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Derechos laborales

El registro de jornada pone sobre la mesa la falta de recursos de la Inspección de Trabajo

El registro de jornada es ya una realidad para los trabajadores españoles. Al menos en la teoría. Desde el domingo 12 de mayo las empresas están obligadas a llevar un control de la hora de entrada y de salida de sus empleados. Una reivindicación clásica de los sindicatos cuyo control depende de la Inspección de Trabajo. Ocurre, sin embargo, que los inspectores no cuentan con los recursos suficientes para asumir la tarea de auditoría. Así lo denuncian los dos principales sindicatos, la Unión Progresista de Inspectores de Trabajo (UPIT) y el Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social (SITSS). Este último publicaba recientemente en redes sociales que el registro de jornada "pone encima de la mesa la necesidad de un refuerzo y mejora de las condiciones de trabajo de los funcionarios".

Ana Ercoreca, presidenta de SITSS, habla con infoLibre sobre las condiciones en las que se encuentran los funcionarios. "Necesitamos urgentemente un refuerzo a nivel de personal y material", afirma de forma tajante. Los ordenadores, por ejemplo, son del año 2008 y 2012, de manera que su funcionalidad es escasa y los problemas constantes.

En cuanto al Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, Ercoreca señala que existen actualmente 945 inspectores y 844 subinspectores, de manera que no se cumple la ratio de un inspector por cada diez mil trabajadores que recomienda la Organización Internacional del Trabajo (OIT). El que propone la organización internacional es además "un modelo individualista, mientras que el nuestro es general e integrado", de manera que se trata de un "cuerpo muy productivo en comparación con otros países". Pero sin recursos suficientes. "Somos muy pocos en el cuerpo y nuestra productividad es del 30%, además hacemos funciones propias del nivel 27 y nos pagan como si trabajáramos en el nivel 26", añade Ercoreca, lo que supone "una diferencia retributiva de 300 euros al mes y que sólo se subsana si recurres".

Mercedes Martínez, portavoz de UPIT, coincide en el diagnóstico. "La falta de recursos es un tema endémico", constata al otro lado del teléfono. "Hay una falta de recursos y una sobrecarga de trabajo" porque el personal no es suficiente para cubrir de forma eficaz las tareas encomendadas. Lo cierto es que "se está haciendo un esfuerzo para agilizar los procesos de convocatoria, pero no es un tema fácil que se pueda solucionar de un día para otro".

El sindicato de Ercoreca se reunió con la ministra Magdalena Valerio en el mes de marzo y puso "encima de la mesa todos estos problemas" detectados. En el Gobierno "son conscientes de que las cosas tienen que mejorarse", sostiene su presidenta y recuerda que "hace dos años había 20 opositores por plaza, pero ahora son 4,5". La Inspección de Trabajo, por tanto, no tiene "un cuerpo opositor, y sin ese cuerpo no hay futuro". Porque, además, aunque se trata de una profesión "muy vocacional", son necesarias "unas buenas condiciones de trabajo".

Para Martínez, el Ministerio de Trabajo debe además "ser consciente de que ahora las actuaciones son más complejas y no se pueden valorar en relación al número". Al final, explica, "todos los planes y programas, si no van acompañados de un sistema también de apoyo, no generan una mayor eficacia ni efectividad". Mejorar la movilidad de los profesionales, así como caminar hacia una equiparación laboral respecto a los inspectores de Hacienda, son también reivindicaciones clásicas.

Registro horario: amplio conocimiento pero escasa implantación

Y en ese escenario se han tenido que enfrentar los inspectores al reto de controlar el buen funcionamiento del nuevo registro de jornada. Todas las empresas, sin excepción, están obligadas a implementar la nueva medida. De lo contrario, se exponen a sanciones que pueden ir desde los 626 euros si el incumplimiento es leve hasta los 6.250 si es grave. El sistema deberá acreditar la hora de comienzo y finalización de la jornada de los trabajadores, aunque en el caso de elementos configurativos internos –pausa, descansos, otros–, será necesario dejar constancia de su existencia para que no se considere como tiempo de trabajo efectivo todo el horario comprendido entre inicio y finalización de jornada.

Según los últimos datos de la Encuesta de Población Activa (EPA), relativa al primer trimestre de 2019, los trabajadores españoles realizaron un total de 5,6 millones de horas extraordinarias a la semana, de las que 2,6 millones (el 46%) no fueron retribuidas.

El registro horario "era una de las principales reivindicaciones del mercado de trabajo", explica Ercoreca. Su puesta en marcha "para garantizar que esas horas de más se coticen y se abonen" era un mandato urgente, así que los inspectores están "contentos de que esa medida haya llegado". Desde el 12 de mayo, sostiene, están actuando. Aunque "con cordura y y mesura", dice y pone un ejemplo: "Cuando se aprobó la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en 1995 nadie sabía cómo iba a funcionar y la Inspección de Trabajo fue la piedra angular para asesorar". Además, añade, "la negociación colectiva es protagonista absoluta, es necesario un proceso de diálogo y que decidan de forma consensuada el modelo de registro".

En cuanto a las actuaciones, Ercoreca sostiene que "el sentir general de la Inspección es que se procederá visita a visita, yendo a ver si han empezado a trabajar, si hay un proceso de diálogo". La presidenta del sindicato es partidaria de conceder "un tiempo prudencial" a través del uso del requerimiento, "y si no se sientan a negociar, entonces actuar en consecuencia sancionando".

Para Martínez, que lleva haciendo visitas desde el momento en que se implantó el registro, la impresión es que "sí hay un conocimiento generalizado, gracias a los medios de comunicación, pero no una implantación muy efectiva". Y cuando la hay, dice, suele ser a través de "hojas informales". La Inspección de Trabajo actúa "con imparcialidad y profesionalidad", de manera que en caso de detectar irregularidades "se hace un requerimiento o advertencia para que se lleve conforme a la ley", siempre y cuando "no haya ninguna sospecha o indicio de excesos de jornada". En caso de que los inspectores perciban que "los horarios pueden superar el promedio ordinario, se hace una investigación más profunda que puede llegar a un expediente sancionador".

A juicio de Ercoreca, el principal punto de conflicto tiene que ver con las pausas en la jornada, "que no son tiempo de trabajo a no ser que lo diga el convenio". Ahí, apunta, "habrá mayor conflictividad por parte de las empresas, pero tanto empresarios como trabajadores tienen que ver que no es una medida de control", sino un instrumento para blindar "que esas horas se coticen, garantizar el descanso de doce horas entre jornadas y unos horarios que permitan la conciliación".

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