Consejo de Ministros

El Gobierno se suma a las movilizaciones del 8M y ese día limitará sus actividades a la celebración del Consejo de Ministros

El ministro de Exteriores, Josep Borrell, y la vicepresidenta Carmen Calvo, a su llegada a la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Fernando Varela

Medidas urgentes en materia de vivienda, de igualdad entre hombres y mujeres, de previsión ante la posibilidad de un Brexit sin acuerdo, de protección del personal investigador en formación y de creación de la autoridad macroprudencial que tendrá que encargarse de detectar las señales que adviertan de la llegada de nuevas crisis económicas en el futuro. En vísperas de la disolución de las Cortes —el presidente Pedro Sánchez firmará el decreto correspondiente el próximo lunes— el Gobierno dio luz verde a una batería de asuntos que forman parte del núcleo duro de las propuestas electorales con las que el PSOE espera ganar las elecciones del 28 de abril.

Un conjunto de decretos al que el Gobierno sumó una declaración con motivo de la celebración, el viernes que viene, del 8 de marzo, el día internacional de la mujer. Una prioridad para el PSOE cuando estaba en la oposición y también para el Ejecutivo, hasta el punto de que el Gobierno ha decidido limitar ese día sus actividades a la celebración del Consejo de Ministros. Y sus integrantes, ministros y ministras, se disponen a participar activamente en las movilizaciones de ese día atendiendo las convocatorias en las que está previsto que participe el PSOE. La cita será este año especialmente relevante por su coincidencia con la precampaña electoral y la expectativa de que la extrema derecha consiga entrar en el Congreso de los Diputados con un programa marcadamente contrario a las políticas de igualdad.

Coincidiendo con estas fechas, uno de los reales decretos ley aprobados este viernes establece medidas urgentes para garantizar la igualdad entre mujeres y hombres en el empleo, en el que finalmente se incluye la ampliación del permiso por paternidad a ocho semanas en 2019, 12 en 2020 y 16 en 2021, equiparándolo así al de maternidad.

El Gobierno siempre ha expresado su intención de ampliar de manera progresiva el permiso de paternidad, que actualmente es de cinco semanas voluntarias. Así lo plasmó de nuevo en el borrador del decreto ley de 28 páginas que el Ejecutivo elaboró y presentó a los agentes sociales y patronal la semana pasada, un texto que no generó acuerdo entre las partes.

Pese a ello, el decreto ley ha sido aprobado y, consecuentemente, el permiso por paternidad para funcionarios y trabajadores del sector privado se elevará gradualmente hasta 2021, cuando tendrán permisos iguales, intransferibles y retribuidos de 16 semanas. Estos serán ampliables en dos semanas por cada hijo en casos de partos múltiples.

El objetivo de llevar esta medida a través del decreto ley es poder hacerla efectiva, ya que se quedó en el aire al tumbarse los presupuestos generales por parte del Congreso de los Diputados. Una vez aprobado el decreto ley, las medidas en él contempladas entrarán en vigor tras su publicación este sábado en el Boletín Oficial del Estado aunque el texto deba ser convalidado posteriormente por el Congreso.

Medidas en materia de alquiler

Ese mismo día serán también de aplicación las medidas urgentes en materia de alquiler, que limitan las subidas anuales de los precios al incremento del IPC para todos los contratos nuevos durante la duración del contrato firmado y que finalmente no inlcuye la bonificación del 80% del IBI para el alquiler de vivienda habitual cuya renta fuese inferior a la determinada por el índice de referencia del precio del alquiler de vivienda, según han concretado fuentes del Ministerio de Fomento.

En concreto, con este real decreto, que amplía a cinco años la prórroga de la duración del contrato frente a los tres actuales, se vuelve a la situación de 1994 respecto a la toma en consideración del incremento del IPC para situar el aumento de la renta de las viviendas en alquiler, aunque en este caso el IPC no será obligatorio como entonces y solo operará "como máximo".

Esta medida sólo será para los nuevos contratos que se suscriban desde la entrada en vigor del real decreto y no tendrá efecto retroactivo, puesto que sería difícil determinar qué consecuencias podría tener si afectase a los contratos vigentes. Asimismo, esta medida, según Fomento, da más garantías sociales, a los inquilinos y no desincentiva la oferta.

El decreto incluye la elaboración de un sistema estatal de índices de referencia a las viviendas, que se utilizará para hacer un seguimiento del mercado y servir de soporte "a medidas de carácter fiscal". Este índice de referencia, para cuyo plazo de elaboración el Gobierno se da ocho meses, se actualizará anualmente y será lo más detallado posible.

Esta herramienta estatal de referencia será compatible con otros índices que puedan elaborar las comunidades autónomas para definir la aplicación de sus competencias en políticas de vivienda. No obstante, este índice "en ningún caso" habilita a las administraciones al establecimiento de sistemas de regulación de precios de alquiler.

Aunque el borrador del real decreto sí recogía una bonificación del 80% del IBI para inmuebles en alquiler de vivienda habitual cuya renta fuese inferior a la determinada por este índice de precios, finalmente el decreto definitivo plantea algo más genérico y da a los ayuntamientos y a las comunidades la posibilidad de que decidan su política de vivienda "de acuerdo con su marco fiscal".

Lo que sí recoge es la eliminación de la obligación de que el inquilino repercuta el IBI en el caso de las viviendas sociales, y ofrece de nuevo a los ayuntamientos, al igual que en el anterior real decreto, la posibilidad de dar a las viviendas en alquiler de renta limitada por una norma jurídica una bonificación del 95% de la cuota íntegra del IBI.

Desde el Ministerio de Fomento, se ha confirmado que se están analizando otras medidas fiscales, pero que se ha considerado que estas "no tenían la madurez suficiente" para su incorporación en este real decreto ley.

Por otro lado, el real decreto incluye la ampliación de la prórroga obligatoria de los contratos de alquiler de 3 a 5 años (o a 7 años si el arrendador es persona jurídica). Además, como novedad recoge que, durante este plazo, la potestad de recuperación de la vivienda por el propietario (persona física) debe quedar "expresamente recogida en el contrato de alquiler".

También se recoge la ampliación de la prórroga tácita de uno a tres años y recoge como novedad la ampliación del plazo de preaviso, por el que se establecen cuatro meses para el arrendador y dos meses para el arrendatario. Así, se aumenta la anticipación con la que se debe indicar que no desean continuar con el contrato una vez haya concluido la prórroga obligatoria.

El decreto señala, asimismo, que los contratos de arrendamiento deben respetarse siempre por los terceros compradores del inmueble, de modo especial en el periodo de prórroga obligatoria de cinco o siete años. Según el Gobierno, esta medida es necesaria para prevenir posibles prácticas de fondos de inversión que adquieran viviendas arrendadas y que decidan no asumir los plazos y condiciones de los contratos vigentes.

De igual forma, el texto establece una excepción para pactar la renuncia a la subrogación en los contratos de arrendamientos de larga duración. Así, establece que en caso de fallecimiento del arrendatario, en situaciones de vulnerabilidad, se pueda mantener la vivienda arrendada por el familiar con el que estuviese conviviendo.

Asimismo, se establece la notificación sistemática de los procedimientos de desahucio a los servicios sociales, por lo que se tendrá más tiempo para analizar las posibles situaciones de vulnerabilidad. También introduce como novedad la regla de la cuantía en la tramitación de los procedimientos arrendaticios.

Así, se permitirá al arrendatario acudir al procedimiento de juicio verbal en caso de reclamaciones de cantidad que sean inferiores o iguales a 6.000 euros. Por otro lado, clarifica la obligatoriedad de señalar el día y la hora del desahucio, con lo que se acabará con los lanzamientos con fecha abierta.

Al margen de las novedades, el texto vuelve a recoger del anterior real decreto, que tumbó el pasado mes de enero el Congreso, la limitación a dos meses de renta la fianza que puede exigirse al arrendatario. También vuelve a incorporar que los gastos de gestión inmobiliaria y formalización deberá asumirlos el arrendador si es persona jurídica o que se favorece la realización de mejoras en la vivienda durante el contrato, si existe acuerdo entre las partes, entre otras medidas.

También se mejora la exclusión de la vivienda de uso turístico en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y se establece una remisión clara a la normativa turística que regula los pisos turísticos.

Por su parte, retoma las limitaciones al alquiler turístico en comunidades de propietarios. Se introduce así la posibilidad de que por acuerdo de una mayoría de tres quintas partes de los propietarios se puedan limitar o condicionar los pisos turísticos, estableciendo la posibilidad de acordar una mayor contribución de estos a los gastos generales (hasta un 20% más).

La vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, ha agradecido el apoyo que algunos grupos, como Unidos Podemos o el PDeCAT, han manifestado al nuevo decreto, tras el rechazo del Congreso en enero al primero que aprobó el Gobierno.

Calvo ha afirmado que el Gobierno es consciente de la preocupación existente sobre los problemas habitacionales en España, particularmente para los jóvenes, por lo que se pretende dar un "giro social" a la política de vivienda, con novedades que refuerzan una "mirada social profunda" sobre el derecho de vivienda y el uso social respecto al anterior real decreto que "se mejora y completa".

En este sentido, ha explicado que con la nueva norma se consigue un "equilibrio importante" entre propietarios y arrendatarios, para que las viviendas de alquiler sean beneficiosas para los intereses de ambos, en un contexto en el que los ciudadanos españoles tienen la "costumbre" de acceder en propiedad a sus viviendas.

La vicepresidenta ha valorado especialmente una medida dirigida a paliar circunstancias "muy duras, tristes y lamentables" en materia de desahucios, como es aquella recogida en el decreto que propicia que en los procedimientos en curso de desahucios exista la obligación de la comunicación de las circunstancias a los servicios sociales.

Calvo, en respuesta a las preguntas de los periodistas, reconoció que el real decreto no servirá para atajar el problema global de la vivienda en alquiler en España, algo que ha achacado a la falta de Presupuestos. El Gobierno, dijo, no ha ahorrado "ni un solo espacio por ningún tipo de cobardía" en afrontar el problema de la vivienda, pero ha recalcado que si se hubiesen aprobado los Presupuestos de 2019 se habrían implementado políticas de vivienda con objetivos que trascenderían "por mucho" las medidas del decreto.

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Calvo ha explicado que con el decreto se pone en marcha un "plan de emergencia y choque" para cuestiones particularmente "lacerantes", si bien ha apuntado que con los Presupuestos de 2019 se habría podido desplegar la visión del Gobierno sobre el problema habitacional en España.

En concreto, se habrían aprobado medidas para ayudar a las administraciones locales de cara a los planes de vivienda, la rehabilitación para reaprovechar el parque de viviendas existente, y para viviendas sociales, particularmente para viviendas sociales de alquiler, ya que "apenas existe" en la actualidad.

"Esa es nuestrabno la podemos desplegar en su plenitud porque hemos estado en las circunstancias que hemos estado, incluida la paralización de los PGE, que incluida decisiones muy importantes en materia de vivienda", enfatizó.

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