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Elecciones europeas

PP y Cs recurren ante la Junta Electoral Central la candidatura de Puigdemont, Comín y Ponsatí a las europeas

El expresident de la Generalitat, Carles Puigdemont

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El Partido Popular y Ciudadanos han recurrido ante la Junta Electoral Central la candidatura del expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont y los exconsejeros Toni Comín y Clara Ponsatí a las elecciones europeas que se celebrarán el próximo 26 de mayo. El PP considera que no están en "uso de sus derechos políticos" porque no podrán ejercer el cargo para el que se presentan y ambos partidos, alegan que los tres huidos no son ni "electores", ni "elegibles" por no figurar en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), que es el que les corresponde ahora por residir fuera de España, informa Europa Press.

Los tres huyeron de la Justicia española después de resultar destituidos en el Gobierno de la Generalitat por la aplicación del artículo 155 de la Constituicón en octubre de 2017 y ahora concurren a las elecciones europeas con la coalición electoral "Junts". Según el escrito del PP, al que ha tenido acceso Europa Press, Puigdemont, Comín y Ponsatí se encuentran en situación de "rebeldía procesal penal", sustraídos por tanto de la acción de la justicia.

Los populares admiten que la LOREG no prevé expresamente que entre las causas de inelegibilidad esté la de encontrarse "deliberadamente en situación de rebeldía procesal penal" ya que según la Ley Electoral son inelegibles los condendos por sentencia firme a pena privatiba de libertad y los condenados aunque no sea por sentencia firme, por delitos de rebelión y terrorismo, entre otros.

Pero consideran que es "de todo punto incompatible con la razón" que quienes se sustraen de la justicia para evitar responsabilidades penales –en este caso por los sucesos de Cataluña de los meses de septiembre y octubre de 2017– "se vean beneficiados de mayores derechos que el procesado que no se sustrae deliberada y deslealmente de la ación de la justicia". En este sentido, explican que una interpretación "simplista y rigorista" de la LOREG avalaría "un fraude de ley". Por el contrario, creen que la interpretación de la norma en conjunción con el artículo 68.5 de la Constitución, "impide considerar a Puigdemont, Comín y Ponsatí como electores y elegibles".

No están en uso de sus derechos políticos al no poder ejercer el cargo 

Ese precepto dice que "son electores y elegibles todos los españoles que estén en pleno uso de sus derechos políticos". Algo que, según el escrito, no sucede con las personas que, por estar en rebeldía procesal, están "impedidas para el ejercicio de cualquier cargo representantivo o responsabilidad política" por las limitaciones de dicha condición de huido. Alegan, además, que este impedimento no es teórico porque Puigdemont ya concurrió a las elecciones catalanas de diciembre de 2017 y fue propuesto para la investidura. Pero esta fue suspendida por el Tribunal Constitucional.

No están en el CERA pero residen fuera de España desde hace 15 meses 

El escrito del PP y Ciudadanos alega otra causa más, y es que para ser elegido la norma considera "indispensable la inscripción en el censo electoral vigente". Pero como los tres candidatos de "Junts" están fuera de España y no constan en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) "resulta por lo demás imposible en derecho que figuren inscritos en el Censo Electoral".

"Como es notorio, los señores Puigdemont, Comín y Ponsatí huyeron de España hace más de 15 meses, habiendo dejado obviamente de residir en territorio español desde dicho momento, por lo que no pueden esatr empadronados ni consecuentemente figurar en el censo electoral, ni, en consecuencia, disponen de la dimensión funcional del derecho de sufragio activo, siendo por tanto imposible considerar a los mismos 'electores' ni, como consecuencia del artículo 6.1 de la LOREG 'elegibles'", precisa el escrito.

La Junta Electoral excluye a los huidos Puigdemont, Comin y Ponsatí de la lista europea de Junts

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En base a estos argumentos, los populares solicitan a la JEC que excluya a los tres huidos de la candidatura "Junts" y que, ante una eventual constancia "irregular" en el Censo Electoral, ejecute las acciones pertinentes para adecuar el censo a los residentes inscritos en el Padrón Municipal.

Ciudadanos argumenta que la inscripción en un municipio sería "falsa"

El escrito de Ciudadanos ante la JEC añade a estos argumentos, que la pretérita inscripción en el padrón de algún municipio de España como residentes habituales de los mismos "sería falsa". Alegan también que "no sería razonable que aquellos que han decidido libre y voluntariamente desatender las obligaciones de colaboración ante la Justicia, huyendo a otro país, puedan beneficiarse de una interpretación extensiva del derecho hasta el extremo de considerar válida una inscripción que no lo es porque no se sustenta en verdad alguna: no son residentes en ningún municipio de España; no son, como resulta evidente, electores residente en España". Por ello, el partido naranja también pide a la JEC que excluya a Puigemont, Ponsatí y Comín por no reunir la condición de electores y, por consiguiente, de elegibles en los términos que marca el artículo 6 de la LOREG.

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