La XIII Legislatura

La Mesa del Congreso suspende a los diputados presos con la oposición de Unidas Podemos

Oriol Junqueras, Josep Rull, Jordi Turull y Jordi Sànchez (de izda a dcha).

La Mesa del Congreso acordó este viernes la suspensión de los diputados catalanes en prisión preventiva por su participación en el procés con los votos a favor del PSOE, PP y Ciudadanos. Unidas Podemos rechazó la medida. La decisión se tomó de acuerdo con el criterio de los letrados de la Cámara, según los cuales a los parlamentarios de Esquerra y de Junts per Catalunya afectados por la medida no se les puede suspender en aplicación del reglamento del Congreso porque el Supremo no ha querido solicitar el pertinente suplicatorio, pero sí invocando la Ley de Enjuciamient0 Criminal, aunque el Alto Tribunal no lo haya indicado de forma explícita. Así lo ha anunciado la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, tras la reunión del órgano de gobierno de la Cámara.

La Mesa solicitó este miércoles la opinión de los letrados del Congreso al existir "dudas" sobre cómo proceder a la suspensión de Oriol Junqueras, de ERC, y de Josep Rull, Jordi Turull y Jordi Sànchez, de Junts per Catalunya. Entre otras cosas porque no estaba claro si era de aplicación el reglamento o a ley de enjuiciamiento ni si la Mesa debía aprobar la suspensión o constatarla.

El órgano de gobierno de la Cámara solicitó ese informe con la oposición de PP y Ciudadanos, que consideraban que tanto la Ley de Enjuciamiento Criminal como el reglamento del Congreso son muy claras y deben aplicarse, algo que los letrados han desmentido en el segundo supuesto.

Sin embargo, PSOE y Unidas Podemos, que suman cinco de los nueve miembros que tiene el órgano de gobierno, prefirieron consultar a los letrados para despejar cualquier atisbo de duda jurídica y dejar claro, en palabras de Batet, que la Mesa actúa con "fundamentos jurídicos sólidos" y "garantías" de que su decisión no puede ser "calificada como política".

Los letrados del Congreso defendieron en su informe que la suspensión como diputados debe realizarse en aplicación del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) y no del Reglamento del Congreso. El documento subraya que no es de aplicación en este caso el artículo 21.2 del Reglamento de la Cámara porque no se da uno de los tres requisitos que éste fija para que la Mesa proceda a la suspensión de un diputado. En concreto, el requisito que no se da es el de que la Cámara haya autorizado la concesión de un suplicatorio para que el Tribunal Supremo abra una investigación sobre los diputados afectados por la suspensión.

El Supremo decidió que no tenía que pedir ningún suplicatorio a la Cámara porque cuando se inició la investigación sobre el procès Oriol Junqueras (ERC), Jordi Sànchez, Josep Rull, y Jordi Turull (Junts per Catalunya) no eran diputados del Congreso.

"En cambio, resulta de aplicación en este caso el artículo 384 bis de la LeCrim", subraya el informe. Este precepto establece que "firme un auto de procesamiento y decretada la prisión provisional por delito cometido por persona integrada o relacionada con bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes, el procesado que estuviera ostentando función o cargo público quedará automáticamente suspendido en el ejercicio del mismo mientras dure la situación de prisión".

De lo que los letrados concluyen que “corresponde a la Mesa del Congreso declarar automáticamente suspendidos en el ejercicio del cargo” a los cuatro diputados procesados por el Tribunal Supremo.

Batet reiteró su deseo dejar clara su actuación en este asunto “de gran complejidad”.  Ante “lo delicado de la decisión”, precisó, ha buscado “en todo momento salvaguardar el Poder Legislativo y las instituciones democráticas”, así como “respetar y cumplir los principios constitucionales de exclusividad del Poder Judicial y de colaboración leal entre los poderes del Estado”, así como garantizar los derechos de todos los diputadas y “tomar las decisiones conforme a Derecho con la máxima seguridad jurídica”.

“En ningún caso una decisión de estas características debe tener carácter político o discrecional”, subrayó Batet. De ahi la necesidad de solicitar el informe jurídico a los letrados, habida cuenta de las divergentes opiniones de los grupos sobre qué norma había que aplicar para proceder a la suspensión y las “dudas” de los letrados que asisten a las reuniones de la Mesa. Fue “la decisión más prudente, más garantista” y la que permitía pronunciarse sobre el fondo “con mayor seguridad jurídica”.

La presidenta del Congreso especificó  que la suspensión se aplica desde el día 21, cuando los presos perfeccionaron su condición de diputados en la sesión constitutiva. La Mesa ha acordado comunicar la decisión a los afectados y al Tribunal Supremo.

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El informe, sin embargo, no se detiene ahí sino que abre un escenario de consecuencias insospechadas al dejar en manos de la Mesa la posibilidad de rebajar la mayoría absoluta de la Cámara de 176 a 174 diputados mientras se mantenga la situación actual y los “diputados de derecho” del Congreso sean solo 346. De aplicarse este criterio, Pedro Sánchez sólo necesitaría 174 votos para ser investido presidente en la primera votación que se lleve a cabo en la Cámara y las leyes orgánicas se podrían validar sin necesidad del mínimo legal de 176 votos a favor. 

Para resolver esta cuestión, la mesa acordó encargar a los letrados un nuevo informe, esta vez  sobre las consecuencias que la suspensión tiene para las mayorías en el Congreso. Así las cosas será la Mesa, en una reunión para la que todavía no hay fecha, la que, viendo lo que determinen los letrados, establecerá cómo quedará la composición del Pleno y si hay que rebajar la mayoría absoluta.

De momento ningún grupo ni los diputados suspendidos han planteado ante la Mesa la posibilidad de delegar sus funciones en compañeros de escaño mientras dure esta situación, como sucedió en el Parlament de Cataluña.

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