Cataluña

El juez deja a los independentistas en minoría en el Parlament

Carles Puigdemont junto al actual president, Quim Torra.

infoLibre

El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena, que investiga los hechos relacionados con el proceso soberanista en Cataluña, dictó este martes un auto en el que concluye la instrucción de la causa del procés, suspende de cargo público al expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y otros cinco investigados que mantienen su acta como diputados en el Parlament y declara la rebeldía de todos los investigados fugados, por lo que abre una pieza separada sobre este asunto, informa Europa Press.

En su auto de conclusión de sumario, Llarena explica que la suspensión de funciones o cargo público responde a la aplicación del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim). Así, el juez del Supremo argumenta que la aplicación busca impedir "que personas que ofrecen indicios racionales de haber desafiado y atacado de forma grave el orden de convivencia democrática" puedan continuar desempeñando "una función pública de riesgo para la colectividad". Además de a Puigdemont, la suspensión afecta a Oriol Junqueras, Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva y Jordi Sànchez. 

Nada más conocerse la noticia, el expresident de la Generalitat acudió a Twitter para criticar la decisión tomada por el magistrado: "Esta decisión describe el nivel de calidad democrática del Estado. El voto de los ciudadanos, maltrecho por una justicia que continúa haciendo política. Será largo pero ganaremos", escribió Puigdemont en su perfil de la red social.

Además, el expresident se mostró convencido de que la república catalana llegará algún día y en ella no se verán decisiones como las que tomó este martes el Alto Tribunal: "La república tiene que hacer prevalecer los derechos fundamentales que la monarquía del 155 aplasta".

Además de a Puigdemont, esta suspensión afecta al exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras; al exlíder de la ANC Jordi Sànchez y a los exconsejeros Jordi Turull, Josep Rull y Raül Romeva, que se encuentran en prisión provisional.

Según explica el juez Llarena, una vez que se hace firme el auto de procesamiento la suspensión es automática, ya que se trata de una medida cautelar de "naturaleza pública y extraordinaria" que persigue preservar el orden constitucional para impedir que personas que "ofrecen indicios racionales de haber desafiado y atacado de forma grave el orden de convivencia democrática mediante determinados comportamientos delictivos, entre los que se encuentra el delito de rebelión, puedan continuar en el desempeño de una función pública de riesgo para la colectividad cuando concurren además en ellos los elementos que justifican constitucionalmente su privación de libertad".

Recuerda el auto que es la Mesa del Parlament la que debe adoptar las medidas precisas para que esta suspensión se haga efectiva y deja la posibilidad de que los procesados suspendidos puedan ser sustituidos temporalmente por otros integrantes de sus candidaturas, lo uqe no es legalmente posible. Añade el magistrado que esta medida es provisional y que si su situación procesal cambia, ya sea porque se atribuya a los procesados otras infracciones penales distintas a la rebelión o se modifique su situación de prisión provisional, podrían recuperar su condición política.

"Resultaría ineficaz si la lógica y legítima aspiración de mantener la mayoría parlamentaria obtenida en los comicios, forzara a los procesados suspendidos a renunciar de manera irrevocable a una representación que la ley les limita sólo temporalmente", dice el juez instructor. Tampoco considera coherente que haya que "imponer" a los grupos parlamentarios en los que se integran los seis procesados a que renuncien "a su mayoría parlamentaria" mientras dure la suspensión, ni que los hasta ahora diputados abandonen "definitivamente" su derecho de representación de los electores.

Sin estos seis deputados, los grupos independentistas en el Parlamento solo suman 64 votos (30 de Junts per Catalunya, 30 por Esquerra y cuatro por la CUP), uno menos que la suma de Cs (36), PSC (17), Catalunya en Comú (8) y PP (4).

Por otra parte, el juez Llarena no acepta ninguna de las últimas diligencias solicitadas tanto por las defensas como por la acusación popular ejercida por Vox al considerar que son "innecesarias o reiterativas" y cree que la causa está lista para su enjuiciamiento. Por ello, cierra la instrucción pero sólo contra los 18 procesados que están a su disposición, pues deja abierta la investigación contra los investigados huidos Puigdemont, Toni Comín, Lluís Puig, Meritxell Serret, Clara Ponsatí, Marta Rovira y Anna Gabriel, cuya situación queda pendiente en una pieza separada.

Contra este auto no cabe recurso, pues según dice el magistrado con la conclusión del sumario pierde la competencia y envía a la Sala las actuaciones para que revise cualquier escrito que presenten las partes, incluso para que confirme o revoque la decisión de Llarena de cerrar la investigación y sobre la suspensión de cargo público que este martes ha hecho efectivo. Lo único de lo que continúa siendo competente es sobre la pieza separada que ha creado tras declarar en rebeldía a los procesados huidos de la Justicia.

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En cuanto a Toni Comín, la suspensión no le afecta al solicitar, junto a la exconsejera Meritxell Serret, dejar sin efecto el auto de procesamiento del pasado 21 de marzo ya que alegaron que hasta el 5 de junio de 2018 "no fueron tenidos por parte", ni se les había notificado hasta entonces dicha resolución, ni se les ha recibido declaración indagatoria para comunicarles personalmente su procesamiento.

El juez Llarena no comparte los argumentos esgrimidos y destaca que desde el momento que se dictó el auto de procesamiento y se le notificó a su defensa el pasado 2 de abril, se les ofreció la posibilidad de personarse en el procedimiento y que se les diese acceso a todas las actuaciones. Asimismo, recuerda que tras diversas negativas de ambos a personarse, finalmente el 6 de junio presentaron un escrito para que se les tuviera presentes en la causa.

Finalmente, el magistrado del alto tribunal considera que debe aceptar la pretensión de los dos exconsejeros, aunque hayan comparecido en el procedimiento con "posterioridad" a que se desestimasen los recursos del resto de procesados, para que puedan recurrir sus procesamientos por rebelión y malversación de Comín y por los delitos de desobediencia y malversación de Serret.

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