Transparencia

El Tribunal de Cuentas afea al Consejo de Transparencia que no publicite adecuadamente sus cuentas, contratos y dietas

La presidenta del Tribunal de Cuentas, María José de la Fuente.

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El Tribunal de Cuentas ha afeado al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, el órgano que vela por la correcta aplicación de la Ley de Transparencia, que no publicite adecuadamente algunos aspectos relativos a las cuentas del organismo, los contratos que adjudica o los complementos o gratificaciones recibidos por parte de su personal, informa Europa Press.

El órgano que preside María José de la Fuente y de la Calle enumera estas deficiencias en el informe de fiscalización correspondiente a la actividad del Consejo durante los ejercicios 2015 y 2016. En opinión del Tribunal, las cuentas anuales rendidas por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno "representan la imagen fiel de la situación financiera y patrimonial" de la institución, lo que no es óbice para que le haga varias recomendaciones tendentes a subsanar las deficiencias detectadas.

Por ejemplo, le aconseja que promueva la aprobación del Reglamento sobre su funcionamiento y que tome las medidas oportunas para proceder al nombramiento de un nuevo presidente o presidenta del Consejo, un puesto que está vacante desde noviembre de 2017, cuando falleció Esther Arizmendi, que estuvo al frente de este organismo desde su creación en 2014.

Más de tres años con vocales pendientes

Desde entonces ejerce como presidente en funciones el subdirector de Transparencia y Buen Gobierno, Javier Amorós, pero, según el fiscalizador, la ausencia de un presidente con plenas funciones dificulta la toma de decisiones. El Tribunal también destaca que la Comisión de Transparencia y Buen Gobierno ha funcionado más de tres años teniendo vacantes los puestos de los vocales correspondientes al Congreso, el Senado y la Secretaría de Estado de la Función Pública. El Consejo de Ministros nombró el pasado 1 de febrero a los designados para estos puestos así como al representante del Tribunal de Cuentas en el Consejo, todas ellas mujeres, para paliar la falta de paridad de la que también alertó el fiscalizador.

Esta comisión debe reunirse al menos una vez al mes, lo que, se justifica el Consejo, no sucedió en 2017 –sólo celebró tres encuentros– precisamente por la falta de renovación de parte de sus vocales. Según el informe, el Consejo ha incumplido la ley de Función Pública al no dar publicidad a las cantidades que percibe cada funcionario por complementos de productividad ni describir adecuadamente las actividades fuera de la jornada laboral que realizaron dos funcionarios que recibieron gratificaciones por servicios extraordinarios por un importe total de 15.000 euros en 2016.

Requiere las cuentas completas, no resúmenes 

El fiscalizador hace una serie de sugerencias al Consejo para que mejore la claridad de su página web con el objetivo de facilitar que los usuarios la entiendan, le pide que feche sus publicaciones, y destaca que no se han publicado los contratos celebrados en 2018, que la información relativa a los de 2015 y 2016 no está completa y que no consta la ejecución presupuestaria correspondiente a 2018.

Tampoco aparecían en la web cuando el tribunal la fiscalizó las cuentas anuales completas del Consejo, tan sólo resúmenes. El órgano que preside María José de la Fuente también reprocha que no se publique su periodo medio de pago a proveedores como establece la ley y que el Consejo no haya remitido anualmente al Gobierno su inventario de bienes y derechos. El tribunal también ha descubierto que no se han publicado en el BOE convenios suscritos con las Universidades Autónoma (UAM) y Carlos III (UC3M) de Madrid y que la web del Consejo no recoge la evolución y el cumplimiento de otros dos suscritos, respectivamente con la Administración General del Estado y la UNED.

La plantilla está en mínimos 

El informe también pone de relieve la "insuficiente plantilla de personal" con que cuenta el Consejo para llevar a cabo el ejercicio eficaz de las competencias asignadas" y le recomienda establecer una programación de actividades "eficaz y eficiente", adecuada a sus posibilidades de financiación y sus medios personales y materiales. Además, el Tribunal insta al Consejo a adoptar las medidas oportunas para corregir y subsanar las deficiencias de control interno observadas en la gestión económico financiera, que achaca en parte de su insuficiente personal.

En el ámbito de la tesorería, por ejemplo, señala que cada una de las personas que figuran como titulares en las dos cuentas bancarias pueden operar libremente, sin necesidad de contar con el consentimiento por parte de otro titular, lo que se identifica como un riesgo en el control de su gestión, y que tampoco existe un control adecuado respecto a las firmas autorizadas en las citadas cuentas. Además, en el área de personal, la institución no cuenta con un documento de gestión que contenga, al menos, la descripción de los derechos y obligaciones del personal del Consejo, los requisitos de formación, evaluación y forma de acceso, la composición y estructura de las retribuciones salariales y la jornada laboral; ni ha implantado un sistema efectivo de control horario.

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Incumplimiento con contratos menores 

Respecto al ámbito contractual, el informe reseña que el Consejo ha infringido la normativa relativa a la duración de los contratos menores en el caso del de los servicios de limpieza y también la cuantía máxima para este tipo de contratación en el de asistencia jurídica, en cuya ejecución también ha detectado incumplimientos legales por falta de una factura. Además se tramitaron dos expedientes de contratación menor con el objeto de realizar informes sobre la Ley de Transparencia sin justificar con datos que el Consejo carecía de medios para hacer esa tarea.

También se ha incurrido en varios incumplimientos en un procedimiento negociado sin publicidad en 2015 para la apertura de dos cuentas bancarias. Otro de los puntos que destaca el fiscalizador es que la competencia para ordenar los pagos y movimientos de fondos es del presidente, pero está siendo ejercida por la Unidad de apoyo, sin que conste la delegación del ejercicio de esa competencia.

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