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De tres a seis años de prisión: la pena a la que se enfrentarían el autor o autores de la falsificación del acta

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes.

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La polémica en torno al máster de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes, podría dar un nuevo giro y entrar en terreno penal si se confirma la información publicada este miércoles por El Confidencial. Este periódico asegura que el acta que utilizó la presidenta regional para defenderse de las acusaciones vertidas sobre ella fue fabricada el mismo día que saltó el escándalo en eldiario.es. Dicho documento público contendría al menos dos firmas falsificadas, las de las profesoras Clara Souto y Alicia López de los Mozos, dos de las tres supuestas integrantes del tribunal que examinó el Trabajo de Fin de Máster (TFM) de Cifuentes. De ser así, el autor o los autores de la falsificación podrían haber cometiendo un delito de falsedad documental

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De acuerdo con el artículo 390 del Código Penal, la falsedad de documentos públicos, oficiales y mercantiles puede acarrear "penas de prisión de tres a seis años, multa de seis a veinticuatro meses e inhabilitación especial por tiempo de dos a seis años". 

La responsabilidad es de "la autoridad o funcionario público" que cometa la falsedad. Y las multas de prisión e inhabilitación se contemplan cuando el trabajador responsable "altere un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial" o simule "un documento en todo o en parte, de manera que induzca a error sobre su autenticidad", entre otros supuestos.

 

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