” de la autoría de esos hechos a Carles Puigdemont.

Elementos dudosos

El profesor Kai Ambos, de la Universidad de Göttingen, especialista en derecho penal internacional, también cree que la decisión sobre la entrega depende de la punibilidad en Alemania “de la conducta indicada por las autoridades españolas”. Lo que, en cuanto a la rebelión, “requiere violencia o la amenaza con violencia”, dos elementos que considera  “dudosos” en el caso de Puigdemont. “La punibilidad de su conducta según el derecho alemán no está clara”, aseguró en respuesta a las preguntas de infoLibre, ni siquiera en relación con el delito de malversación.

En cualquier caso, pronto saldremos de dudas, según Ambos. “Normalmente estos procedimientos son rápidos; creo que la Fiscalía competente decidirá la próxima semana y dentro de poco lo hará el tribunal”, señaló.

También el experto en Derecho Penal Nikolaos Gazeas señaló a la radio alemana Deutschlandfunk que no cree que Puigdemont vaya a ser entregado por el delito de “alta traición” porque debe estar ligado a un acto violento. Gazeas, en cambio, sí cree que puede ser entregado por el delito de malversación, opinión que compartió en los últimos días el profesor Martin Heger en declaraciones a Der Spiegel.

“Si el tribunal dictamina que una extradición sólo sería legítima para ciertos delitos individuales, entonces tendrá un impacto en el procedimiento penal en España porque la ley de extradición internacional se basa en el principio de especialidad que establece que sólo los delitos por los que el delincuente fue extraditado pueden ser juzgados”, explicó Gazeas a Reuters.

Gonzalo Boye, abogado de los también procesados Toni Comín y Meritxell Serret, desplazado estos días a Alemania para coordinar la defensa de Puigdemont, tampoco cree que exista ninguna posibilidad de que el expresidente sea entregado a España por el delito de rebelión, porque a su juicio no se le puede atribuir violencia. Boye cree además que el juez ha intentado hacer “trampa” para agilizar la entrega al convertir el delito de malversación en “corrupción” y hacerlo constar así en el formulario enviado a la justicia alemana, cuando no siempre son lo mismo.

La clave de la decisión, explica Boye, es si el comportamiento de Puigdemont encaja con lo que el derecho alemán considera uso de la fuerza o amenaza del uso de la fuerza para “socavar la continuada existencia” del país o “para cambiar el orden constitucional”. Él, naturalmente, está seguro de que no.

La posibilidad de que Alemania entregue a Puigdemont para ser juzgado sólo por el delito de malversación, castigado en España con penas de uno a ocho años de cárcel, y no por el de rebelión, que conlleva de 15 a 25, plantea un serio problema al Tribunal Supremo. Si acaba teniendo que juzgarle únicamente por ese delito se puede dar la paradoja de que el máximo responsable político del procés independentista sea condenado a penas mucho más suaves que el resto de encausados, jerárquicamente situados por debajo de él.

El riesgo de que esto suceda ya llevó a Llarena a retirar, el pasado mes de diciembre, la orden de detención que había cursado contra el expresident cuando este se encontraba en Bélgica. El propio magistrado señalaba en el auto que los hechos investigados sugieren la comisión de “un delito de naturaleza plurisubjetiva mediante el concierto de todos los investigados y con una unidad jurídica inseparable”, por lo que, si se excluye a una parte de los imputados de la acusación, el proceso podría conducir “a respuestas contradictorias y divergentes para los distintos partícipes”.

Si se deniega la entrega por el delito de rebelión, reconocía entonces Llarena, el proceso acabaría favoreciendo a los fugados en comparación con quienes no abandonaron España.

¿Puede el Supremo renunciar a la entrega de Pugdemont si no Alemania no incluye el delito de rebelión? Fuentes de Tribunal Supremo, consultadas por infoLibre, no pudieron responder a esta pregunta. Otras fuentes jurídicas indicaron que sólo podría antes de que la Justicia alemana adopte una resolución, pero no después.

Más sobre este tema
stats