Transparencia

Congreso y Senado trabajan en un "código de conducta" conjunto para los parlamentarios

Imagen de la reunión conjunta de las mesas del Congreso y del Senado del pasado 25 de julio.

Tras una legislatura en la que no fue posible, por falta de acuerdo entre los grupos parlamentarios en el caso del Congreso, y por el fin de la legislatura en el del Senado, ambas Cámaras se han propuesto que sea ahora cuando ambas adopten un código ético consensuado que recoja las recomendaciones del Grupo de Estados contra la Corrupción (Greco), el organismo anticorrupción del Consejo de Europa.

Desde hace más de cinco años este organismo venía reclamando a España mayor transparencia y controles para poner coto a la corrupción en el poder legislativo. En el caso del Congreso de los Diputados, su expresidenta, Ana Pastor (Partido Popular), asumió la redacción de un documento que cumpliera esas exigencias tras comprobar que los grupos parlamentarios no avanzaban en los trabajos por falta de acuerdo. Recibió luz verde en la reunión de la Mesa del Congreso del 28 de febrero y este documento ya es de obligado cumplimiento para los diputados acreditados esta XIII Legislatura.

En el caso del Senado sí hubo acuerdo entre partidos a la hora de cerrar un texto. Pero el fin de la legislatura impidió que la Mesa pudiera dar trámite al documento que les llegó del grupo de trabajo que se constituyó a estos efectos.

Ahora, las mesas de ambas Cámaras en una reunión conjunta de la semana pasada acordaron acabar con esta asimetría. Para ello, se trabajará en una propuesta común que sea aplicable tanto a Congreso como a Senado. Se trata de que senadores y diputados estén vinculados por un mismo código ético y de que los formularios de declaraciones de bienes, rentas, actividades e intereses que tienen que presentar sus señorías al asumir el cargo sean iguales independientemente de la Cámara en la que ejerzan su representación.

Fuentes parlamentarias consultadas por infoLibre informan de que en la reunión conjunta de los órganos de gobierno de ambas cámaras que tuvo lugar el pasado 25 de julio se encargó a los secretarios generales de Congreso y Senado trabajar para refundir un texto. La base serán los documentos de cada institución sobre esta materia –el del Congreso cuya redacción asumió la Presidencia a finales de la XII Legislatura y el borrador del Senado–. Después, el documento resultante será trasladado a los diferentes grupos parlamentarios para su estudio.

El documento del Senado es más completo

La idea es que haya un borrador bastante avanzado a finales del mes de septiembre, añaden las citadas fuentes, para que después pueda ser analizado a finales del mes de octubre o principios de noviembre en una nueva reunión conjunta de las mesas. Este tipo de documentos suelen entrar en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.

El Código de conducta de los diputados ya está en vigor y la esencia del texto del mismo es muy similar al que propusieron a la Mesa del Senado los integrantes del grupo de trabajo de la Cámara Alta a finales del pasado febrero.

Para la redacción de este código, tanto Congreso como Senado recurrieron como modelo a documentos similares que controlan los intereses de diputados del Parlamento Europeo.

En el caso del Congreso, la principal novedad del documento –ya en vigor– es la creación de una Oficina de Conflicto de Intereses, un órgano que tiene por objeto resolver las dudas que genere la aplicación de las nuevas normas y comprobar la veracidad de las declaraciones que los diputados trasladen al registro de intereses.

En la declaración de intereses, que es obligatoria en la Cámara Baja a partir de esta XIII Legislatura, se exige que los diputados detallen tres apartados. Uno: actividades que haya desempeñado en el pasado y que le hayan proporcionado ingresos económicos. Se pide concretar año, empleador, sector y una breve descripción. Dos: donaciones, obsequios y beneficios no remunerados obtenidos con anterioridad a la toma de posesión. Se pide concretar el objeto, la persona "benefactora" y una breve descripción en la que se incluya una "valoración aproximada". Y tres: otros intereses a declarar.

Conflicto de interés

El principal objeto del Código de Conducta es evitar que exista conflicto de interés. Y esto ocurre, según el propio documento, "cuando un diputado tenga un interés personal, tanto directo y propio como a través de una persona singularizada, que pueda influir de manera inadecuada en el cumplimiento de sus deberes como parlamentario, de tal forma que pueda poner en duda la objetividad e independencia del diputado o que este no persiga la consecución del interés general".

Para evitar que se produzcan estas situaciones, los parlamentarios están obligados, por este código, a tomar todas las medidas necesarias para evitar la existencia de conflicto de intereses. "En el caso de que el conflicto no se pueda resolver, el parlamentario lo pondrá en conocimiento antes de que se inicie el debate del pinto de que se trate en la sesión del Pleno o de la Comisión, mediante escrito dirigido al presidente de la Cámara, en el primer caso, o de la Comisión correspondiente en el segundo".

La redacción del borrador del Senado es muy similar en lo que tiene que ver con la definición del conflicto de intereses.

Las fuentes parlamentarias consultadas aseguran que también se estudiará la posibilidad de mejorar los formularios sobre bienes, rentas, actividades... que sus señorías consignan al arranque de la legislatura y que estos sean iguales en ambos casos. De hecho, la propuesta del Senado deja claro en el encabezamiento que es para que lo acuerden "las mesas del Congreso de los Diputados y del Senado en reunión conjunta".

El borrador remitido al órgano de Gobierno de la Cámara Alta, al que ha tenido acceso infoLibre, abarca muchas más cuestiones de las que se incluyen en el código de conducta de los diputados. Así, además del citado código, se dan por "consensuadas y finalizadas" un total de siete iniciativas que van desde la propuesta de modificación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) en lo que tiene que ver con las declaraciones de actividades de bienes y rentas de los parlamentarios a la modificación del reglamento del Senado, también en materia de declaraciones de actividades y bienes patrimoniales y rentas, pasando por una "norma sobre registro de los grupos de interés" que operan en la Cámara.

Infracciones por omisión de datos

A diferencia de lo que ha ocurrido en el Congreso, la propuesta del Senado contemplaba una reforma del reglamento de la Cámara para introducir que la Comisión del Estatuto de los Senadores –vendría a sustituir a la actual Comisión de Incompatibilidades– "será competente para la instrucción de los procedimientos por infracción de la obligación de declarar las actividades, los bienes patrimoniales y las rentas".

Según el documento, se considerarán infracciones leves, por ejemplo, el retraso de más de dos meses a la hora de presentar las declaraciones (suele hacerse en el momento en el que se registran como parlamentarios) y la omisión involuntaria de alguno de los datos a consignar. Estas infracciones se sancionarían con un apercibimiento.

Mientras, la omisión "dolosa" de datos o la falsedad de los mismos serán consideradas infracciones graves y la idea es que fuesen sancionados con multas de entre diez días y seis meses de la asignación constitucional. La asignación constitucional es el sueldo base de los parlamentarios y está ubicado en 2.981,90 euros al mes.

Entre las citadas propuestas a la Mesa del Senado se incluyen una serie de normas que vienen a clarificar y homogeneizar los datos que sus señorías tendrían que aportar en las declaraciones de bienes patrimoniales y de rentas. Así, se contemplaba que las declaraciones de bienes patrimoniales de los senadores —y de los diputados porque la idea era que se extiendan los mismos preceptos al Congreso— deberían incluir "el nombre de las entidades a cuyo capital pertenezcan las acciones, participaciones o cuotas que se declaren". Y, también, "el nombre de la persona o entidad financiera que haya concedido el crédito o préstamo que se declara, la fecha de la concesión, el importe, el saldo vivo de la deuda y el tipo de interés". Este tipo de datos son clave a la hora de controlar posibles episodios de conflicto de intereses.

Registro de 'lobbies'

El anexo 8 del mencionado borrador del Senado incluye una propuesta de "norma reguladora del registro de interés del Senado". Se trata, según figura en la exposición de motivos, de cumplir con otras recomendaciones del Greco: la de introducir "normas sobre cómo deben relacionarse los parlamentos con los Grupos de presión y con otras terceras partes que traten de influir en el proceso legislativo".

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La intención de las mesas de ambas Cámaras es también la de abordar esta cuestión.

La idea es que sirva este trabajo previo del Senado para construir una propuesta conjunta. "Se entiende por Grupo de interés, a los efectos de esta norma, la persona física o jurídica que, por cuenta propia o ajena, actúa en defensa de intereses propios, de terceras personas u organizaciones, con el objetivo de influir de manera directa o indirecta en los procesos de toma de decisiones del Senado relativos a iniciativas legislativas", puede leerse en el borrador.

Así, se crearía un registro público en el que se inscribirían "con carácter obligatorio los grupos de interés cuyo objetivo sea la realización de actividades de cualquier índole que sirvan para trasladar sus intereses y propuestas a los senadores y las senadoras". Los inscritos deberán someterse a un código de conducta y, además, se prevé un régimen sancionador para quienes se salten las normas.

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